Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2007 (24/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de febrero de 2007

necesarios para proceder a programar una Auditoria de cumplimiento a la MORDAZA Sanitaria, no obteniendo respuesta alguna; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano en su Informe N° 397 -2006-PRODUCE/ DGEPP-Dch del 4 de diciembre del 2006 y con la opinion favorable de la instancia legal pertinente; De conformidad con el articulo 1° de la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas aprobada con Decreto Supremo N° 040-2001-PE; y el articulo 5° del Decreto Supremo N° 021-2005-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas mediante el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar en abandono la solicitud del visto de la empresa PESQUERA FENIX S.R.L. por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia y a la Direccion Regional de la Produccion de Piura; y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion: http://www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 30015-3

Otorgan licencia a Mai Shi Group S.A.C. para operar planta de congelado de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 022 -2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 15 de enero de 2007 Visto el escrito con registro N° 00050768 del 8 de agosto y 19 de octubre del 2006, presentados por la empresa MAI SHI GROUP S.A.C.; CONSIDERANDO: Que los articulos 43° inciso d), y 46° del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la autorizacion de instalacion de establecimientos industriales y para la operacion de plantas de procesamiento de productos hidrobiologicos se requiere de la autorizacion y licencia correspondiente, las que constituyen derechos que el Ministerio de la Produccion, otorga a nivel nacional; Que mediante Resolucion Directoral N° 067-2006PRODUCE/DNEPP del 6 de marzo del 2006, se otorgo a MAI SHI GROUP S.A.C. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos a traves de una planta de congelado, con una capacidad de 42 t/dia y su almacenamiento de 800 t, con destino al consumo humano directo, a ubicarse en la Mz. K, Lote N° 01, MORDAZA Industrial 3, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; Que mediante el escrito del visto, la empresa MAI SHI GROUP S.A.C. solicita se le otorgue licencia para la operacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero, ubicado en la Mz. K, Lote N° 01, MORDAZA Industrial 3, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, mediante la MORDAZA de Verificacion N° 010-2006-PRODUCE/DIGAAP de fecha 31 de MORDAZA del 2006, senala que la empresa MAI SHI GROUP S.A.C. ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion

presentadas en su Estudio de Impacto Ambiental para su planta de congelado de productos hidrobiologicos; Que el Instituto Tecnologico Pesquero del PeruITP mediante Protocolo Sanitario N° PSL-011-06CG-SANIPES del 1 de agosto del 2006, precisa que la citada planta de congelado, al momento de la auditoria/inspeccion efectuada el 26 de MORDAZA del 2006, se adecua a los requerimientos de diseno, construccion y equipamiento, establecido en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por el Decreto Supremo N° 040-2001-PE; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento N° 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003PRODUCE, por lo que resulta procedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante los Informes N°s. 266, 394 y 424-2006-PRODUCE/DNEPP-Dch y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en los articulos 43° inciso d) y 46° del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los articulos 49°, 53° numeral 53.1 y 54° del Decreto Supremo N° 012-2001-PE - Reglamento de la Ley General de Pesca, y el procedimiento N° 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0352003-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa MAI SHI GROUP S.A.C. licencia para la operacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero, ubicado en la Mz. K, Lote N° 01, MORDAZA Industrial 3, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; con la siguiente capacidad instalada: Congelado Almacenamiento : : 41.60 t/dia 800 t

Articulo 2°.- La empresa MAI SHI GROUP S.A.C debera operar su planta de congelado de productos hidrobiologicos con sujecion a las normas legales reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como a las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera contar con un sistema de seguridad del control del MORDAZA que garantice la sanidad y la optima calidad del producto final, conforme dispone el Decreto Supremo N° 040-2001-PE, asi como debera cumplir con los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, conforme a lo verificado por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, segun la MORDAZA de Verificacion N° 0102006-PRODUCE/DIGAAP del 31 de MORDAZA del 2006. Articulo 3°.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo 2° de la presente Resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado o de aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 4° .- Incorporar a la empresa MAI SHI GROUP S.A.C en el Anexo II de la Resolucion Ministerial N° 0412002-PRODUCE, como titular de la licencia de operacion de la planta de congelado descrita en el articulo 1° de la presente Resolucion Directoral. Articulo 5°.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de Produccion de MORDAZA y consignarse en el

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