Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2005 (12/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de octubre de 2005

modificaciones al contrato: (i) la modificacion de la Clausula Sexta, a efectos de precisar que el Proyecto MORDAZA III ya ha sido ejecutado y concluido, en tanto ello se ha verificado en los hechos; y (ii) la modificacion del Anexo Nº 2, a efectos de incluir en el contrato la opinion favorable sobre la aprobacion del Estudio de Impacto Ambiental correspondiente, en tanto ello obra en el expediente respectivo; Que, en virtud de ello, tambien resulta pertinente aprobar las modificaciones al contrato, en las partes a las que se refiere el considerando precedente; Que, de otro lado, en este contexto de modificaciones contractuales, y de conformidad con lo senalado por EGMHUANZA con fecha 15 de junio de 2005, la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas ha considerado pertinente modificar la Clausula Decimo Primera del contrato, a efectos de precisar la obligacion de EGMHUANZA consistente en presentar, a la fecha de inicio de la ejecucion de obras, una fianza de fiel cumplimiento; Que, asimismo, el Ministerio de Energia y Minas considera opor tuno modificar el referido contrato, incorporando como Anexo Nº 4 el MORDAZA cronograma de ejecucion de obras; Que, en virtud de todo lo anteriormente expuesto, corresponde aprobar la modificacion del contrato, en los terminos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la cual debera ser elevada a Escritura Publica en la que se incorporara el texto de la presente Resolucion Suprema, e inscrita en el Registro de Concesiones para la Explotacion de los Servicios Publicos; De conformidad con lo dispuesto por el literal b) del ar ticulo 36º de la Ley de Concesiones Electricas, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25844; el literal b) del articulo 73º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 00993-EM; y con lo senalado en el Informe Nº 203-2005DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la modificacion del Contrato de Concesion Nº 179-2001, celebrado entre el Ministerio de Energia y Minas y Empresa de Generacion Huanza S.A. - EMGHUANZA, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas para que, en nombre del Estado, suscriba la Minuta de modificacion al Contrato de Concesion Nº 179-2001 celebrado con Empresa de Generacion Huanza S.A. - EMGHUANZA, asi como la Escritura Publica correspondiente. Articulo 3º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera ser incorporado en la Escritura Publica que se origine en virtud de la Minuta a la que se refiere el articulo precedente. Articulo 4º.- En cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 00993-EM, la presente Resolucion Suprema sera notificada a Empresa de Generacion Huanza S.A. - EMGHUANZA, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme lo dispone el articulo 54º de la MORDAZA reglamentaria MORDAZA mencionada. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 17313

Rectifican error material consignado en la R.S. Nº 036-2005-EM, en extremo referido a nivel de tension de linea de transmision
RESOLUCION SUPREMA Nº 062-2005-EM MORDAZA, 7 de octubre de 2005 VISTO: El Expediente Nº 14015593-02, sobre concesion definitiva de transmision de energia electrica, cuyo titular es Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A. - CAHUA S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 036-2005EM del 23 de junio de 2005, se aprobo la transferencia de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica de la linea de transmision S.E. Paramonga Nueva - S.E. Paramonga Existente, que efectuo Electricidad del Peru S.A. - ELECTROPERU S.A., a favor de CAHUA S.A.; Que, en la Resolucion Suprema mencionada en el considerando que antecede, se incurrio en un error material al indicar el valor de 220 kV como nivel de tension de la referida linea, debiendo indicarse el nivel de tension de 138 kV de acuerdo con la informacion presentada por la concesionaria; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision, debiendo tal rectificacion adoptar las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original; Que, sobre la base legal a que hace referencia el considerando que antecede, procede rectificar el error material consignado en dicha Resolucion Suprema, contando con la opinion a que se refiere el Informe Legal Nº 027-2005/MEM-DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectifiquese el error material consignado en la Resolucion Suprema Nº 036-2005-EM, en el extremo referido al nivel de tension de la linea de transmision S.E. Paramonga Nueva - S.E. Paramonga Existente, debiendo indicarse que el nivel de tension de la referida linea es de 138 kV. Articulo 2º.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento, la Resolucion Suprema Nº 0362005-EM y demas normas legales y tecnicas aplicables. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 17314

Constituyen derechos de servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA a favor de la Sociedad Concesionaria Gas Natural de MORDAZA y Callao S.R.L.
RESOLUCION SUPREMA Nº 066-2005-EM MORDAZA, 9 de octubre de 2005

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