Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2007 (24/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES
DEFINICIONES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de febrero de 2007

- D2: Diesel 2 - D2 BA: Diesel 2 de Bajo Azufre - Devolucion a Tanques : Son los pequenos volumenes de combustibles despachados por las mangueras para realizar calibraciones u otros motivos y que son devueltos a tanques . - Fecha de Corte : Es el dia Lunes de la Semana Anterior o de la Semana a Declarar , fechas en las cuales debe llenar el formato a fin de declarar la lectura de contometros e inventarios de combustibles de su establecimiento . - Gas 84: Gasolina de 84 Octanos - Gas 90: Gasolina de 90 Octanos - Gas 95: Gasolina de 95 Octanos - Gas 97: Gasolina de 97 Octanos - Gas 98 BA: Gasolina de 98 de Bajo Azufre - Hora de Inventario : Es la hora del dia en la Fecha de Corte, en la cual se realizo la lectura de contometros y la medicion o varillaje de tanques de su establecimiento . Esta hora debe ser registrada por el responsable de registrar informacion en este formato . - Ingreso de Combustibles a tanques del establecimiento : Son aquellos volumenes de combustibles descargados en los tanques de su establecimiento desde la Fecha de Corte y Hora de Inventario de la Semana Anterior hasta la Fecha de Corte y Hora de la Semana a Declarar. - Inventario Final segun medicion o varillaje de tanques : Es el volumen total de combustibles determinado mediante el varillaje de tanques en la Fecha de Corte y Hora de Inventario de la Semana a Declarar . - Kero: Kerosene - Salidas de combustible por surtidor y /o dispensador (Suma de Diferencias de Lectura de contometros ): Se entendera como la suma de las diferencias de lecturas de los contometros que despachan un producto desde la Fecha de Corte y Hora de Inventario de la Semana Anterior hasta la Fecha de Corte y Hora de Inventario de la Semana a Declarar.
30016-1

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el distrito de Ancon, provincia de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 019-2007/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 15 de febrero de 2007 Visto el Expediente Nº 003-2007/SBN-JAR, correspondiente al tramite de Inscripcion en Primera de Dominio a favor del Estado del terreno de 617 252,44 m², ubicado a la margen derecha de la carretera Panamericana Norte a la altura del cruce con la avenida MORDAZA Bertello, frente a la Asociacion de Vivienda Coovitiomar, en el distrito de Ancon, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion

y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico el terreno eriazo de 617 252,44 m², ubicado a la margen derecha de la carretera Panamericana Norte, a la altura del cruce con la avenida MORDAZA Bertello, frente a la Asociacion de Vivienda Coovitiomar, en el distrito de Ancon, provincia y departamento de MORDAZA, que aparentemente se encuentra libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica el 20 de MORDAZA de 2006, se verifico que el citado terreno es de naturaleza eriaza, que presenta un relieve mixto con zonas planas y accidentadas; asi como que el Instituto Geofisico del Peru ha instalado en zonas de menor extension una estacion satelital y antenas; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 6 de diciembre de 2006, la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, senala que de acuerdo con el Informe Tecnico Nº 80212006-SUNARP-Z.R.IX/OC, el predio submateria no presenta superposicion grafica con predios inscritos en dicho registro; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", aprobado con Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal; Que, por ello corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno de 617 252,44 m² MORDAZA descrito, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001-EF, el Articulo 33º del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", aprobado por Decreto Supremo Nº 1542001-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 042-2006EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN,

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