Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2016 (29/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 29 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

584401

CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciendo entre sus funciones "conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país"; Que, de conformidad con el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece como una de las funciones generales del Ministerio de Cultura la de otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, asimismo, el artículo 58 de la norma antes citada, define a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, como la unidad orgánica que tiene a su cargo la "conservación y protección del Patrimonio Arqueológico en el país y de la formulación y propuesta de políticas, planes, programas, proyectos , estrategias y normas, así como la ejecución y promoción de acciones de registro, investigación, conservación, presentación, puesta en valor y uso social, así como difusión del patrimonio arqueológico inmueble"; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial N° 1072016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que "Personalidad Meritoria de la Cultura, es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país", disponiendo además que, los reconocimientos se formalizaran mediante Resolución Ministerial y serán publicados en el Diario Oficial El Peruano; Que, a través del Informe N° 000145-2016/DGPA/ VMPCIC/MC de fecha 26 de abril de 2016 el Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble propone al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales otorgar el reconocimiento de Personalidad Meritoria de la Cultura a la Doctora Danièle Lavallée, por su labor desarrollada a favor de la arqueología peruana y su contribución al desarrollo cultural del país; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, del Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y de la Directora General designada temporalmente de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y, la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC que aprueba la Directiva N° 002-2016/MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura"; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" a la Doctora Danièle Lavallée, en mérito a su valioso aporte a favor de la arqueología peruana y su contribución al desarrollo cultural del país, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para que proceda a la custodia del expediente en el archivo correspondiente Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1374209-3

Aprueban las Bases de los Concursos de la Segunda Convocatoria de Proyectos y Obras Cinematográficas
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 043-2016-VMPCIC-MC Lima, 27 de abril de 2016 VISTO, el Informe Nº 000159-2016/DGIA/VMPCICI/ MC de fecha 25 de abril de 2016; el Informe Nº 0001202016/DAFO/DGIA/VMPCIC/MC de fecha 20 de abril de 2016; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personaría jurídica de derecho público, estableciendo entre sus competencias la promoción de la creación cultural en todos los campos, el perfeccionamiento de creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales; Que, la Ley Nº 26370, Ley de Cinematografía Peruana, modificada por la Ley Nº 29919, en su Capítulo V, regula los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas; Que, asimismo el inciso f) del artículo 2 de la Ley antes referida, establece como uno de sus objetivos fundamentales "instituir el Concurso de Proyectos Cinematográficos y organizar festividades, concursos y otros acontecimientos cinematográficos semejantes"; Que, de conformidad con el numeral 78.2 del artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene entre sus funciones: "Elaborar y elevar al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Plan Anual de Actividades y Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas, Fonográficas y Editoriales, así como las bases y sus respectivos formatos, para su aprobación, de conformidad con la normatividad legal vigente"; Que, asimismo el numeral 80.9 del artículo 80 del citado Reglamento, establece que la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios tiene entre sus funciones la de "Fomentar, organizar, ejecutar y supervisar el fomento del audiovisual, la fonografía y los nuevos medios aplicados a la producción cultural, a través de concursos, ayudas económicas, auspicios, premios, entre otros, durante todo el proceso que conlleve la realización de cada uno de ellos"; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 035-2015-VMPCIC-MC, se aprobó la Directiva Nº 002-2015-VMPCIC/MC denominada "Normas y procedimientos de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas organizados por el Ministerio de Cultura", la cual establece en el numeral 6.2 que "Los Concursos serán conducidos por la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios"; Que, con Resolución Viceministerial Nº 028-2016-VMPCIC-MC del 18 de marzo de 2016, se aprobó el "Plan Anual de Actividades y Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas" para el año 2016; Que, mediante Informe Nº 000120-2016/DAFO/ DGIA/VMPCIC/MC de fecha 20 de abril de 2016 emitido por la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios remite a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, la propuesta de Bases de la segunda convocatoria de los siguientes concursos: Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje Documental, Concurso Nacional de Proyectos de Post Producción de Largometraje, Concurso Nacional para la Formación Cinematográfica, Concurso Nacional de Obras Cinematográficas Experimentales y el Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje; Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes mediante el Informe Nº 000159-2016/DGIA/ VMPCIC/MC ha elevado al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales las bases de los referidos concursos para la aprobación correspondiente;

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