Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2004 (08/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, miercoles 8 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Yauyos, Lima; el Informe Tecnico Nº 025-2004/VIVIENDAVMCS-PREBAM y el Memorandum Nº 091-2004-VIVIENDA/CGP del Comite de Gestion Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 41-94 se otorgo al Ministerio de la Presidencia una partida economica para la adquisicion de maquinaria de mecanica de produccion, con la finalidad de transferir tecnologia apropiada para lograr mayores niveles de ingreso; asi mismo via Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirio maquinaria para la industria del calzado, confeccion y tejido, procedentes de la Republica Popular China con la finalidad de equipar a pequenos y microempresarios; siendo dicha MORDAZA modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizo destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos via el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del MORDAZA, asi mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agrego al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposicion que senalo que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrian transferir en calidad de donacion a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitacion o de promocion social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobo la Ley Organica que modifica la organizacion y funcion de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control, defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA, y que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros de poblacion y sus areas de influencia, fomentando la participacion de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversion privada; Que, a traves de los oficios de Vistos, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Hongos, solicito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la donacion de maquicentros; adecuandose dicho pedido en coordinaciones conjuntas con el citado gobierno local y los funcionarios del Ministerio a modulos de mecanica de produccion, confecciones e industria del cuero; Que, mediante Memorandum Nº 245-2004/VIVIENDAVMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipamiento Basico Municipal corrio traslado del Informe Tecnico Nº 025-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM en el cual se preciso que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitada como donacion; Que, el Comite de Gestion Patrimonial contando con la opinion tecnica favorable del Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposicion de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para ser transferidos, aprobada via la Resolucion de Secretaria General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donacion de las maquinas detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donacion de las maquinas que se detallan en el Anexo

1 que forman parte integrante de la presente Resolucion a favor de la Municipalidad Distrital de Hongos, provincia de Yauyos, MORDAZA, con la finalidad de implementar el Centro de Educacion Ocupacional "San Pablo" de Hongos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de las maquinas descritas en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion, valorizadas en S/. 26 216.51 (Veintiseis mil doscientos dieciseis con 51/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Distrital de Hongos, provincia de Yauyos, MORDAZA, con la finalidad de implementar el Centro de Educacion Ocupacional "San Pablo" de Hongos. Articulo 2º.- El programa de Equipamiento Basico Municipal sera responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 22203

Aprueban Reglamento Operativo del MORDAZA .amiliar Habitacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 313-2004-VIVIENDA
MORDAZA, 6 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA, se declaro de interes nacional la creacion y desarrollo del Proyecto Techo Propio, en el ambito del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y bajo la administracion del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda; Que, mediante Ley Nº 27829, modificada por Ley Nº 28210, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento, otorgado por una sola vez al grupo familiar beneficiario definitivo, con criterio de utilidad publica, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor; Que, con fecha 13 de setiembre de 2004, mediante Decreto Supremo Nº 016-2004-VIVIENDA, se aprobo el MORDAZA Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional, sustituyendo integramente al Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030-2003-VIVIENDA, estableciendo que mediante Resolucion Ministerial de Vivienda, Construccion y Saneamiento se dictaran las demas disposiciones que fueren necesarias para la aplicacion del mismo; Que, de acuerdo con la modificacion anterior es necesario derogar la Resolucion Ministerial Nº 247-2003-VIVIENDA, que aprobo el Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y el Decreto Supremo Nº 016-2004-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional, que consta de cinco (5) capitulos, treintaicinco (35) articulos, dos (2) disposiciones transitorias y dos (2) anexos.

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