Norma Legal Oficial del día 08 de Diciembre del año 2004 (08/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 8 de diciembre de 2004

Que, segun el Informe Tecnico del Visto, el objetivo es fortalecer la MORDAZA de difusion sobre los beneficios que brindara un Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de Norteamerica a nivel nacional, dirigida al publico en general, de todas las edades en todos los niveles socioeconomicos, con especial enfasis en los niveles C, D, y E, debido a que en estos segmentos se concentra el grueso de la poblacion y se registra una mayor necesidad de difusion sobre el tema; Que, el requerimiento formulado se sustenta en el Informe Tecnico del Visto, segun el cual se ha seleccionado a las MORDAZA Radiales: a) Corporacion Radial del Peru S.A.C., propietaria de las radios Radiomar Plus, escogida por ser la radio que brinda mayor cobertura en los niveles socioeconomicos indicados, y Radio Moda, por ser la radio con mayor nivel de consumo por parte del publico joven; b) Grupo R.P.P. S.A., propietaria de Radio Programas del Peru, seleccionada por ser lider de todos los segmentos que conforman el publico objetivo. El referido Informe se fundamenta en los MORDAZA de Estudio de Audiencia Radial, proporcionados por C.P .I.; Que, el costo total de los servicios asciende al monto de US$ 79,453.92 (Setentinueve mil cuatrocientos cincuentitres y 92/100), incluido el IGV; Que, segun informa la Directora de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion, mediante Informe Nº 187-2004-MINCETUR/SG/OGAOASA, es necesario contratar los servicios de las referidas MORDAZA radiales, a traves de un servicio personalisimo, de conformidad con el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, a fin de alcanzar los objetivos propuestos; Que, el articulo 111º del Reglamento del la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias, establece las condiciones que deben reunir las contrataciones para poder acceder a la causal de exoneracion por servicios personalisimos, senalando que la misma estara referida a los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona de locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o esenciales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; disponiendo expresamente que tal evaluacion debe ser objetiva y efectuarse en funcion de la naturaleza de las prestaciones a su cargo; incluyendo en esta causal a los servicios de publicidad que prestan al Estado, los medios de comunicacion radial, entre otros, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, por lo expuesto, resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico Nacional por relacion de items, para la contratacion del servicio de difusion radial, el cual debera realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por un monto referencial de US$ 79,453.92 (Setentinueve mil cuatrocientos cincuentitres y 92/100) incluido IGV, que seran financiados con recursos ordinarios; De conformidad con la Ley Nº 27790, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento; De acuerdo con el Informe de Visto y con los Informes Nºs. 187-2004-MINCETUR/SG/OGA-OASA y Nº 327-2004MINCETUR/SG-AJ de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico Nacional por relacion de items, para la contratacion del servicio de radiodifusion para la promocion del Tratado de Libre Comercio - TLC con los Estados Unidos de Norteamerica, con las empresas: Corporacion Radial del Peru S.A.C. (Radiomar Plus y Radio Moda) y el Grupo R.P.P S.A. (Radio Programas del . Peru) por tratarse de un servicio personalisimo. Articulo 2º.- La Oficina General de Administracion queda encargada, a traves de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, de contratar a las mencionadas empresas, para la prestacion del servicio de radiodifusion a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, por el periodo de dos meses, sin exceder el equivalente de US$ 79,453.92 (Setentinueve mil cuatrocientos cincuentitres y 92/100 dolares americanos), incluido el IGV, que seran financiados con recursos ordinarios. Articulo 3º.- La contratacion a que se refiere la presente Resolucion, se realizara mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 4º.- La Oficina General de Administracion queda encargada de remitir MORDAZA de la presente Resolucion y de los

informes que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los siguientes 10 dias calendario a la fecha de expedicion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 22256

DEFENSA
Aprueban el "Manual de Derecho Internacional Humanitario para las .uerzas Armadas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1394-2004-DE/CCFFAA/CDIH-FFAA
MORDAZA, 1 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el RFA-01-06, Reglamento de Publicaciones del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de MORDAZA de 1996, establece las normas y procedimientos para la formulacion, revision, actualizacion y distribucion de las publicaciones que emita el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, por Resolucion Ministerial Nº 626-DE/CCFFAADDHH, de 17 de MORDAZA de 2001, se aprobo el MFA 16-01 "Manual del Derecho de la Guerra"; Que, el Centro del Derecho Internacional Humanitario de las Fuerzas Armadas, ha recomendado la necesidad de contar entre sus textos de consulta y para instruccion, con un "Manual de Derecho Internacional Humanitario para las Fuerzas Armadas", como garantia de una correcta interpretacion y aplicacion de sus normas, procedimientos y reglas, asegurando la unidad de criterio y de acuerdo a la doctrina de las Fuerzas Armadas del Peru; Que, mediante Oficio Nº 003 EMCFFAA/CDIHFFAA, de 29 de enero de 2003, la Jefatura del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas comunico al Jefe de Estado Mayor General del Ejercito, el empleo del contenido de los dos (2) Textos Oficiales Finales (TTOOFF) formulados y aprobados por el Ejercito en el ano 2002, para la formulacion del "Manual del Derecho Internacional Humanitario en las Fuerzas Armadas", por el Comite de Trabajo del Centro del Derecho Internacional Humanitario, propuesto para tal efecto; Que, el precitado Comite de Trabajo cumplio con presentar al Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Manual del Derecho Internacional Humanitario en las Fuerzas Armadas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 536-2004-DE/SG, de 4 de MORDAZA de 2004, se aprobo la Directiva Nº 001 MINDEF/ CEA-DIH, con la finalidad de integrar el Derecho Internacional Humanitario en la doctrina e instruccion de las Instituciones Armadas, cuyo Anexo 2 preve un cronograma de actividades para la formulacion del Manual de las Fuerzas Armadas; Que, el "Manual del Derecho Internacional Humanitario para las Fuerzas Armadas", ha sido objeto de estudio por parte de la Delegacion Regional del Comite Internacional de la MORDAZA Roja (CICR) para Bolivia, Ecuador y Peru, la cual ha expresado su conformidad con el mismo; De conformidad con el inciso e) del articulo 7º de la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, e inciso l) del articulo 69º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-DE/SG, de 19 de febrero de 2003; Estando a la propuesta del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Manual de Derecho Internacional Humanitario para las Fuerzas Armadas", que consta de DIEZ (10) Capitulos, DIEZ (10) Anexos y NUEVE (9) Apendices. Articulo 2º.- Dejar sin efecto el MFA 16-01 "Manual del Derecho de la Guerra", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 626-DE/CCFFAA-DDHH, de 17 de MORDAZA de 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 22147

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