Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2007 (24/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

340509

6. RESPONSABILIDAD El CNC, la Secretaria Tecnica, las Municipalidades Distritales y Provinciales en su jurisdiccion, y las demas EGC, son responsables de la correcta aplicacion y cumplimiento de la presente Directiva. Articulo 2º.- La cartografia catastral elaborada o en MORDAZA, MORDAZA de la publicacion de la presente Directiva, sigue siendo valida hasta la elaboracion de la nueva cartografia basada en el sistema geodesico oficial - WGS84. Las EGC adecuaran la cartografia catastral anterior, en forma progresiva, a las normas cartograficas catastrales de la presente Directiva. A partir de la vigencia de la presente Directiva, las EGC comunicaran a la Secretaria Tecnica del SNCP, los proyectos que se encuentran en ejecucion en el sistema

PSAD56. Dicha comunicacion se efectuara en un plazo no mayor a 60 dias utiles, mediante documento escrito o medio magnetico que permita acreditar su recepcion. Articulo 3º.- El CNC emitira las normas complementarias que MORDAZA necesarias para la correcta aplicacion de la presente Directiva. Articulo 4º.- La presente Directiva entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA FREITAS A. Presidente del Consejo Nacional de Catastro 30333-1

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