Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2007 (24/02/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES
65.43 Desempeno de funciones

340453

en el acapite III del Apendice E de la presente Parte y, complementariamente: (4) Habilitacion de instructor ATC: De acuerdo a lo especificado en el acapite III del Apendice E de la presente Parte. (5) Habilitacion de Supervisor ATS de la Region de informacion de Vuelo (FIR): De acuerdo a lo especificado en el acapite III del Apendice E de la presente Parte. (6) Habilitacion de Supervisor de dependencia SNA: De acuerdo a lo especificado en el acapite III del Apendice E de la presente Parte. (b)..(3) El aspirante a una habilitacion de Supervisor ATS de la FIR debera ser designado por el representante legal del organismo que administra los servicios de MORDAZA aereo. Ademas, debera ser titular de una licencia de Controlador de MORDAZA aereo con una experiencia minima de 10 anos en la profesion y con habilitacion de control de radar de aproximacion o control de radar de area. Asi mismo, habra complementado satisfactoriamente un curso dictado de acuerdo a lo especificado en el parrafo (f) del acapite III del Apendice E, aprobado por la DGAC. (4) El aspirante a una habilitacion del Supervisor de dependencia SNA debera ser designado por el representante legal del organismo que administra los servicios de MORDAZA aereo. Ademas, debera ser titular de una licencia de Controlador de MORDAZA aereo con una experiencia minima de cinco (5) anos en la profesion. Asi mismo, habra completado satisfactoriamente un curso dictado de acuerdo a lo especificado en el parrafo (g) del acapite III del Apendice E, aprobado por la DGAC. 65.39 Atribuciones del titular de las habilitaciones de controlador de MORDAZA aereo (f) Habilitacion de instructor ATC: Impartir instruccion en aula y/o simuladores ATC sobre asignaturas que forman parte de los cursos incluidos en el Apendice E de esta Parte, debiendo cumplir con los procedimientos y requisitos que se indican en dicho Apendice. (g) Habilitacion de Supervisor ATS de la FIR: Supervisar la provision de los servicios ATS en una Region de Informacion de Vuelo (FIR), garantizando el funcionamiento operacional y tecnico de las diferentes posiciones de control de MORDAZA aereo de un Centro de Control de Area o de una MORDAZA de Control bajo su jurisdiccion; evaluar y refrendar la competencia a los aspirantes a una habilitacion de control; ...... 65.40 Personal de las Fuerzas Armadas titular de licencia de controlador de MORDAZA Aereo ........ La expedicion y renovacion de licencias de Controlador de MORDAZA aereo al personal de las Fuerzas armadas, asi como la solicitud de nuevas habilitaciones, se sujetaran a lo dispuesto en 65.33 y 65.35...... 65.41 Validez de las habilitaciones (a)....(1) No MORDAZA cumplido con aprobar el curso de actualizacion anual correspondiente; o (2) MORDAZA dejado de ejercer las atribuciones que la habilitacion le confiere, por un periodo mayor a ochenta y nueve (89) dias. Para que el titular recupere su habilitacion, la DGAC debera recalificarlo para ejercer las atribuciones correspondientes a cada habilitacion. (b) ........ Una vez conforme con el desempeno, a traves de la evaluacion efectuadas por el Supervisor ATS de la FIR o Supervisor de dependencia SNA, el.......... (c) ......o simulador ATC en los cursos que se indican en el Apendice E de esta Parte..... (d) El poseedor de las habilitaciones de Supervisor ATS de la FIR y Supervisor de dependencia SNA demostrara, en todo momento, integridad profesional y conducta que el organismo que administra los servicios de MORDAZA aereo debera garantizar ante la DGAC. Estas habilitaciones perderan validez cuando, a solicitud del organismo que administra los servicios de MORDAZA aereo, el titular es separado de las funciones.

(c)...... ano, un curso de actualizacion cuyo contenido academico y duracion se ajusten a lo especificado en el acapite IV del Apendice E de la presente Parte y MORDAZA autorizados por la DGAC. SUBPARTE H: OPERADOR AFIS 65.163 Requerimientos generales de elegibilidad (b) Leer, escribir, hablar y comprender correctamente el idioma espanol, de tal manera que no se tenga impedimento linguistico que pueda afectar adversamente a las radio comunicaciones; (c) Demostrar ante la DGAC, mediante una evaluacion de competencia, que habla y comprende el idioma ingles general como minimo al Nivel 4 (Nivel Operacional) de la Escala de Calificacion de la Competencia Linguistica de la OACI, conforme a lo especificado en el Apendice D de la RAP65; (d) Demostrar conocimientos de la fraseologia OACI estandarizada y de los procedimientos utilizados en las radiocomunicaciones aeronauticas en espanol e ingles 65.166 Renovacion de Licencia (a). Requisitos para renovacion de operador AFIS. Las licencias de operador AFIS se renovaran cada dos (2) anos, con la MORDAZA ante la DGAC de los siguientes documentos: (1) MORDAZA laboral que acredite al solicitante haber ejercido las actividades propias de la licencia por lo menos tres (3) meses dentro de los doce (12) meses anteriores a la solicitud. (2) MORDAZA satisfactoria de un curso de actualizacion en la especialidad, cuyo contenido academico y duracion MORDAZA autorizados por la DGAC, recibido dentro de los doce (12) meses anteriores a su solicitud. (3) Certificado medico Clase III vigente. (b) De no acreditar la documentacion indicada en el parrafo 65.166 (a)(1), al haberse paralizado actividades por un periodo de doce (12) meses consecutivos o mas, el solicitante debera cumplir con los requisitos de acuerdo a lo indicado en 65.165 de esta Subparte y, posteriormente, debera aprobar una evaluacion escrita y practica ante la DGAC, en la dependencia a la cual aspira recalificar. 65.175 MORDAZA de horas ... luego de seis (6) dias consecutivos de servicio. En caso de dependencias AFIS de aerodromos/helipuertos localizados en areas remotas o de dificil acceso, la DGAC puede autorizar la aplicacion de un sistema alternativo de horas maximas, siempre que el operador AFIS no exceda de 21 dias consecutivos de servicio. SUBPARTE J: ESPECIALISTA DE INFORMACION AERONAUTICA 65.207 Requerimientos generales de elegibilidad (b) Leer, escribir, hablar y comprender correctamente el idioma espanol; (c) Demostrar ante la DGAC, mediante una evaluacion de competencia, que habla y comprende el idioma ingles general como minimo al Nivel 4 (Nivel Operacional) de la Escala de Calificacion de la Competencia Linguistica de la OACI, conforme a lo especificado en el Apendice D de la Parte 65. 65.209 Requisitos de conocimientos, experiencia y pericia (a)(1) Derecho Aereo: Legislacion aeronautica, aplicables a su area de trabajo; Convenio sobre Aviacion Civil Internacional, Anexos y documentacion tecnica de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, aplicables a su area.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.