Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2016 (23/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Miércoles 23 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

604923

los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23º y 64º del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GRLL/ CR; demás normas complementarias; con dispensa de lectura y aprobación de Acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR la ejecución de la expropiación de un inmueble de 325,009.00 m2 (32.5009 ha), correspondiente al predio Fundo Casa Grande ubicado en el sector Casa Grande, distrito de Casa Grande, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, de propiedad de la Empresa Casa Grande S.A.A., inscrito en la Partida Electrónica Nº 07086712 del Registro de Predios de la SUNARP, Zona Registral Nº V, Sede TrujilloOficina Registral Trujillo, afectado por la ejecución de la obra CHAVIMOCHIC III Etapa, valorizado por el monto de S/ 4'258,751.86 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 86/100 NUEVOS SOLES), a favor del Proyecto CHAVIMOCHIC, cuyos linderos y medidas perimétricas se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente Acuerdo Regional. Artículo Segundo.- DISPONER que el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del sujeto pasivo de la expropiación, a la empresa Casa Grande S.A.A., dentro de los cinco (5) días hábiles de emitido el presente Acuerdo Regional. Artículo Tercero.- DISPONER que el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitido el presente Acuerdo Regional y notificada la consignación al sujeto pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) la información señalada en el artículo 30º de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del beneficiario.

Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario, el bien inmueble cuya Partida Registral, linderos y medidas perimétricas se detalla en el anexo que forma parte del presente Acuerdo Regional; y de ser el caso, se levante toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral del predio afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución; según lo previsto en el literal d) del numeral 28.1 del artículo 28º de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192. Artículo Quinto.- DISPONER que el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, notifique el presente Acuerdo Regional al sujeto pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, requiriéndole la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles siguientes de notificado el presente Acuerdo Regional, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación; según lo previsto en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28º de la citada Ley. Artículo Sexto.- DISPONER que el presente Acuerdo Regional se publique en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el numeral 28.4 del artículo 28º de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192. POR TANTO: Regístrese, notifíquese y cúmplase. JOEL DAVID DIAZ VELÁSQUEZ Presidente Consejo Regional La Libertad

ANEXO INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CANAL MADRE CHAVIMOCHIC TERCERA ETAPA - SECTOR CASAGRANDE, Y VALOR DE LA TASACIÓN
CODIGO DE SUJETO SUJETO Nº IDENTIFICACION ACTIVO / PASIVO DEL PREDIO BENEFICIARIO VALOR DE LA TASACION EN NUEVOS SOLES

UBICACIÓN LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA TOTAL DEL LOTE Norte : Con UC 17373 (P), entre los vértices Nº 1 al Nº 4.

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL

VERTICE 1

ESTE 695,693.992 695,699.783 695,721.611 695,732.566 695,830.904 695,840.958 695,878.020 695,892.088 696,239.307 696,251.117 696,266.672 697,165.177 697,181.408 697,559.809 697,573.626

NORTE 9,147,897.892 9,147,902.611 9,147,920.470 9,147,930.098 9,147,785.022 9,147,759.803 9,147,534.446 9,147,494.035 9,146,868.910 9,146,853.025 9,146,840.784 9,146,309.002 9,146,292.654 9,145,642.672 9,145,625.415

DISTANCIA (ml.)

1 PP - CG - 07

PROYECTO CASA ESPECIAL GRANDE Sur : CHAVIMOCHIC SAA

Con Fundo Roma, entre los vértices VALOR DEL AREA Nº 32 al Nº 35. AFECTADA SEGÚN TASACION:

2 3 4 5

7.470 28.203 14.584 175.263 27.150 228.384 42.789 715.082 19.794 19.794 1,044.080 23.038 752.106 22.107

Este :

Con Fundo Casa Grande, entre los S/. 4,258,751.86 vértices Nº 4 al Nº 32. Con Fundo Casa Grande, entre los vértices Nº 35 al Nº 1. VALOR TOTAL DEL AREA AFECTADA: AREA AFECTADA DEL TERRENO 32.5009 Hectáreas PARTIDA REGISTRAL: 07086712 SUNARP ZONA REGISTRAL V Sede Trujillo. CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL. S/. 4,258,751.86

Oeste :

6 7 8 9 10 11 12 13 14 15

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