Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2016 (29/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 193

El Peruano / Viernes 29 de abril de 2016

NORMAS LEGALES
Debe decir Evaluación Positiva Modificación de plazo para resolver Debe decir Treinta días (30)

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Artículo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Informática la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el portal web de la Municipalidad, y la publicación en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE). Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARWAN ZAKHARIA KAHHAT ABEDRABBO Alcalde ANEXO UNICO ANTECEDENTES: El Texto Único de Procedimientos Administrativo es un instrumento Técnico donde se consolidan los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, los cuales han sido estructurados en estricto seguimiento a la normativa vigente que regula las funciones municipales, así como los pronunciamientos emitidos en materia de simplificación administrativa por instituciones con competencia para ello, como es el caso del Tribunal Constitucional, la Defensoría del Pueblo, el Tribunal Fiscal, el INDECOPI, entre otros. La Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, cuenta actualmente con un Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), el cual fue aprobado con Ordenanza Nº 154, siendo esta ratificada por la Municipalidad Metropolitana de la Provincia de Lima y publicado en el Diario Oficial El Peruano. El gobierno ha establecido como objetivo de la reforma del Estado, la simplificación de los trámites administrativos al interior de la administración pública, en beneficio de los administrados en general, y ha promulgado la Ley Nº 29060 ­ Ley del Silencio Administrativo, que promueve que las entidades del Estado apliquen en sus procedimientos el silencio administrativo positivo, dejando la aplicación del silencio administrativo negativo, solo para casos excepcionales establecidos en la misma. MODIFICACIONES: El Texto Único de Procedimientos Administrativo (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, va a tener las siguientes modificaciones en la Unidad Orgánica: Dirección de Desarrollo Urbano, Edificaciones y Comercialización Procedimiento 32 ""Autorización para abrir zanja: para tendido de tuberías de agua, desagüe y canalización de ductos e instalación de redes y ductos, instalación de redes eléctricas y alumbrado público y telecomunicaciones"" Se precisa las siguientes modificaciones:
Modificación de Requisito Dice 4. Recibo de Pago por Derecho de Trámite Modificación de Calificación Para servicios de Telecomunicaciones Dice Evaluación Positiva Debe decir Aprobación Automática Debe decir 4.- Pago por derecho de trámite

A fin de fortalecer la racionalización en la Entidad Municipal, la modificación de los requisitos se da en el marco del artículo 40.1.8) la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo general", la modificación de la calificación se sustenta en el marco del artículo 5º de la Ley Nº 29022 "Ley para el fortalecimiento de la Expansión de la Infraestructura en Telecomunicaciones", y la modificación del plazo para resolver se sustenta en el artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 1014. Asimismo se precisa la siguiente supresión de requisitos:
Supresión de Requisito 9.- Permiso de interferencia vial GTU/MML. 10.- Pruebas de compactación del terreno y de resistencia de materiales

La supresión de los requisitos 9 y 10, se sustentan en que no tienen sustento legal en los artículos 12º, 13º, 14º y 15º del Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley Nº 29022. CONCLUSION: La modificación del procedimiento administrativo "Autorización para abrir zanja: para tendido de tuberías de agua, desagüe y canalización de ductos e instalación de redes y ductos, instalación de redes eléctricas y alumbrado público y telecomunicaciones" de la Dirección de Desarrollo Urbano, Edificaciones y Comercialización (requisitos, calificación y plazo para resolver), se sustentan en el numeral 40.1.8) del artículo 40º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en los artículos 12º, 13º, 14º y 15º del Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley Nº 29022,en el artículo 5º de la Ley Nº 29022, Ley para el fortalecimiento de la Expansión de la Infraestructura en Telecomunicaciones y en el Decreto Legislativo Nº 1014. Asimismo dichas modificaciones se alinean a las políticas de Simplificación Administrativa y Modernización de la Gestión Pública, es por ello que la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) va a fortalecer el ámbito de la racionalidad y la institucionalidad de la gestión municipal. 1373258-1

Designan responsable de la actualización del Portal de Transparencia a cargo de la Municipalidad de Santa María del Mar
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 47-2016-MSMM Santa María del Mar, 4 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo segundo de la Resolución N° 160 2016 - MSMM estipula la designación del señor Justo Antonio Sánchez Morales como responsable de la actualización del Portal de Transparencia a cargo de la Municipalidad de Santa María del Mar. Que, mediante la Resolución de Alcaldía N° 44 - 2016 MSMM se designa como Jefe de la Unidad de Informática al Sr. HADER MICHELL RAMIREZ SANTOS. Que, la Ley Nº 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por objeto promover la transparencia en los actos del Estado y regular el derecho de acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, en ese sentido, la norma ya citada dispone que todas la entidades de la Administración Pública a las que

Modificación de Plazo para resolver Dice Treinta (30) días Modificación de Calificación Para otros servicios públicos (agua, desagüe, redes eléctricas, alumbrado público) Debe decir Sin Plazo

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