Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2002 (15/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, sabado 15 de junio de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que por Resolucion Viceministerial Nº 030-2002-PE del 15 de MORDAZA del 2002, se declaro fundado el recurso de apelacion interpuesto por PESQUERA MORDAZA S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 288-2001-PE/DNEPP y, como consecuencia, se otorgo un plazo de cuatro meses para ejecutar la autorizacion contenida en la Resolucion Ministerial Nº 759-97-PE, renovada por Resolucion Directoral Nº 010-99-PE/DNPP, para la instalacion de un establecimiento industrial de una capacidad de 50 t/h de procesamiento de materia prima, en virtud a que por acontecimientos que constituyen causas de fuerza mayor, resulto imposible a la recurrente ejecutar la autorizacion en mencion en el lugar inicialmente previsto, dentro del plazo originalmente concedido para tal efecto; Que via fiscalizacion posterior, se ha verificado que el Articulo 2º de la Resolucion Viceministerial citada en el considerando anterior, ha incurrido en la causal de nulidad prevista en el numeral 2 del Articulo 10º concordado con el numeral 2 del Articulo 3º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, al determinarse que el objeto del acto administrativo materia de revision, resulta de imposible realizacion fisica, debido a que el plazo concedido resulta insuficiente, para ejecutar la autorizacion de instalacion anteriormente referida, segun la opinion tecnica emitida por la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Oficio Nº 2504-2002-PE/DNEPP-Dap de fecha 24 de MORDAZA del 2002, conforme a la cual la instalacion de un establecimiento industrial para la actividad de produccion de harina de pescado, tecnicamente es viable en el plazo de un ano, considerando los trabajos de obras civiles, adquisicion y montaje de equipos y maquinaria; Que en consecuencia, en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 202º de la Ley mencionada en el considerando precedente, corresponde declarar de oficio la nulidad del acto administrativo contenido en el articulo 2º de la Resolucion Viceministerial Nº 030-2002-PE, toda vez que es de interes publico que la Administracion se pronuncie siempre conforme a Derecho, con la finalidad de garantizar un debido procedimiento que asegure la legitimidad de su decision final; Que se ha verificado, que la declaracion de nulidad del acto administrativo contenido en el Articulo 2º de la Resolucion Viceministerial Nº 030-2002-PE y su correspondiente subsanacion, no afecta derechos adquiridos de buena fe por terceros, por consiguiente tendran eficacia a partir de la entrada en vigencia de la referida resolucion administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 12.1 del Articulo 12º y en el numeral 17.1 del articulo 17º de la nueva Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en los Articulos 12º, 17º, 202º y 217º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar de oficio la nulidad del acto administrativo contenido en el Articulo 2º de la Resolucion Viceministerial Nº 030-2002-PE, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Otorgar un plazo de un (1) ano contado a partir de la entrada en vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 030-2002-PE, para ejecutar la autorizacion contenida en la Resolucion Ministerial Nº 759-97PE, renovada por Resolucion Directoral Nº 010-99-PE/ DNPP, mediante la instalacion del establecimiento industrial a que se refiere el Articulo 1º de la Resolucion Viceministerial mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 10633

Autorizan viaje a representantes del Ministerio para participar en reuniones en el MORDAZA del APICD y la CIAT, a realizarse en Mexico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 208-2002-PE MORDAZA, 14 de junio del 2002 Visto el Cargo Nº 1687-2002-PE/DVM, del 11 de junio de 2002, del Despacho Viceministerial; CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 00267 del 29 de MORDAZA de 2002, la Comision Nacional de Acuicultura y Pesca de la Secretaria de Agricultura, Ganaderia, Desarrollo Rural y Alimentacion de Mexico, cursa invitacion al Viceministro de Pesqueria para participar en la 10ª Reunion del Grupo de Trabajo sobre Seguimiento del Atun, 30º Reunion del Panel Internacional de Revision, 1ª Reunion del Grupo de Trabajo Conjunto sobre Pesca por No Partes, 7ª Reunion de las Partes del APICD, 3ª Reunion del Grupo de Trabajo sobre Cumplimiento, y 69ª Reunion de la CIAT, a llevarse a cabo del 18 al 28 de junio de 2002, en Manzanillo, Colima, Mexico; Que en las citadas reuniones de trabajo se trataran aspectos de singular interes en el MORDAZA del Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservacion de los Delfines (APICD) y la Comision Internacional del Atun Tropical (CIAT), siendo el proposito que los acuerdos que se adopten, contribuyan a fortalecer la administracion y aprovechamiento sustentable del recurso atun, siendo esta una de las pesquerias mas importantes de nuestra region; Que conforme a los considerandos precedentes, segun documento del visto, se ha propuesto la participacion del M.Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Pesqueria en las reuniones comprendidas entre el 24 y 28 de junio; y de la ingeniero MORDAZA MORDAZA Freyre, Directora Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, en las reuniones comprendidas entre el 18 y 21 de junio de 2002; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27573 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, Ley Nº 27619, y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del M.Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Pesqueria para participar en las reuniones comprendidas entre el 24 y 28 de junio; y de la ingeniero MORDAZA MORDAZA Freyre, Directora Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de Pesqueria, para participar en las reuniones comprendidas entre el 18 y 21 de junio de 2002; ambos casos referidos en la parte considerativa de la presente Resolucion, las que se realizaran en Manzanillo, Mexico. A r t i c u l o 2 º . - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos por el Pliego del Ministerio de Pesqueria, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA · Pasajes aereo US$ 859,07 · Viaticos US$ 1 200,00 · Tarifa CORPAC US$ 25,00 MORDAZA MORDAZA Freyre · Pasajes aereo US$ 655,26 · Viaticos US$ 1 000,00 · Tarifa CORPAC US$ 25,00 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los mencionados funcionarios presentaran un informe al Titular de la Entidad con MORDAZA a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Pesqueria, describiendo las acciones rea-

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