Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2016 (08/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 123

El Peruano / Jueves 8 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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26º de la mencionada Ley, señala que la administración adopta una estructura gerencial sustentándose en los principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior, rigiéndose por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, participación y seguridad ciudadana. Que, el artículo 5º del Decreto Supremo 043-2006PCM, de fecha 26 de julio de 2006, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), por parte de las entidades de la Administración Pública, define el ROF como el documento normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generadas de la entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades. Por lo cual, un Proyecto de Estructura Orgánica y Reglamento de Organización de Funciones debe ostentar el informe técnico sustentatorio, en cumplimiento del artículo 33º del D.S Nº 043-2006-PCM. Que, en el artículo 11º del Decreto Supremo 0432006-PCM, de fecha 26 de julio de 2006, establece y define las funciones por nivel jerárquico en: ALTA DIRECCIÓN, ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO, ÓRGANOS DE APOYO, ÓRGANOS DE LÍNEA Y ÓRGANOS DESCONCENTRADOS, los mismos que deben plasmarse en la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones, a fin de permitir una mayor eficiencia en el desarrollo de las actividades individuales y en conjunto de los órganos que conforman la entidad. Así mismo, el artículo 28º de la precitada norma prescribe que: "Se requiere la aprobación del ROF en los siguientes casos: (...) d) Por existencia de un proceso de reorganización de la Entidad aprobado conforme a Ley" y (...) f) Para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones". Por lo que, al encontrarnos ante documentos de gestión que no reflejan la realidad que se viene dando en la entidad, debe procederse a modificarse según sea el caso, evitando incurrir en informalismos e irregularidades. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 001/2014MPL de fecha 23 de enero del 2014, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Lambayeque; la cual fue modificada mediante Ordenanza Municipal Nº 005/2016-MPL, en cuanto a su Estructura Orgánica; y, ésta a su vez, por la Ordenanza Municipal Nº 006/2016-MPL de fecha 02 de febrero del 2016. Que, bajo este contexto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de esta Municipalidad con Informe Nº 0321/2016-MPL-GM-GPP, de fecha 11 de julio de 2016, comunica que el Reglamento de Organización y Funciones de una entidad se constituye en un Documento Técnico Normativo de Gestión Institucional que establece: a) La estructura orgánica; b) Las funciones generales y específicas de la entidad y cada uno de sus órganos y unidades orgánicas; y, c) Las relaciones de coordinación y control entre unidades orgánicas y entidades cuando corresponda. Precisamente, mediante Informe Nº 040-2016-GPP-SGR, emitida por la Subgerencia de Racionalización, remite el proyecto de Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones R.O.F de la Municipalidad Provincial de Lambayeque; y, conforme a sus funciones, efectuó las comunicaciones respectivas a las unidades orgánicas que conforman esta Municipalidad, quienes en algunos casos brindaron su conformidad a la propuesta de sus funciones; y, otras efectuaron recomendaciones y ampliaciones de funciones; quedando finalmente conformes. Así mismo, la mencionada Subgerencia realizó talleres y reuniones de trabajo desarrollados en los ambientes de la Municipalidad Provincial con los funcionarios, trabajadores y los representantes de los Órganos de Gobierno y Dirección de la Entidad; así también, se efectuó la aprobación de las funciones del Órgano de Control Institucional - OCI, propuesta remitida por la Municipalidad mediante Oficio Nº 191/2016-MPL-A, donde la Contraloría General de la

República, concretizó su conformidad mediante Oficio Nº 00894-2016-CG/DOCI; producto de las acciones se ha elaborado la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, que regirá en esta Municipalidad, una vez sea aprobado por el Concejo Municipal. Que, con proveído Nº 01065/2016-MPL-GM, de fecha 04 de agosto de 2016, la Gerencia Municipal traslada a la Gerencia de Asesoría Jurídica el Proyecto de Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, para emitir opinión legal correspondiente; señalando que los documentos fueron elaborados por la Subgerencia de Racionalización, el cual ostenta el informe técnico sustentatorio, en cumplimiento al artículo 33º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, y demás normas legales vigentes. Que, mediante Informe Legal Nº 794/2016/MPLGAJ del 16 de agosto del 2016, el Gerente de Asesoría Jurídica opina en mérito a los fundamentos y análisis normativos efectuados por su despacho, se determina que se ha cumplido con los lineamientos establecidos para la elaboración de un Reglamento de Organización y Funciones, comprendido en el D.S Nº 043-2006-PCM y el Manual para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones, Proyecto de R.O.F. Por lo tanto, debe derivarse los actuados al Pleno del Concejo para su evaluación correspondiente, y, de acuerdo a sus atribuciones determinar la aprobación o desaprobación de la autógrafa. POR CUANTO: Estando a los fundamentos expuestos y a lo normado por los artículos 9º, 11º, 17º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal de Lambayeque, en su Décima Sexta Sesión Ordinaria de fecha 16 de Agosto del 2016, cuya Acta es copia de lo tratado conforme lo acredita el Secretario General interviniente, con el voto a favor de los señores regidores: Mónica Giuliana Toscanelli Rodríguez, Iván Alonso Marx Herrera Bernabé, César Antonio Zeña Santamaría, Augusta Ercilia Sorogastúa Damián, Miguel Ángel Ydrogo Díaz, Luis Enrique Barandiarán Gonzaga, Víctor Manuel Suclupe Llontop, Armando Rivas Guevara, Carlos Augusto Díaz Junco y Joaquín Teodomiro Chávez Siancas; y, con el voto en contra del regidor Francisco Javier Mesta Rivadeneira; y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y por MAYORIA, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL: QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUE Artículo Primero.- APROBAR, la estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, la misma que aparece integrada en el Organigrama Estructural de esta Municipalidad y forma parte integrada de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, que consta de 05 Títulos, 197º artículos y 10 Disposiciones Complementarias y Finales, las mismas que forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- DEROGAR, toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al siguiente día de su publicación, en el Diario Oficial el Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaria General e Imagen Institucional la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el portal web de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICARDO C. VELEZMORO RUIZ Alcalde

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