Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2016 (29/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 130

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NORMAS LEGALES

Viernes 29 de abril de 2016 /

El Peruano

la transferencia de la autorización otorgada a la empresa RADIO DIFUSORA COMERCIAL CONFEDERACION CHANKA E.I.R.L. mediante Resolución Viceministerial Nº 205-2007-MTC/03, a favor de la señora TADEA HERHUAY MONDRAGON, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionados a dicha autorización Artículo 2º.- Reconocer a la señora TADEA HERHUAY MONDRAGON, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 205-2007-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1373280-1

de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y la Resolución Suprema Nº 004-2016-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como representantes alternos del Viceministro/a de Vivienda y Urbanismo y del Viceministro/a de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Grupo de Trabajo de la Comisión Multisectorial Ambiental, de naturaleza temporal, que depende del Ministerio del Ambiente, cuyo objeto es revisar y evaluar las recomendaciones del Estudio del Desempeño Ambiental del Perú CEPAL/OCDE, así como elaborar un plan de acción para su implementación, al/la Director/a General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo; y al/la Director/a General de la Dirección General de Asuntos Ambientales, respectivamente. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a los representantes designados y al Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1374039-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan representantes alternos de Viceministros ante el Grupo de Trabajo de la Comisión Multisectorial Ambiental, de naturaleza temporal, que depende del Ministerio del Ambiente, conformado mediante R.S. N° 004-2016-MINAM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 099-2016-VIVIENDA Lima, 27 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 004-2016-MINAM, publicada el 24 de abril de 2016, se conforma el Grupo de Trabajo de la Comisión Multisectorial Ambiental, de naturaleza temporal, que depende del Ministerio del Ambiente, cuyo objeto es revisar y evaluar las recomendaciones del Estudio del Desempeño Ambiental del Perú CEPAL/OCDE, así como elaborar un plan de acción para su implementación; la misma que está integrada, entre otros, por el/la Viceministro/a de Vivienda y Urbanismo y por el/la Viceministro/a de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el artículo 4 de la Resolución Suprema citada en el considerando precedente, establece que las entidades del Poder Ejecutivo, designan a su representante alterno, con rango de funcionario de alto nivel o con capacidad de decisión, mediante resolución del titular dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, contados a partir de la vigencia de la misma, la cual se remitirá al Ministerio del Ambiente dentro del indicado plazo; Que, con Memorándum Nº 123-2016-VIVIENDA/ VMVU el Viceministro de Vivienda y Urbanismo designa al/ la Director/a General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo; y con Memorándum Nº 128-2016/VIVIENDA-VMCS, el Viceministro de Construcción y Saneamiento designa al/la Director/a General de la Dirección General de Asuntos Ambientales, como sus representantes alternos, respectivamente, ante el citado Grupo de Trabajo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento

Aprueban Plan de Estudios del Programa de Capacitación para la acreditación de los profesionales, en las especialidades de Saneamiento y/o Edificaciones, a efectos, que puedan acceder al Registro de Entidades autorizadas para elaborar estudios ambientales del sector VIVIENDA
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 324-2016-VIVIENDA-VMCS-DGAA Lima, 15 de abril de 2016 VISTO; el Informe N° 663-2016-VIVIENDA/VMCSDGAA-DEIA, de fecha 14 de abril de 2016, de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental ­ DEIA; y, CONSIDERANDO Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2014-VIVIENDA, se modificó el Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2012-VIVIENDA; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 019-2014-VIVIENDA, establece que las empresas y/o entidades inscritas actualmente en el "Registro de Entidades encargadas para elaborar estudios ambientales para el Sector VIVIENDA" deberán adecuar su inscripción a lo dispuesto en el referido Reglamento en el plazo de noventa (90) días hábiles, contados a partir de la aprobación, mediante Resolución Ministerial, de la malla curricular del programa de capacitación para la elaboración de los estudios ambientales en las especialidades de Saneamiento y/o Edificaciones. Transcurrido dicho plazo sin haber realizado la adecuación correspondiente, se procederá a la cancelación automática del registro, sin perjuicio de presentar una nueva solicitud de inscripción; Que, mediante Resolución Ministerial N° 036-2016-VIVIENDA, se aprobó la Malla Curricular del Programa de Capacitación para la acreditación de los profesionales, en las especialidades de Saneamiento y/o Edificaciones que en Anexo adjunto forma parte integrante de la referida Resolución; Que, el artículo 4 de la citada Resolución Ministerial, establece que la Dirección General de Asuntos

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