Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2007 (24/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de febrero de 2007

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan y ratifican designacion de representantes del Ministerio ante la Comision de Dialogo Permanente en el Sector Pesquero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 044-2007-TR MORDAZA, 21 de febrero de 2007 VISTOS: Los Oficios Nºs. 2445-2006 -MTPE/2/12.1, 262 y 306-2007-MTPE/2/12.1 de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA - Callao; y el Memorandum Nº 170-2007-MTPE/4 del Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 398-2003PCM, de fecha 12 de diciembre de 2003, se constituyo la Comision de Dialogo Permanente en el Sector Pesquero, adscrita al Ministerio de la Produccion, la cual tiene por objetivo el desarrollo de acciones destinadas a identificar la problematica general del sector pesquero nacional, propiciando el estudio de las medidas mas adecuadas para su debida implementacion por el Ministerio de la Produccion; Que, el articulo 3° de la citada Resolucion Ministerial dispone que dicha Comision estara conformada, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, en merito a lo expuesto, mediante Resolucion Ministerial Nº 045-2004-TR de fecha 11 de marzo de 2004, se designo a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la Comision de Dialogo Permanente en el Sector Pesquero; Que, por convenir al servicio, corresponde dar por concluida la designacion de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA y ratificar la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representantes del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la Comision a que se refiere el primer considerando; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la Comision de Dialogo Permanente en el Sector Pesquero, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora (e) de Trabajo y Promocion del Empleo del Callao, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la Comision de Dialogo Permanente en el Sector Pesquero, constituida mediante Resolucion Ministerial N° 398-2003-PCM. Articulo 3º.- Ratificar, la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA - Callao, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la Comision de Dialogo Permanente en

el Sector Pesquero, constituida mediante Resolucion Ministerial Nº 398-2003-PCM. Articulo 4°.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, a la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 30446-1

Aprueban formularios en que los empleadores presentaran informacion necesaria para valorizar peticiones de trabajadores y examinar la situacion economica financiera y laboral de la empresas en el procedimiento de negociacion colectiva
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 046-2007-TR MORDAZA, 21 de febrero de 2007 VISTO: El Informe Nº 011-2006-MTPE/DVMT/2/9.3 de fecha 27 de noviembre de 2006, de la Direccion General de la Oficina de Economia del Trabajo y Productividad; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2003-TR, establece que en el curso de procedimiento de negociacion colectiva, a peticion de una de las partes o de oficio, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a traves de una Oficina especializada, practicara la valorizacion de las peticiones de los trabajadores y examinara la situacion economico ­ financiera de las empresas, entidades del Estado y de empresas pertenecientes al ambito de la Actividad Empresarial del Estado y su capacidad para atender dichas peticiones; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR, modificado, entre otros, por el Decreto Supremo Nº 018-2006-TR, establece que la Direccion General de Economia del Trabajo y Productividad, es un organo de linea, de ambito nacional, dependiente del Despacho Viceministerial de Trabajo, encargado de efectuar los estudios tecnicos para emitir los Dictamenes Economicos Laborales correspondientes, en el curso del procedimiento de negociacion colectiva; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 045-95TR, se aprobo, entre otros, los formularios para la MORDAZA por los empleadores de informacion necesaria para valorizar las peticiones de los trabajadores y examinar la situacion economica financiera de las empresas; Que, desde la promulgacion de la citada Resolucion Ministerial, la legislacion laboral y legislacion tributaria, han sufrido cambios sustanciales, conllevando ello, a que los formularios a que se refiere el considerando anterior, en muchos casos, hayan quedado desactualizados, por lo que mediante Informe de Visto, la Direccion General de Economia del Trabajo y Productividad, propone actualizar dichos documentos, a efectos de obtener informacion mas especifica a las necesidades de los estudios; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1732002-TR;

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