Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2005 (12/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de octubre de 2005

evaluacion del cumplimiento de metas debe examinarse la consistencia de las metas presupuestarias, sus productos y unidades de medida planificadas, en relacion a los objetivos institucionales; siendo areas de riego las unidades de planificacion y presupuesto, y las unidades de linea vinculadas a la produccion de los servicios. 4. Priorizar la auditoria a los estados financieros y el examen especial a la informacion presupuestal de las entidades sujetas a control, con sujecion a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las normas especificas dictadas por la Contraloria General. 5. El control del patrimonio cultural de la Nacion examinara las politicas culturales y acciones adoptadas por los organismos publicos competentes del nivel nacional, regional y local, en materia de promocion, conservacion, defensa y proteccion del patrimonio cultural, con prioridad en el patrimonio historico, arqueologico y natural. En lo que concierne al trafico ilicito de bienes de valor cultural, se verificaran los procedimientos y operaciones orientados a su recuperacion, y las gestiones realizadas con otras instituciones culturales, aduaneras, de fiscalizacion y la policia. B. Lineamientos para el Control de Procesos Control del MORDAZA de Adquisicion de Bienes y Servicios 1. El control de las adquisicion de bienes y servicios se realizara con un enfoque integral que comprenda la programacion de los requerimientos, evaluacion de propuestas, adjudicacion, contratacion y conformidad de la cantidad y calidad de los suministros; examinando la transparencia del MORDAZA y publicacion de los planes anuales de adquisicion. Cuando corresponda, se verificara que los productos y servicios adquiridos MORDAZA de reducido impacto ambiental, no perjudiciales para la salud, y susceptibles de reaprovechamiento. Dichas acciones se complementan con las veedurias que realizan los OCI a los procesos de licitacion y concursos publicos de meritos, con el fin de advertir los posibles errores en la conduccion del proceso. Se MORDAZA prioridad al control de la contratacion de los servicios no personales, a las exoneraciones en la modalidad de licitacion publica mediante declaracion de estados de urgencia, a los procesos de licitacion con mayor significacion economica y a las adjudicaciones directas otorgadas por servicios personalisimos. En las adquisiciones, el planeamiento de la accion de control contendra procedimientos para detectar practicas como el fraccionamiento de bienes, sobrevaluacion de precios, evaluacion indebida de postores, incumplimiento contractual, omision en el cobro de penalidades y adulteraciones en la cantidad y calidad de los bienes y servicios provistos. En las adjudicaciones de obra se verificara la existencia de expedientes tecnicos aprobados e incidira en la deteccion del fraccionamiento de obras, la evaluacion de propuestas, manejo del registro de contratistas para los casos de adjudicacion directa por invitacion y sobrevaluacion del presupuesto. 2. En las entidades donde se han producido procesos de modernizacion y cambios tecnologicos, se examinaran las adquisiciones de equipos, sistemas de comunicacion y hardware; el desarrollo de software y la implementacion de los sistemas de gestion, intra e interconexion; evaluando los resultados obtenidos e impactos sobre la mejora de la gestion institucional. Control del MORDAZA de Inversion 3. El control de proyectos de inversion publica examinara el cumplimiento de las metas fisicas y financieras, centrandose en la eficiencia del uso de los recursos, donde se verificara si los pagos de ejecucion liquidados se cineron a los costos del expediente tecnico y de preinversion; si los precios contratados se ajustaron a los costos del expediente tecnico o del estudio de preinversion aprobados; y si se cumplieron con las metas totales del proyecto dentro de los plazos previstos en la fase de preinversion. Se MORDAZA prioridad al control de los proyectos con mayor significacion economica y social, incluyendo el cumplimiento de los programas de cooperacion suscritos con diversas entidades publicas. 4. El control de la gerencia de proyectos incidira preventivamente en la observancia de los procedimientos

establecidos en la Ley Nº 27293, del Sistema Nacional de Inversion Publica, su reglamento y normas complementarias, verificando que los proyectos cuenten con estudios de preinversion aprobados declarados viables como requisito previo a su ejecucion; y correctivamente se incidira en el pago de valorizaciones, adelantos y liquidaciones; en el reconocimiento de adicionales de obra y ampliaciones de plazo; en la ejecucion y supervision de las obras se verificara el cumplimiento de especificaciones tecnicas y materiales utilizados por los contratistas. El control de la gerencia de proyectos adquiere prioridad en los sectores Transpor tes, Vivienda, Instituciones Descentralizadas y Proyectos Especiales que ejecutan obras de infraestructura economica y social. 5. Los Organos de Control Institucional que dispongan de especialistas en proyectos examinaran selectivamente la consistencia tecnica y economica de los estudios y expedientes tecnicos de obras aprobados, incidiendo en las especificaciones tecnicas, analisis de costos y presupuestos, diseno de obra y procedimientos de aprobacion. Control de Procesos de Personal, Remuneraciones y Pensiones 6. El control de los procesos de personal examinara la contratacion y pago de remuneraciones y pensiones, asi como el cumplimiento de las normas sobre incompatibilidades de los funcionarios y servidores del Estado en el ejercicio de sus cargos. Es de interes para el control, el examen de la contratacion y supervision de consultores con cargo a los recursos del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, donde se evaluara la naturaleza del servicio especializado y su correspondencia con funciones de caracter misional. Se incidira en la deteccion de practicas ilicitas relacionadas con el pago irregular de remuneraciones, bonificaciones, dietas y subvenciones, incluyendo los bonos de productividad. 7. En materia de prohibiciones, se MORDAZA prioridad al examen de practicas de nepotismo. 8. Cautelar y ver ificar el cumplimiento de la MORDAZA de Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas por parte de los funcionarios y servidores publicos al tomar posesion de sus cargos, durante su ejercicio y al MORDAZA los mismos, conforme a lo dispuesto en el articulo 42º de la Constitucion Politica del Estado y las Leyes Nº 27482 y Nº 27785. 2.2 LINEAMIENTOS ESPECIFICOS PARA LA CONTRALORIA GENERAL 1. Con el fin de contribuir a mejorar la administracion general del Estado, se debera incidir en la evaluacion de la gestion macro-administrativa, presupuestal, financiera y los resultados logrados en los programas gubernamentales de interes nacional, regional y local, en terminos del cumplimiento de los objetivos y metas. 2. El control del MORDAZA de privatizacion se realizara con un enfoque integral que incluya el examen de las acciones previas o de reflotamiento empresarial, el MORDAZA de adjudicacion y cumplimiento de los compromisos de inversion pactados. Se pondra enfasis en la deteccion de irregularidades y en la evaluacion de la gestion economica, incluyendo el uso de los fondos recibidos de la privatizacion. El alcance de la accion de control puede incluir los procesos concluidos y en ejecucion, e institucionalmente a PROINVERSION, el CEPRI y Proyecto respectivo, y la(s) entidad(es) interviniente(s) en el MORDAZA de promocion de la inversion privada, supervision de los compromisos contractuales y uso de los recursos de privatizacion; priorizando su ejecucion en funcion a criterios de materialidad economica y la existencia de denuncias sustentadas. 3. El control del MORDAZA de concesiones tendra un enfoque de cumplimiento de las nor mas legales, reglamentarias y contratos; asi mismo, examinara la evaluacion beneficio - costo e impactos del servicio concesionado en los principales programas carreteros, agricolas, de energia y minas. 4. Programar acciones de control para supervisar el uso y destino de los recursos provenientes del endeudamiento externo e interno, de acuerdo a las clausulas establecidas en los contratos de prestamo o

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