Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2007 (24/02/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES
II. Caracteristicas del trabajo

340479

- Para el caso de auditoria financiera, la solicitud debe presentarse hasta el 30 de junio del ejercicio anual por auditar, - Para el caso de auditoria de gestion, la solicitud debe presentarse en la oportunidad en que la Entidad estime pertinente. Las Entidades que cuenten con una regulacion especifica realizaran su solicitud de designacion de acuerdo a sus normas vigentes, sin exceder el plazo senalado en el presente articulo. La Contraloria General puede efectuar la auditoria solicitada por la Entidad, cuando la naturaleza o necesidad de control asi lo determine, siempre que se cuente con la debida capacidad operativa y presupuestal. Articulo 24º.- Requisitos y recaudos de la solicitud de designacion La solicitud de designacion de la Sociedad debe cumplir con los requisitos que a continuacion se describen, acreditados con la MORDAZA de la documentacion respectiva: a) El proyecto de bases del concurso elaborado con las especificaciones respectivas, conforme a lo establecido en el articulo siguiente del presente Reglamento, en version impresa y en dispositivo de almacenamiento magnetico o digital. b) MORDAZA de disponibilidad presupuestal que acredite los recursos necesarios para el pago de la retribucion economica de la Sociedad, la misma que debe guardar relacion con los precios del MORDAZA, asi como para sufragar los demas gastos que correspondan al servicio de auditoria requerido. Cuando la solicitud de designacion y la contratacion de la Sociedad se realicen en distinto ano fiscal, se acompana compromiso de disponibilidad presupuestal. c) Declaracion Jurada del titular o representante legal de la Entidad, que exprese el compromiso de proporcionar toda la informacion que sea objeto de la auditoria. d) MORDAZA de los convenios de prestamos y/o donaciones suscritos con organismos internacionales, cuando corresponda. e) Numero y fecha del comprobante de pago por concepto de designacion y/o supervision de la Sociedad por la auditoria externa solicitada. En el caso de una posterior modificacion del monto de la retribucion economica a los servicios de la auditoria, la Entidad reembolsara a la Contraloria General por la diferencia autorizada. La solicitud de designacion presentada a la Contraloria General obliga a la Entidad a cumplir los compromisos asumidos anteriormente, aun cuando hubiere cambio del titular durante el MORDAZA de designacion. Articulo 25º.- De las Bases Las Bases deberan estar acordes con la naturaleza y los requerimientos de auditoria que solicite cada Entidad, considerando que los objetivos MORDAZA aplicables a la auditoria solicitada, y contendran los siguientes requisitos: I. Terminos de referencia a) Antecedentes de la Entidad, unidad ejecutora, proyecto, prestamo, convenio, donacion, etc. a auditar, incluyendo su finalidad, base legal y estructura organica. b) Descripcion de las actividades principales de la Entidad. c) Alcance de la auditoria, comprendiendo el MORDAZA de auditoria, periodo y ambito geografico. d) Objetivos generales y especificos de acuerdo al MORDAZA de auditoria. e) MORDAZA y cantidad de Informes de Auditoria. f) La metodologia de evaluacion y calificacion de propuestas, de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º del presente Reglamento. g) Aspectos de control vinculados a las atribuciones de la Contraloria General en la supervision, evaluacion de la ejecucion y resultados de la auditoria.

a) Lugar y fecha de inicio de la auditoria. b) Plazo de realizacion de la auditoria en dias habiles. En caso de auditorias financieras, el plazo considerara las etapas del MORDAZA de auditoria, segun Anexo 01. c) Fechas de entrega de la informacion financiera, presupuestal u otra necesaria para la realizacion de la auditoria. En el caso de la auditoria financiera, se entregara informacion intermedia para el inicio de la auditoria; asi como, la informacion financiera y presupuestaria al cierre del periodo auditado, entregada a la Contaduria Publica de la Nacion dentro de los plazos legales. Tratandose de proyectos y donaciones financiadas por organismos internacionales, los plazos y las fechas de entrega de informacion se adecuaran a las disposiciones del convenio internacional. d) La conformacion del equipo de auditoria, que considere los objetivos, alcance, envergadura de la entidad a auditar y la intervencion de especialistas cuando esta lo requiera. El equipo de auditoria debe comprender a un supervisor, jefe de equipo o auditor encargado, en calidad de personal permanente, asi como, auditores, especialistas y asistentes de auditoria que se requieran. Capacitacion del equipo de auditoria en la Escuela Nacional de Control, conforme a lo establecido en el literal d) del articulo 15º de la Ley Nº 27785 y literal k) del articulo 13º del presente Reglamento. Adicionalmente, y de ser el caso, capacitacion en universidades, colegios profesionales, instituciones de educacion superior autorizadas por el Ministerio de Educacion, entidades rectoras u organismos cooperantes, de acuerdo al grado de especializacion correspondiente a su ambito. f) Condiciones especiales de la Sociedad, tal como vinculacion internacional, experiencia especifica segun la auditoria requerida, entre otros, para la ejecucion del servicio. g) MORDAZA por la Sociedad de un programa de auditoria y cronograma de actividades. h) Enfoque y metodologia a aplicar por la Sociedad en el examen. i) Modelo de Contrato. j) Designacion de representante de la Entidad. III. Aspectos Economicos a) Costo de la auditoria (retribucion economica, asi como viaticos y pasajes de ser el caso) y forma de pago, considerandose que: - Puede otorgarse un adelanto de hasta el 50% de la retribucion economica pactada, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 58º del presente Reglamento. - El saldo o totalidad de la retribucion economica se cancela a la MORDAZA del ultimo informe de auditoria. b) Las garantias aplicables al servicio de auditoria de acuerdo a lo previsto en el articulo 58º del presente Reglamento. c) Reembolso de la Sociedad de los gastos de publicacion, en caso de designacion. Articulo 26º.- Acreditacion de representantes La Entidad solicitante debe designar y acreditar a un representante ante la Contraloria General, a fin que cumpla las funciones siguientes: a) Coordinar y atender las consultas relacionadas con el proyecto de las bases. b) Suministrar informacion complementaria. c) Visar las credenciales de las Sociedades que visiten la Entidad. d) Actuar como representante de la Entidad en el acto de apertura de los sobres "A". Articulo 27º.- Aprobacion de las Bases La Gerencia de Sociedades de Auditoria refrenda las bases respectivas en senal de aprobacion, teniendo la facultad de incluir o modificar los objetivos y terminos propuestos por la Entidad, de acuerdo a las propias

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.