Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2016 (08/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Jueves 8 de setiembre de 2016 /

El Peruano

de Servicios de Salud, dándoseles las gracias por los servicios prestados:
Nombres y Apellidos MC. Humberto Luciano Salas Veliz MC. Juan Carlos Velasco Guerrero Lic. Alexander Meléndez Huasasquiche Cargo Coordinador Técnico Director General Director Ejecutivo Órgano Dirección de Servicios de Atención Móvil de Urgencias y Emergencias Dirección del Cuidado Integral de Salud y Redes Integradas Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto

Artículo 3.- DESIGNAR en el Instituto de Gestión de Servicios de Salud a los siguientes profesionales:
Nombres y Apellidos MC. Humberto Luciano Salas Veliz MC. Julio Warner Mijichich MC. Luis Rosales Pereda Cargo Asesor Coordinador Técnico Director General Órgano Dirección de Servicios de Atención Móvil de Urgencias y Emergencias Dirección de Servicios de Atención Móvil de Urgencias y Emergencias Dirección del Cuidado Integral de Salud y Redes Integradas Secretaría General Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto

MC. Juan Carlos Velasco Ejecutivo Adjunto II Guerrero Econ. Liv Yovana Miranda Castillo Directora Ejecutivo

Artículo 4.- PUBLICAR la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob. pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO FUENTES TAFUR Jefe Institucional Instituto de Gestión de Servicios de Salud 1425971-1

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban Transferencia Total de recursos a Unidades Ejecutoras por servicios brindados por los establecimientos de salud a los asegurados SIS, correspondiente al mes de setiembre 2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 219-2016/SIS Lima, 7 de setiembre de 2016 VISTOS: El Informe Conjunto N° 003-2016-SIS/ GNF-SGF/RDLSM-PYHL con Proveído Nº 021-2016SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras por los servicios que brindan los establecimientos de salud a los asegurados del Seguro Integral de Salud, el Informe N° 016 -2016-SIS/OGPPDODADZ con Proveído N° 101-2016-SIS-OGPPDO, que contiene la Certificación de Crédito Presupuestario N° 1106 emitida por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 174-2016-SIS/OGAJ/PGPF con Proveído N° 832-2016SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado

por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 37.1 del artículo 37 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza al Seguro Integral de Salud - SIS a efectuar transferencias financieras para el financiamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados del SIS, las mismas que deberán aprobarse mediante Resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, y publicarse en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables; de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las instituciones prestadoras de servicios de salud pública podrá establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, mediante Resolución Ministerial N° 991-2012/ MINSA, se aprueban los Parámetros de Negociación que serán tomados en cuenta para la celebración de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas, disponiéndose entre los elementos básicos, al mecanismo de pago y las tarifas de la prestación; Que, mediante Informe N° 016-2016-SIS/OGPPDODADZ con Proveído N° 101-2016-SIS/OGPPDO, de fecha 06 de setiembre del 2016, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario N° 1106 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, para el pago de las prestaciones de salud, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribución de las transferencias; Que, mediante Resolución Jefatural N° 148-2012/SIS, se aprueba la Guía Técnica N° 001-2012-SIS/GNF, "Guía Técnica para el Pago por Preliquidación", que tiene como objetivo establecer y uniformizar los criterios técnicos que orientan la metodología del pago por preliquidación, así como la determinación del valor de producción mensual base que sirve para determinar el monto de la transferencia de recursos para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados al SIS; Que, mediante Informe Conjunto N° 003-2016-SIS/ GNF-SGF/RDLSM-PYHL con Proveído Nº 021-2016-SIS/ GNF, de fecha 06 de setiembre del 2016, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la transferencia de recursos a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional, con cargo al Calendario del mes de setiembre del 2016 para cubrir los conceptos de pago de Preliquidado y Prestaciones Administrativas No Tarifadas, informando a la vez que el importe a transferir contempla los componentes de reposición y de gestión y que el prestador tiene la obligación de reponer el 100% del consumo reportado; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial "El Peruano", la transferencia de los recursos a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Con el visto del Secretario General, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la Oficina General de Administración de Recursos, de la Directora General de la Oficina General de Tecnología de la Información, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 37.1 del artículo 37 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del

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