Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2004 (29/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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DEFENSA
Autorizan contratar servicios personalisimos de profesional para efectuar propuesta de sistema previsional de las Fuerzas Armadas - Estudio Matematico Actuarial, mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 832-2004-DE/MGP MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2004 Visto el Oficio G.100-0443 del Comandante General de la MORDAZA de fecha 22 de MORDAZA del 2004, mediante el cual solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion de servicios profesionales para efectuar una propuesta de sistema previsional de las Fuerzas Armadas - Estudio Matematico Actuarial, por la causal Servicios Personalisimos;

Que, el Sector Defensa integra mediante un representante el Comite Tecnico Multisectorial nombrado con el objeto de proponer un proyecto de reforma previsional Militar-Policial, en materia de pensiones de retiro, considerando su viabilidad economica, financiera, tecnica y legal, debiendo evaluar ademas la situacion administrativa de la MORDAZA de Pensiones Militar-Policial, respecto a su operatividad asi como a la sostenibilidad en el tiempo, proponiendo las medidas necesarias que permitan recuperar la capacidad economica y financiera de dicho ente previsional; Que, a fin de contar con el sustento tecnico matematico que se requiere para el cumplimiento del objetivo planteado, se ha determinado la necesidad de contratar un profesional actuario matematico de primer nivel para respaldar las propuestas que se vienen elaborando por parte del Sector Defensa, el mismo que debe contar con experiencia y especializacion en la materia; Que, el doctor MORDAZA MORDAZA SUTTER Schlup, actuario matematico, es un especialista en temas previsionales de las Fuerzas Armadas, con amplia experiencia en brindar asesorias en dicho tema, contando dentro de su cartera de clientes a importantes entidades publicas y privadas; y con una reconocida trayectoria y prestigio con especia-

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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

COMUNICADO Nº 001-2004-EF/65.01
A LOS GOBIERNOS LOCALES
El presente comunicado tiene por objeto informar a las autoridades de los Gobiernos Locales y a la ciudadania en general acerca de los cambios en la distribucion de los recursos del Canon que se han registrado a partir del mes de MORDAZA del ano en curso como resultado de la aplicacion de la Ley Nº 28077, Ley que modifico la Ley Nº 27506 ­ Ley de Canon, y su reglamento. El articulo 7º de la Ley Nº 28128 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2004 y el articulo 10º del D.S. Nº 029-2004-EF, que modifica diversos articulos del Reglamento de la Ley de Canon, establecen que la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales - DGAES del Ministerio de Economia y Finanzas es el ente encargado de elaborar los indices de distribucion del Canon. En consideracion a las citadas funciones, la DGAES del Ministerio de Economia y Finanzas ha cumplido con publicar durante el mes de MORDAZA las Resoluciones Ministeriales correspondientes al Canon Minero, Canon Hidroenergetico, Canon Pesquero, Canon Forestal y Canon Gasifero, las mismas que han aprobado los indices de distribucion por estos recursos a ser transferidos durante el periodo MORDAZA 2004 ­ MORDAZA 2005. Dichos indices de distribucion han sido elaborados teniendo en cuenta la Ley Nº 28077, ley que modifico diversos articulos de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, y su reglamento D.S. Nº 029-2004-EF. La nueva MORDAZA ha introducido cambios sustanciales en los porcentajes y criterios de distribucion del Canon, que han tenido como resultado la modificacion del los indices y montos a depositarse por dichos conceptos a partir del mes de MORDAZA, principalmente el destinado a los gobiernos locales. Los cambios mas importantes que se han introducido en la Ley del Canon son: a) El criterio de densidad poblacional (habitantes por kilometro cuadrado) fue sustituido por el indicador de poblacion y pobreza ligado a las necesidades basicas insatisfechas y deficit de infraestructura; b) Se otorga un porcentaje especial del 10%, al distrito o distritos donde estan ubicados los yacimientos y concesiones; c) Se modifican los porcentajes a distribuirse entre los gobiernos locales del resto de la provincia y del resto del departamento; y d) Se incorporan a las Universidades Publicas como nuevos beneficiarios. Como principal resultado de la modificacion de los porcentajes y criterios de distribucion los montos a depositarse por concepto de Canon a partir del mes de MORDAZA han registrado una variacion significativa en los Gobiernos Locales con alta densidad poblacional, los cuales en la anterior distribucion resultaban los mas beneficiados. Por lo expuesto anteriormente, se reitera a las autoridades de los Gobiernos locales y ciudadania en general, que la modificacion en los indices de distribucion del canon es resultado de la aplicacion de la Ley Nº 28077 que modifico diversos articulos de la Ley de Canon. MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2004 DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS ECONOMICOS Y SOCIALES 14076

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