Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2002 (15/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de junio de 2002

Articulo 12º.- La adjudicacion de lotes en los programas de vivienda se circunscribe a la adjudicacion de un lote formalizado quedando pendiente la habilitacion MORDAZA que estara a cargo de los beneficiarios organizados y que podran efectuarla en forma progresiva. Articulo 13º.- COFOPRI, en coordinacion con la Comision Provincial de Formalizacion, procedera a inscribir a los solicitantes de terrenos en un Padron de Adjudicatarios, correspondiente a cada programa a ejecutarse efectuandose la adjudicacion por sorteo. Articulo 14º.- Para ser beneficiados con la adjudicacion de un lote de terreno que forme parte de los programas de adjudicacion de lotes con fines de vivienda, los interesados deberan presentar a COFOPRI, en los plazos, lugares y formas que se establezcan mediante Directiva, los siguientes documentos: a) Solicitud dirigida a COFOPRI indicando que postulan a la adjudicacion de un lote. b) MORDAZA del Documento Nacional de Identidad del Titular y de su conyuge o conviviente. c) Declaracion jurada de no ser propietario de otro lote destinado a vivienda en la misma provincia. d) Cancelar el pago del valor del lote, del costo de formalizacion y de inscripcion indicados en la oferta de venta correspondiente. La presente relacion es solamente enunciativa por lo que COFOPRI, cuando lo estime necesario, podra solicitar adicionalmente la MORDAZA de otros documentos. Articulo 15º.- El sorteo al que se refiere el Articulo 14º del presente Reglamento sera efectuado en presencia de un notario publico, un representante de COFOPRI, en su calidad de Secretaria Tecnica y un representante de la Comision Provincial de Formalizacion de la jurisdiccion en donde se desarrolle el programa de vivienda. La relacion de personas favorecidas se publicara por una unica vez en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de circulacion nacional. Articulo 16º.- A las personas favorecidas en el sorteo, se les MORDAZA entrega de una Oferta de Venta, por el valor del lote incluyendo los costos de formalizacion y de inscripcion. Las notificaciones de oferta de venta, deberan contener los requisitos establecidos en el Articulo 3.2 de la Directiva Nº 012-99-COFOPRI, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 104-99-MTC/15.01 o la que haga sus veces. Articulo 17º.- En todos los supuestos de adjudicacion en venta previstos por el presente Decreto Supremo, la valorizacion de los lotes sera establecida por Resolucion de Presidencia de COFOPRI. Una vez cancelado el integro del precio contenido en la notificacion de oferta de venta, las Municipalidades Provinciales, conforme a su jurisdiccion, otorgaran el titulo de propiedad, interviniendo la Presidencia de COFOPRI como garantia del trabajo tecnico efectuado, el que sera inscrito en el Registro Predial Urbano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES: Primera.- Precisase que de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 35º del Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, se encuentran exonerados de todo pago por concepto de tasas, aranceles y derechos registrales por la inscripcion de actos y contratos asi como por las demas acciones que involucren a los servicios que prestan los registros publicos que forman parte del Sistema Nacional de los Registros Publicos y del Registro Predial MORDAZA, que MORDAZA solicitados por COFOPRI dentro del MORDAZA de los procesos establecidos por el presente Decreto Supremo. Del mismo modo se encuentran exonerados de todo pago, las transferencias de informacion, documentacion y toda otra accion desarrollada por COFOPRI en aplicacion de lo dispuesto por la presente MORDAZA, como el acceso y adquisicion de informacion, la realizacion de tramites administrativos, la adquisicion de informacion cartografica, entre otros, asi como los servicios requeridos al Consejo Nacional de Tasaciones (CONATA) o cualquier otra entidad publica. Segunda.- Quienes hayan propiciado invasiones y quienes hayan invadido o invadan terrenos de propiedad esta-

tal o privada con posterioridad al 31 de diciembre de 2001, deberan ser denunciados ante las autoridades pertinentes y quedaran permanentemente impedidas de beneficiarse de cualquier programa de vivienda estatal o municipal, asi como de recibir creditos que otorgue cualquier entidad estatal. Tercera.- Los ingresos que se generen por la adjudicacion a titulo oneroso de los terrenos, seran destinados en un 40% a la Municipalidad Provincial y 60% a la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, como recursos propios. Cuarta.- Mediante Directivas, COFOPRI podra complementar lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Quinta.- En todo lo no previsto en el presente Decreto Supremo, sera de aplicacion el Decreto Supremo Nº 00999-MTC y el Decreto Supremo Nº 013-99-MTC. 10792

Autorizan viaje a representante de COFOPRI a El MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 200-2002-JUS MORDAZA, 12 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, se crea el Proyecto "Derechos de Propiedad Urbana", con la finalidad de ejecutar el Plan Nacional de Formalizacion de la Propiedad, que comprende areas urbanas tecnicamente seleccionadas, asi como otros componentes previstos en dicho Proyecto, disenado por COFOPRI y el Registro Predial MORDAZA, y financiado con el Prestamo otorgado por el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento (BIRF), aprobado por el Gobierno del Peru mediante Decreto Supremo Nº 098-98-EF; Que, el sistema de registro y catastro en El MORDAZA tienen determinadas caracteristicas que resultan de interes para nuestro MORDAZA en vista del MORDAZA de formalizacion que se viene desarrollando a traves de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, tratandose de temas de importancia para el desarrollo de las actividades de COFOPRI y del Proyecto Derechos de Propiedad MORDAZA, resulta necesario autorizar el viaje de la senora abogada MORDAZA Rouillon Gallese, Coordinadora Nacional de la Formalizacion de COFOPRI, a El MORDAZA, durante los dias 17 y 18 de junio de 2002, inclusive; Que, los gastos que demande el indicado viaje seran asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Proyecto Derechos de Propiedad MORDAZA del Pliego Presupuestal 211: COFOPRI; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Resolucion de Presidencia Nº 011-96-COFOPRI/PC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora abogada MORDAZA Rouillon Gallese, Coordinadora Nacional de la Formalizacion de COFOPRI, a El MORDAZA, durante los dias 17 y 18 de junio de 2002 inclusive, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial ascienden a la suma de US$ 1,501.80 (Mil Quinientos uno y 80/100 dolares americanos) y seran cubiertos por la Unidad Ejecutora 002: Proyecto Derechos de Propiedad MORDAZA del Pliego 211: COFOPRI, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje US$ 1,076.80 Viaticos US$ 400.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 ------------------TOTAL US$ 1,501.80

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