Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2005 (12/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 118

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES ANEXO BIENES ADJUDICADOS Y RECUPERADOS*

Pag. 302102

Empresa:......................................................................

ANEXO Nº 4-A

Datos del Bien (a) Fecha de Vencimiento de la Prorroga Provision Inicial Total Provisiones (g) Provisiones constituidas posteriormente Provision Provision por Constituida desvalorizacion Mensualmente (h) (i) (f) Valor neto de realizacion (j) Fecha Valor

Adjudicacion, Dacion en Pago o Recuperacion

Provision por Bienes Adjudicados o Recuperados

Valor neto en libros a la fecha de reporte (k)

Observaciones

Descripcion del bien

MORDAZA de bien o garantia

Origen (b)

Fecha Identif. deudor (c)

Valor de Adjudicacion o Recuperacion (d)

Deuda que se cancela (e) capital intereses y otros

(l)

(ll)

(m)

TOTALES

NORMAS LEGALES

* Incluir los derechos sobre fideicomisos recibidos como bienes adjudicados

(a) Consignar los datos del bien, el mismo que debe contener la descripcion del bien adjudicado o recuperado, la direccion en caso se trate de bien inmueble, entre otros. En caso de fideicomisos de dacion en pago, consignar la descripcion del derecho. Adicionalmente, en la columna de "Tipo de bien o garantia" se debera consignar el numero de identificacion del bien o garantia, el mismo que sera conforme lo indicado en el Anexo que se adjunta. (b) Consignar la letra "A" en caso de adjudicacion, "D" en caso de dacion en pago y "R" en el caso de bienes recuperados. (c) Consignar el N° de RUC del deudor en caso de ser persona juridica. Tratandose de personas naturales debera consignar el N° de DNI o carne de extranjeria. Por aquellas personas que segun las normas correspondientes no cuenten con los documentos indicados consignaran el Codigo asignado por la SBS. (d) Consignar el valor de adjudicacion o recuperacion segun contrato de dacion en pago o el valor de adjudicacion judicial o extrajudicial, segun corresponda. Tratandose de bienes recuperados, dicho valor debe ser el valor insoluto de la deuda o el valor neto de realizacion, el menor. (e) Consignar el valor de los componentes de la deuda que se cancela, discriminando el capital de la deuda de los intereses y otros conceptos. (f) Anotar la fecha de vencimiento de la porroga, conforme lo establecido en el Reglamento para el Tratamiento de los Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones. (g) Consignar la provision inicial ( 20% como minimo, conforme el Reglamento para el Tratamiento de los Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones) sobre el valor de adjudicacion o recuperacion inicial consignado en (d). h) Consignar el monto acumulado de la provision constituida mensualmente conforme con lo establecido en el Reglamento para el Tratamiento de los Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones. Tratandose de bienes muebles, se debera consignar la provision a constituir en el plazo de 12 o 18 meses, segun corresponda. En caso de bienes inmuebles, se debera consignar la provision mensual a constituir a partir del 18° o 12° mes hasta el 60° o 54° mes, segun corresponda. (i) Consignar la provision constituida para bienes inmuebles, por la disminucion del valor neto de realizacion del bien adjudicado o recuperado respecto al valor neto en libros, conforme el Reglamento para el Tratamiento de los Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones. (j) Consignar la fecha de la MORDAZA valuacion realizada, asi como el valor neto de realizacion, siendo obligatorio para bienes inmuebles, reflejada en el informe de tasacion realizado por profesional idoneo debidamente inscrito en el Registro de Peritos Valuadores (REPEV), cuya antiguedad de la valorizacion no debera se mayor a un (1) ano. (k) Registrar el valor neto en libros. El total debe ser igual al monto consignado en (ll) menos (m). (l) En el caso de derechos sobre fideicomiso se senalara la fecha del termino de plazo del fideicomiso segun el acto constitutivo. (ll) Debe ser igual a la suma del saldo de la cuenta analitica 1601.01.02 mas el saldo de cuenta 1602. (m) Debe ser igual a la parte correspondiente del saldo de la cuenta analitica 1609.01.01 referida a bienes recuperados mas el saldo de la cuenta analitica 1609.02.01. _______________________ CONTADOR GENERAL Matricula Nº

MORDAZA, miercoles 12 de octubre de 2005

_____________________ GERENTE GENERAL

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