Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2005 (12/10/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

Pag. 301990
CAPITULO II DEL CONSEJO CONSULTIVO

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de octubre de 2005

Articulo 11º.- Organo de consulta del Indecopi El Consejo Consultivo del INDECOPI es el organo de consulta de la institucion. Emite opinion, a solicitud del Presidente del Directorio, en los asuntos que se ponga a su consideracion. Articulo 12º.- Conformacion del Consejo Consultivo Los miembros del Consejo Consultivo son designados por el Directorio del INDECOPI, en un numero no menor a seis y no mayor a doce miembros. Esta integrado por profesionales y especialistas de reconocida capacidad y experiencia, que representan distintos sectores de la actividad publica y privada que guardan relacion con el rol y funciones de la Institucion y que reflejan pluralidad de perspectivas. El cargo de miembro del Consejo Consultivo no es remunerado. Son funciones del Consejo Consultivo: a) Emitir opinion en los asuntos que el Presidente del INDECOPI someta a su consideracion; b) Recomendar al Presidente del INDECOPI la realizacion de gestiones ante los organismos competentes del Estado para la adopcion de medidas destinadas a proteger los derechos a que se refiere el Articulo 2º; c) Asesorar al Presidente del INDECOPI en las gestiones que lleve a cabo ante los organismos de cooperacion tecnica internacional, coordinando las acciones que realice con la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores; d) Proponer la adopcion de politicas orientadas a la consecucion de los fines del INDECOPI; e) Emitir opinion, a solicitud del Directorio, en la designacion de los vocales del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual, los miembros de las Comisiones y los Jefes de Oficina. f) Otras que se le encomiende. Articulo 13º.- Convocatoria del Consejo Consultivo El Consejo Consultivo se reune a convocatoria del Presidente del Directorio del INDECOPI. CAPITULO III DE LA GERENCIA GENERAL Articulo 14º.- Gerencia General La Gerencia General es el organo de mayor nivel jerarquico ejecutivo y administrativo de la Institucion. Depende jerarquica y funcionalmente del Directorio. El personal tecnico y administrativo del INDECOPI, incluidos los Secretarios Tecnicos de las Comisiones y MORDAZA, asi como los Jefes de las Oficinas de la Propiedad Intelectual, dependen jerarquicamente de la Gerencia General en lo concerniente a los asuntos de Administracion. Son funciones generales de la Gerencia General, las siguientes: a) Dirigir, coordinar, supervisar y controlar las acciones de las diferentes dependencias administrativas del INDECOPI. b) Prestar el apoyo que requieran las areas de la Institucion para el logro de sus fines. c) Ejercer la representacion legal del INDECOPI, siendo posible que la delegue a otros funcionarios de la Institucion. d) Administrar los recursos economicos y presupuestales. e) Designar, promover, remover y suspender al personal de la Institucion, dentro del ambito de su competencia. f) Ejercer las atribuciones que confieren las normas de indole presupuestaria al MORDAZA nivel jerarquico de rango administrativo; y, g) Las demas que le MORDAZA asignadas por el Directorio o por las normas legales o reglamentarias. Articulo 15º.- Areas dependientes de la Gerencia General

Las Areas son: Area de Servicios de Atencion al Ciudadano; el Area de Cooperacion Tecnica y Relaciones Internacionales; el Area de Imagen y Comunicaciones y el Area de Fomento de la Competencia e Innovacion. - El Area de Servicios de Atencion al Ciudadano es la encargada de canalizar los servicios de las areas funcionales y administrativas, brindar informacion de los procedimientos y requisitos de todas las areas del INDECOPI y solucionar controversias de consumo, a traves de conciliaciones, por delegacion de funciones de la Comision de Proteccion al Consumidor. - El Area de Cooperacion Tecnica y Relaciones Internacionales tiene a su cargo gestionar la obtencion de cooperacion tecnica proveniente de organismos nacionales y extranjeros, necesaria para el buen funcionamiento de las areas institucionales. - El Area de Imagen y Comunicaciones se encarga de planificar, coordinar y supervisar la ejecucion de las acciones relativas a la imagen institucional, difusion, comunicaciones y actividades institucionales. - El Area de Fomento de la Competencia e Innovacion tiene a su cargo el procesamiento y sistematizacion de la informacion que se produce en las diversas areas de la institucion a fin de generar productos y programas, con valor agregado, que se conviertan en herramientas de utilidad para las empresas e inversionistas, promoviendo la innovacion y el desarrollo competitivo. Las funciones especificas de las Areas de la Gerencia General se establecen en el respectivo Manual de Organizacion y Funciones del INDECOPI, que aprueba el Directorio de la Institucion. CAPITULO IV DEL ORGANO DE DESARROLLO DE POLITICAS Articulo 16º.- Organo de Desarrollo de Politicas El Organo de Desarrollo de Politicas es el encargado de generar propuestas de politicas y posiciones institucionales relacionadas a la propiedad intelectual y a la defensa de la competencia. Son funciones generales del Organo de Desarrollo de Politicas: a) Formular documentos de politica institucional relacionados con aspectos contenidos en acuerdos y/o foros internacionales en temas de competencia institucional. b) Plantear al Directorio del INDECOPI la aprobacion de politicas institucionales en el ambito de la proteccion de la propiedad intelectual y de la defensa de la competencia. c) Coordinar con los distintos organos resolutivos la informacion necesaria para la formulacion de posiciones institucionales en foros nacionales o internacionales vinculados a los temas de competencia institucional d) Desarrollar lineamientos de politica relacionados con las actividades de representacion institucional en foros internacionales. e) Otras que le asigne la Alta Direccion. TITULO IV DEL ORGANO DE CONTROL Articulo 17º.- Organo de Control Institucional El Organo de Control Institucional del INDECOPI es el encargado de conducir, programar, evaluar y ejecutar las acciones de control, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control. El Organo de Control Institucional esta a cargo de un Jefe, que es designado por la Contraloria General de la Republica, manteniendo vinculacion y dependencia funcional y administrativa con dicha entidad, en su condicion de ente tecnico rector del Sistema Nacional de Control. Articulo 18º.- Funciones del Organo de Control Institucional El Organo de Control Institucional tiene las funciones y atribuciones establecidas en las normas, disposiciones, lineamientos y directivas que rigen el Sistema Nacional de Control, siendo estas las siguientes:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.