Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2007 (24/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

340418

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de febrero de 2007

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Redimensionan area otorgada en concesion a la ONG Inka Terra Asociacion, mediante R.J. Nº 293-2005-INRENA
RESOLUCION JEFATURAL N° 036-2007-INRENA

MORDAZA

VERTICE V1 V2 V3 V4 V5 V6 V7 V8

ESTE 491821 499914 500729 500950 504000 504840 504630 494289 493997 494352 493842 492314 489920 490141 489837 490455 491682 492157 491672 496437 497722 496063 495188 493068 492843 493091 494170 495036 495322

NORTE 8623999 8624000 8623467 8623000 8623000 8617177 8616819 8614850 8616504 8616773 8617383 8616313 8617747 8618311 8619500 8620708 8621212 8622657 8623371 8622404 8621034 8619642 8617767 8618271 8619639 8620664 8620557 8620227 8621055

EXTERNOS

MORDAZA, 9 de febrero de 2007 VISTO: El Informe Tecnico Nº 806-2006-INRENA-IFFS(DACFFS), emitido por la Direccion de Administracion y Control Forestal y de Fauna MORDAZA de la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, de fecha 11 de noviembre de 2006, mediante el cual se plantea nuevos limites para la Concesion de Ecoturismo otorgada a la ONG INKA TERRA ASOCIACION. CONSIDERANDO: Que, el articulo 68° de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es el ente rector encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional, de conformidad con lo previsto tanto en el numeral 3.4 del articulo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, como en el articulo 6° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2001-AG; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0314-2002AG, se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo, encargandose al Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA su difusion, aplicacion y cumplimiento; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 04122006-AG, se aprobaron modificaciones a la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 225-2004INRENA, el Instituto Nacional de Recursos Naturales aprobo el otorgamiento a la ONG INKA TERRA ASOCIACION de 9,999.981 ha, ubicadas en el distrito Las Piedras, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de Dios; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 293-2005INRENA, el Instituto Nacional de Recursos Naturales aprobo redimensionar el area otorgada a la ONG INKA TERRA ASOCIACION, de un area de 9,999.981 hectareas a 8,841.40 hectareas; Que, el Informe Tecnico Nº 806-2006-INRENAIFFS(DACFFS) de fecha 14 de noviembre del 2006, recomienda el redimensionamiento del area concesionada para conservacion a favor de la ONG INKA TERRA ASOCIACION ; Que, el literal a) del articulo 30º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, establece que la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA es la encargada de proponer las politicas, normas, sistemas, planes y programas relacionados con la gestion y administracion de recursos forestales, ademas de controlar y supervisar su cumplimiento o ejecucion; En uso de las facultades otorgadas mediante el inciso j) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Redimensionar el area concesionada a favor de la ONG INKA TERRA ASOCIACION, mediante Resolucion Jefatural Nº 293-2005-INRENA de un area de 8,841.40 hectareas a 7,783.14 hectareas, la cual se encuentra enmarcada dentro de las siguientes coordenadas geograficas y de acuerdo al mapa que como Anexo 1 forma parte de la presente Resolucion Jefatural:

V9 V10 V11 V12 V13 V14 V15 V16 V17 V18 V19 P1 P2 P3 P4 P5 P6 P7 P8 P9 P10

Articulo 2º.- Disponer que la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, se encargue de supervisar el estricto cumplimiento de lo establecido en el Capitulo VI "Seguimiento y Evaluacion de la Concesion" de la Resolucion Ministerial Nº 0413-2006-AG; con lo cual se aprobaron las Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de Concesiones para Conservacion. Articulo 3º.- Disponer el cumplimiento de lo estipulado en la Clausula Novena del contrato entre INRENA y el Concesionario "ONG INKA TERRA ASOCIACION", respecto a la servidumbre. En la cual, el concesionario se obliga a respetar y a no menoscabar de modo alguno el uso de las servidumbres de paso y otras existentes, de acuerdo a las normas establecidas en el Codigo Civil, asi como las obtenidas por el transcurso del tiempo conforme al articulo 950º de la precitada norma. El concesionario se compromete a constituir servidumbres por el plazo de duracion del contrato, previo conocimiento del INRENA, en virtud del articulo 1041º del Codigo Civil. Dichas servidumbres se constituyen mediante Actas de Acuerdos en las cuales se debera establecer claramente el producto, el volumen, y periodos de tiempo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Recursos Naturales 29944-1

INTERNOS

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