Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2016 (29/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

REQUISITOS EVALUACIÓN PREVIA PLAZO PARA RESOLVER APELACIÓN AUTORIDAD INICIO DEL COMPETENTE PARA PROCEDIMIENTO RECONSIDERESOLVER RACIÓN

DERECHO DE TRAMITACIÓN CALIFICACIÓN

INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOS

584446

N° FORMULARIO/ CÓDIGO/ UBICACIÓN (en % UIT) (en S/.) POSITIVO NEGATIVO Calle Aldabas 337 Santiago de Surco - Lima

DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Resolución del Consejo Directivo N° 009-2015-SUNEDU/CD, que 4 Pago por derecho de trámite. aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos, Artículos 20, 21 y 22; y, Anexos 05 y 06, publicado en el Diario El Peruano el 24 de Diciembre de 2015.

3 16.329% 645.00 X 30 días Área de Atención al JEFE DE LA UNIDAD Ciudadano y Trámite DE REGISTRO DE GRADOS Y TITULOS Documentario / Unidad de Registro de Grados y Tìtulos

RECONOCIMIENTO DE DIPLOMAS EXTRANJEROS DE GRADOS Y TÍTULOS JEFE DE LA DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE UNIDAD DE REGISTRO DOCUMENTACIÓN DE GRADOS E INFORMACIÓN UNIVERSITARIA Y TITULOS Y REGISTRO DE GRADOS Y TITULOS

1 Diploma original que debe contar con la apostilla Base Legal o legalizaciones, segùn sea el caso. Ley Nº 30220 - Artículo 15, numeral 15.9, publicada el 9 de julio de 2014. 2 Copia simple del Diploma que debe contar con la apostilla o legalizaciones, segùn sea el caso. Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU - Artículo. 48 , literal h) y Artículo. 51, literal f), publicada el 31 de Diciembre de 2014 3 Certificado de estudios original, los cuales deben contar con la apostilla o legalizaciones, segùn sea Resolución del Consejo Directivo N° 009-2015-SUNEDU/CD, que el caso. aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos, inciso b) del Artículo 31, 32, 33, 36 y 37; y, Anexo 05 , publicado en el Diario El Peruano el 24 de Diciembre de 2015. 4 Copia simple del Certificado de estudios, los cuales deben contar con la apostilla o legalizaciones, segùn sea el caso.

AUTOMÁTICO

NÚMERO Y DENOMINACIÓN

Plazo máximo para presentar Plazo máximo para el recurso: presentar el recurso: 15 días 15 días

NORMAS LEGALES

5 Fotocopia del DNI o fotocopia del carné de extranjería o pasaporte, legalizados por Notario Público o por el consulado peruano en el extranjero . Calle Aldabas 337

6 Dos (02) fotografías a color con fondo blanco en tamaño pasaporte. Santiago de Surco - Lima

Plazo máximo para resolver el recurso: Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días 30 días

7 Pago por derecho de trámite.

NOTAS

Viernes 29 de abril de 2016 /

1. Si el diploma y los certificados de estudios están en otro idioma, deberá acompañarse traducción oficial al castellano, adjuntando fotocopia legalizada notarialmente.

2. En caso el país de origen del diploma no sea parte del Convenio de la Apostilla de La Haya, el diploma debe ser legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen, el Consulado del Perú en el país de origen, así como por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.

El Peruano

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