Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2007 (24/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de febrero de 2007

OSINERGMIN, este, independientemente a las sanciones a que MORDAZA lugar, emitira un informe de fiscalizacion, el mismo que se remitira en MORDAZA a la DGAAE. Dicho Titular tendra un plazo de sesenta (60) dias calendario, contados desde el dia siguiente de realizada la fiscalizacion, para presentar un Plan de Cese de Actividades a la DGAAE". Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de febrero del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 30472-3

Hidroelectrica San Gaban II, los cuales se realizaran en los distritos de Ituata, Macusani, Ajoyani y Antauta, provincias de Carabaya y MORDAZA, departamento de MORDAZA, por un plazo de dos (2) anos contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE A B C D E F G H I ESTE 358 418,32 360 492,99 368 367,84 368 367,84 361 062,84 357 479,14 354 380,00 353 198,59 353 198,59 NORTE 8 432 422,00 8 437 016,90 8 439 060,54 8 440 823,02 8 451 221,90 8 451 221,90 8 449 012,64 8 444 345,21 8 432 420,87

Otorgan concesion temporal a favor de Empresa de Generacion Electrica San Gaban S.A. para desarrollar estudios de obras de regulacion del rio Pumamayo para el afianzamiento hidrico de la Central Hidroelectrica San Gaban II
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 060-2007-MEM/DM MORDAZA, 7 de febrero de 2007 VISTO: El Expediente Nº 21146506, sobre otorgamiento de concesion temporal para desarrollar estudios de las obras de regulacion del rio Pumamayo para el afianzamiento hidrico de la Central Hidroelectrica San Gaban II, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA SAN GABAN S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11000181 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Puno; CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA SAN GABAN S.A. ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios de las obras de regulacion del rio Pumamayo para el afianzamiento hidrico de la Central Hidroelectrica San Gaban II, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Ituata, Macusani, Ajoyani y Antauta, provincias de Carabaya y MORDAZA, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 008-2007-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA SAN GABAN S.A., que se identificara con el codigo Nº 21146506, para desarrollar estudios de las obras de regulacion del rio Pumamayo para el afianzamiento hidrico de la Central

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad; preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto a la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Calendario de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado; y, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 26101-1

Imponen servidumbres de ocupacion y de MORDAZA a favor de concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 067-2007-MEM/DM MORDAZA, 9 de febrero de 2007 VISTO: El Expediente Nº 31145203, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de las servidumbres de ocupacion y de MORDAZA sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la Subestacion de Distribucion Electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad N° 8076; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema N° 107-96EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado imposicion de las servidumbres de ocupacion y de MORDAZA sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la

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