Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2016 (29/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 151

El Peruano / Viernes 29 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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Visto el Expediente N° 1005-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 94 243,66 m², ubicado a la altura del Km. 3.5 de la Vía PE-14 a 3.5 Km. al Suroeste del Centro Poblado Huacamuña, 2 Km al Norte del Centro Poblado San Francisco y al Norte de la zona arqueológica Pampa Rosario, distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 96 300,08 m², ubicado al Sur del sector Monte Grande y Norte del cerro san Francisco a 5.2 Km del Km 374 de la margen derecha de la Panamericana Norte a traves de la ruta PE-14 carrizal-Sechin Alto Este, en el distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral N° VII-Sede Huaraz, remite el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 16 de abril de 2015 sobre la base del Informe Técnico N° 0341-2015-Z.R.N°VII/ORC-ORCASMA-R de fecha 09 de abril de 2015, donde señala que no existe superposición grafica con predios inscritos, asimismo señala que el área en consulta se superpone parcialmente con la Zona Arqueológica "Sitio Arqueológico Pampa Rosario"; Que, realizada la inspección técnica con fecha 10 de setiembre de 2015 (fojas 07) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, árido, sin vegetación con tipo de suelo limo-arcilloso y una topografía accidentada con moderadas a fuertes pendientes, encontrándose desocupado; Que, tomando en consideración que el área en consulta se superpone parcialmente con la Zona Arqueológica "Sitio Arqueológico Pampa Rosario" se procedió a redefinir el área a fin de ser incorporado a favor del Estado, el cual se ha determinado un área de 94 243,66 m², ubicado a la altura del Km. 3.5 de la Vía PE-14 a 3.5 Km. al Suroeste del Centro Poblado Huacamuña, 2 Km al Norte del Centro Poblado San Francisco y al Norte de la zona arqueológica Pampa Rosario, distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 94 243,66 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento

aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1187-2015 /SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 29 de setiembre de 2015 (fojas14 al 16); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 94 243,66 m², ubicado a la altura del Km. 3.5 de la Vía PE-14 a 3.5 Km. al Suroeste del Centro Poblado Huacamuña, 2 Km al Norte del Centro Poblado San Francisco y al Norte de la zona arqueológica Pampa Rosario, distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Casma. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1373164-22 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN N° 984-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 30 de setiembre del 2015 Visto el Expediente N° 1002-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 162 877,24 m², ubicado a 4.2 Km. al Suroeste de la carretera panamericana Norte altura del Km. 383 a 2.5 Km. al Suroeste de la Zona Arqueológica Cerro Blanco y al Sur del Puerto de Casma, distrito de Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 2 517 936.84 m², denominado Parcela F-374, ubicado al ur del Puerto Casma, a la altura del kilómetro 383 de la Carretera Panamericana Norte, distrito de Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral N° VII-Sede Huaraz, remite el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 23 de marzo de 2015 sobre la base del Informe Técnico N° 0274-2015-Z.R.N°VII/OC-HZ de fecha 20 de marzo de 2015 (fojas 03 al 04), donde señala que parte del predio no existe superposición grafica con predios inscritos; Que, realizada la inspección técnica con fecha 10 de setiembre de 2015 (fojas 05) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, árido, sin vegetación con tipo de suelo limo-arcilloso y una topografía accidentada

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