Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2005 (12/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 136

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TITULO III COMPENSACION TARIFARIA EN EL PEAJE POR CONEXION

NORMAS LEGALES PROYECTO
Donde:

MORDAZA, miercoles 12 de octubre de 2005

RTIEji

Articulo 10º.- El presente titulo contiene el procedimiento de actualizacion del PC y PCSPT, sobre la base de la Compensacion Tarifaria por Rentas Netas. Articulo 11º.- Periodicidad La actualizacion del PC y del PCSPT se realizara con una periodicidad mensual. Articulo 12º.- Periodo en el que se consideran las Rentas Netas Para la actualizacion del PC y del PCSPT, para un mes "j" dado, se tomara en cuenta las Rentas Netas determinadas por el COES-SINAC para cada titular del SPT, correspondientes al mes anterior. Articulo 13º.- Determinacion del Monto para Compensacion Tarifaria 13.1. El monto que se empleara como Compensacion Tarifaria, para la reduccion de los peajes por el SPT en el mes "j", se determinara por cada titular del SPT, como la sumatoria de las Rentas Netas que le corresponden transferir a dicho titular en el mes anterior "j-1", conforme a la siguiente expresion:

: Renta MORDAZA por las TIEs correspondientes al Enlace Internacional "i", recaudada durante el mes "j-1".

Articulo 14º.- Actualizacion de los Peajes del Sistema Principal de Transmision 14.1. Se realizara el reajuste del PC del PCSPT por cada titular del SPT, con base a un factor denominado (1-K). 14.2. El factor (1-K) se incorporara a las formulas de reajuste del PC y del PCSPT, en la misma resolucion que fija los peajes del SPT. 14.3. El factor (1-K) a aplicar en el mes "j", esta en funcion a las Rentas Netas del mes anterior " j-1", a los Peajes por Conexion, y a la Tasa de Actualizacion establecida en el Articulo 79º de la LCE o la que la sustituya; conforme a la siguiente expresion:

(1 - K ) q , j = 1 -
Donde:

RTDq , j -1 12 1 / 12 (1 + TA) PC0,q m=1

[(

)

m-1

]+ TA

(6)

RTDq , j -1 = RTq , j -1,i
i =1

m

(2)

(1-K)q,j : Factor para actualizar, en el mes "j", el PC y el PCSPT correspondiente al titular "q" del SPT. TA
Tasa de Actualizacion vigente, fijada en el Articulo 79º de la LCE o la que la sustituya.

Donde:

RTDq,j-1 : Renta MORDAZA que corresponde transferir al titular "q" del SPT en el mes "j-1". RTq,i-1,i : Sumatoria de todas las Rentas Netas que corresponde transferir al titular "q" del SPT, durante el mes "j-1 ", por TIEs en el enlace "i". j

: Numero correspondiente a un mes del periodo anual de fijacion tarifaria, MORDAZA = 1, junio = 2, asi sucesivamente hasta MORDAZA = 12.
: Se refiere al Peaje por Conexion que corresponde al titular "q" del SPT, publicado en la Fijacion de Tarifas de SPT vigente.

RTq , j -1,i = RTq , j -1,i ,n
n =1

L

PC0,q
(3)

L m

: Numero total de liquidaciones de TIE en el enlace "i", durante el mes "j-1". : Numero total de enlaces internacionales.

Articulo 15º.- Procedimiento para la Actualizacion de los Peajes del Sistema Principal de Transmision con base a Compensacion Tarifaria 15.1. El ultimo dia habil de cada mes el COES-SINAC remitira al OSINERG y a las empresas de generadoras y transmisoras, conjuntamente con el sustento respectivo, la siguiente informacion correspondiente a dicho mes: 15.1.1. Los valores de las RTIEji determinadas para cada Enlace Internacional, asi como, las Rentas Netas totales RNCTj. 15.1.2. El monto de las Rentas Netas determinadas para cada titular del SPT (RTDq,j). 15.2. Con base en dicha informacion, el primer dia habil de cada mes el OSINERG publicara en su pagina web, el factor (1-K) para cada titular del SPT. 15.3. Cuando en un determinado mes "j" el monto RTDq,j exceda el monto por PC que le corresponda a un titular "q" del SPT en dicho mes, el OSINERG dictara el procedimiento para determinar el monto de la transferencia de Rentas Netas a dicho titular; asi como, la Compensacion Tarifaria correspondiente. 17317

13.2. El COES-SINAC debe verificar que la sumatoria de las rentas netas que corresponde transferir a todos los titulares del SPT, en el mes "j-1 ", sea igual a las Rentas Netas recaudadas a ser asignadas para Compensacion Tarifaria (RNCT ), conforme a la expresion siguiente:

RTD
q =1

T

q , j -1

= RNCT j -1

(4)

Donde :

T

: Numero total de titulares del SPT

RNCT j-1: Rentas Netas recaudadas durante el mes "j-1". Se calcula mediante la siguiente expresion

RNCT j -1 = RTIE
i =1

m

j -1,i

(5)

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