Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2005 (12/10/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 88

Pag. 302072

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de octubre de 2005

de OCI. Asimismo, la supervision y evaluacion del cumplimiento del Plan Anual de Control corresponde efectuarla a las respectivas unidades organicas de linea de la CGR. b. Previo al inicio de la ejecucion de una Accion de Control, el OCI requerira a la unidad organica de linea bajo cuyo ambito se encuentra, las denuncias evaluadas que se relacionan con el objetivo de la Accion de Control a iniciarse. La unidad organica de linea proporcionara al OCI las denuncias que ameritan verificarse, cautelando la identidad del denunciante. La unidad organica de linea atendera el requerimiento dentro de los cinco (5) dias utiles de recepcionado, transcurrido el plazo y de no recibir respuesta, el OCI MORDAZA inicio a la Accion de Control. c. El inicio de toda Accion de Control no programada, debera ser informada oportunamente a la unidad organica de linea de la CGR a cuyo ambito pertenece, para lo cual enviara via Web la infor macion del Formato A-1 "Programacion de Acciones de Control", y luego la imprimira y procedera a remitirla en forma impresa. d. La ejecucion de las Acciones de Control, se registrara en el SAGU segun el Formato B-1 "Estado de Ejecucion de las Acciones de Control" segun el instructivo que forman parte de la presente Directiva. De igual manera, la ejecucion de las Actividades de Control se registrara de acuerdo al Formato B-2 "Estado de Ejecucion de las Actividades de Control" segun el instructivo que forman parte de la presente Directiva, los cuales deben ser remitidos via Web. e. Para cada una de las Acciones o Actividades de Control, se consignara en los formatos B-1 y B-2, el grado de ejecucion acumulado en el periodo, considerandose que: - Se encuentran "En Proceso" o "Suspendidas" si presentan un avance mayor a 0% y menor a 100%. - Se encuentran "Concluidas" si presenta un valor de 100%. - Se encuentras "Pendientes" si presenta un valor de 0%. f. El grado de ejecucion para el caso de la Accion de Control en su conjunto se registra en el Formato B-1, y se informara segun los siguientes parametros:
Etapa Planificacion Especifica Ejecucion Elaboracion y Aprobacion del Informe Grado de Ejecucion Mayor a 0% hasta 20% Mayor a 20% hasta 80% Mayor a 80% hasta 100%

contenidas en su Plan Anual de Control, cuando existan causas justificadas y siempre que no se altere el numero total de Acciones de Control inicialmente programadas. La unidad organica de linea evaluara y de ser el caso aprobara dicha solicitud, comunicando al OCI por escrito su conformidad. El OCI procedera a registrar a continuacion en el SAGU su propuesta de modificacion para su remision a la CGR. Luego de evaluar la consistencias de la informacion recibida, la unidad organica de linea solicitara a la Gerencia de Planeamiento y Control, la generacion del codigo correspondiente. 4. Informe de cumplimiento del Plan Anual de Control a. El Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control, es un documento de gestion elaborado por el OCI por medio del cual se informa a la unidad organica de linea correspondiente, el grado de ejecucion de las Acciones y Actividades de Control contenidas en el Plan Anual de Control, la realizacion de Acciones y Actividades de Control no programadas, asi como los argumentos que explican los retrasos o incumplimientos de las metas del periodo. En el Anexo Nº4 adjunto, se encuentra la estructura y contenido del Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control. b. El Informe de Cumplimiento trimestral del Plan Anual de Control se presentara en las fechas siguientes:
Fecha de MORDAZA 10 de MORDAZA de 2006 10 de MORDAZA de 2006 10 de octubre de 2006 10 de enero de 2007 Fecha de avance a ser consignada 31.MAR.2006 30.JUN.2006 30.SET.2006 31.DIC.2006 Periodo de Evaluacion Enero-Marzo Enero-Junio Enero-Setiembre Enero-Diciembre

g. Las Acciones de Control y Actividades de Control que se encuentren en situacion de "Pendientes" al 31 de diciembre de cada ano de ejecucion, deberan ser "Canceladas" y registradas como tal en el SAGU. Asimismo, las Acciones de Control "Suspendidas" que no seran reiniciadas deberan ser canceladas, precisandose las justificaciones del caso. 2. Modificacion del Plan Anual de Control a. Los OCI podran requerir hasta el mes de setiembre del ano de ejecucion, la modificacion de su Plan Anual de Control aprobado, solo cuando existan razones justificadas de interes institucional o que afecten sustancialmente el accionar del OCI, como son reorganizacion institucional; fusion de entidades; absorcion; reduccion significativa de la capacidad operativa del OCI; entre otras. b. Previamente al registro en el SAGU de una propuesta de modificacion del PAC, el OCI debera contar con la conformidad de la unidad organica de linea competente. Luego de lo cual, el OCI procedera a registrar su propuesta, la cual seguira el procedimiento vigente para su aprobacion. 3. Modificacion de la programacion de Acciones de Control del Plan Anual de Control El OCI podra solicitar la modificacion de los cronogramas de programacion de las Acciones de Control

Para el registro del Informe de Cumplimiento en el SAGU, se considerara como Fecha de Avance el ultimo dia del periodo de evaluacion, debiendo alcanzarse el mismo dentro de los 10 dias calendario de vencido el periodo de evaluacion. (En caso la fecha de MORDAZA coincida con un dia no laborable, se extendera la fecha de MORDAZA hasta el siguiente dia util). c. El OCI elaborara y remitira a la CGR en forma impresa, el Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control, en base a la estructura y contenido del Anexo Nº 4. Asimismo, previamente debera remitir via Web, la informacion correspondiente a los Formatos B-1" Estado de Ejecucion de las Acciones de Control", B-2 "Estado de Ejecucion de las Actividades de Control", y el Formato denominado "Informacion Basica de Entidades Sujetas al Sistema Nacional de Control". d. Los OCI de organos desconcentrados de los Sectores (excepto del Sector Defensa) asi como de los OCI de organos desconcentrados de los Gobiernos Regionales, ademas de remitir a la CGR su Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control, alcanzaran al OCI del Sector o Gobierno Regional segun corresponda, una MORDAZA del mismo, para su conocimiento en concordancia con su competencia funcional. e. En caso de no presentarse el Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control, las unidades organicas de linea competentes notificaran a los omisos, dentro de los cinco (05) dias utiles posteriores al vencimiento, sin perjuicio de la adopcion de las acciones que correspondan. I. EVALUACION DE LOS INFORMES DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN ANUAL DE CONTROL 1. La evaluacion de los Informes de Cumplimiento del Plan Anual de Control es el analisis periodico efectuado por las unidades organicas de linea a los OCI bajo su ambito de control, que les permite determinar el grado de cumplimiento de las metas programadas por los OCI bajo su ambito de control, la misma que servira para la adopcion de las acciones correspondientes. 2. En caso de ser observado el contenido del Informe de Cumplimiento o el contenido de los archivos remitidos del SAGU, este sera comunicado para la subsanacion correspondiente, procediendose de la siguiente manera:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.