Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2016 (29/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Viernes 29 de abril de 2016 /

El Peruano

Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo - CLAD; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016; Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2016-RE, de 23 de marzo de 2016, se modificó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016", de la Ley N° 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 001: Presidencia del Consejo de Ministros ­ PCM, respecto del organismo internacional "Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo ­ CLAD"; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo - CLAD, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y en la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

Artículo 1.- Autorización Autorizar a la Presidencia del Consejo de Ministros a efectuar el pago de la cuota ascendente a US$ 37,800.00 (Treinta y siete mil ochocientos y 00/100 dólares americanos) a favor del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo - CLAD. Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1374215-8

Delegan facultades a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo para que suscriba el Acuerdo de Profundización Económico Comercial entre la República del Perú y la República Federativa del Brasil
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 075-2016-RE Lima, 28 de abril de 2016

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.
LA DIRECCIÓN

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