Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2016 (29/04/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 138

584520

NORMAS LEGALES

Viernes 29 de abril de 2016 /

El Peruano

N° IX - Sede Lima señaló que el predio en consulta se ubica gráficamente en zona de cerros eriazos donde no se ha identificado información gráfica de planos con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 07 de setiembre de 2015, se verificó (fojas 75) que se trata de un terreno de naturaleza eriaza, forma irregular, topografía muy accidentada y, conformado por suelos de textura arenosa y afloramiento rocoso; Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del terreno eriazo de 132 964,44 m², de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N°1146-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 23 de setiembre de 2015 (fojas 76 al 79); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 132 964,44 m², ubicado a la altura del Km. 44.5 de la carretera Lima ­ Canta, al Oeste del cerro Zapán, margen izquierda del rio Chillón, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N°IX- Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1373164-3 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN N° 942-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 29 de setiembre del 2015 Visto el Expediente N° 867-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 530 370,64 m², ubicado en el cerro Zapán, altura del km. 45 de la carretera Lima - Canta, al Este del río Chillón (margen izquierda), al Norte del cerro Vellis, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional

de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 1 530 370,64 m², ubicado en el cerro Zapán, altura del km. 45 de la carretera Lima - Canta, al Este del río Chillón (margen izquierda), al Norte del cerro Vellis, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, efectuada la consulta registral, la Zona Registral N° IX - Sede Lima con Oficio N° 2339-2015-SUNARPZ.R.N°IX/GPI de fecha 20 de julio de 2015, remitió el Informe Técnico N°14819-2015-SUNARP-Z.R.N°IX/OC de fecha 14 de julio de 2015 (fojas 35 al 36), mediante el cual señaló que el polígono en consulta se ubica en ámbito donde a la fecha, en su base gráfica consultada, no ha sido identificado un predio inscrito, cuyo perímetro haya sido incorporado a dichas bases gráficas e involucre al área en consulta, por lo que resulta imposible determinar si se encuentra inscrito o no; Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 248-2008-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspección técnica con fecha 07 de setiembre de 2015, se verificó (fojas 41) que se trata de un terreno de naturaleza eriaza, forma irregular, topografía muy accidentada y, conformado por suelos de textura arenosa y afloramiento rocoso, encontrándose desocupado y sin edificaciones; Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del terreno eriazo de 1 530 370,64 m², de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N°1142-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 22 de setiembre de 2015 (fojas 42 al 45); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 530 370,64 m², ubicado en el cerro Zapán, altura del km. 45 de la carretera Lima - Canta, al Este del río Chillón (margen izquierda), al Norte del cerro Vellis, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.