Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2006 (21/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de enero de 2006

La Secretaria Tecnica de la Comision indico que de acuerdo con lo manifestado por consumidores que presentaron quejas ante la Oficina de Servicios al Consumidor y Asistencia de Reclamos2 - MORDAZA - asi como de la informacion brindada por medios periodisticos, en dicho evento no se habria cumplido con lo ofrecido a los consumidores, en tanto el ambiente preparado para su realizacion no tenia las caracteristicas ofrecidas. Asimismo, se habria observado falta de personal en los puntos de venta y entrega de bebidas, asi como una notable ausencia de miembros de seguridad. En la referida resolucion se requirio a Cannibal la MORDAZA de informacion sobre los hechos objeto de investigacion 3 . Asimismo, se dispuso remitir MORDAZA del expediente al Ministerio Publico para que MORDAZA conocimiento del mismo y adopte las medidas correspondientes dentro del ambito de su competencia. Paralelamente, la Secretaria Tecnica de la Comision requirio informacion a diversas empresas, cuyas MORDAZA aparecian como auspiciadoras del evento, con el fin de que presenten la documentacion que acredite la relacion de MORDAZA y el nombre las empresas o personas con las que se tuvo contacto 4 . Igualmente, requirio informacion a la empresa fabricante de los brazaletes entregados a los asistentes al evento y a boticas Inkafarma, que tuvo a su cargo la venta de entradas. El 7 de enero de 2005, el senor MORDAZA MORDAZA Baquerizo MORDAZA (en adelante, el senor Baquerizo) presento un escrito en su calidad de accionista y gerente general de Cannibal senalando que la empresa no habia tenido participacion en la organizacion del evento. Indico que no autorizo a su socio, el senor Samaan, para que lleve a cabo el evento, ni suscribio documentacion, tramito autorizaciones o llevo a cabo alguna accion relacionada con su organizacion. En ese sentido, senalo que no le era posible atender el requerimiento de informacion que le formulo la Secretaria Tecnica de la Comision. Mediante Memorandum Nº 011-2005/GDI-Sac, del 11 de enero de 2005, el Sistema de Apoyo al Consumidor del INDECOPI - SAC - informo que durante el periodo comprendido entre el 3 y 10 de enero de 2005 se habian presentado 566 reclamos contra Cannibal ante MORDAZA, que fueron ampliandose en los dias posteriores hasta sumar 822 reclamos5 . Expediente Nº 095-2005-CPC Mediante Resolucion Nº 1 del 17 de enero de 2005, la Secretaria Tecnica de la Comision decidio iniciar un procedimiento de oficio en contra de los senores Samaan, MORDAZA, MORDAZA y Yancul por presuntas infracciones al articulo 8º de la Ley de Proteccion al Consumidor cometidas en la organizacion del evento "Fiesta Luau 2005 Asia". Ello, toda vez que de las declaraciones prestadas por el senor Samaan ante el programa "Reporte Semanal" del MORDAZA 2, el 9 de enero de 2005, y de las cartas remitidas por las empresas que figuraban como auspiciadoras del evento, se apreciaba que esas personas tambien habian participado en la organizacion del evento. La Secretaria Tecnica de la Comision aprecio que, por un lado, los senores Samaan y Yancul habrian actuado en representacion de Cannibal sin tener facultades de representacion suficiente, por lo que corresponderia a ambos responder a titulo personal por los actos realizados. Por otro lado, los senores MORDAZA y MORDAZA habian actuado en representacion de Publicarte Producciones, la cual era una sociedad irregular, por lo que tambien les corresponderia responder a titulo personal por las acciones realizadas. En la referida resolucion tambien se requirio a los investigados la MORDAZA de informacion sobre los hechos objeto de investigacion6 . El 31 de enero de 2005, los senores Samaan, MORDAZA, MORDAZA y Yancul presentaron sus descargos senalando lo siguiente: (i) El evento fue organizado por el senor Samaan, en representacion de Cannibal, para lo cual gozaba de plenas facultades, y por los senores MORDAZA, MORDAZA y Yancul. (ii) El senor Baquerizo tenia pleno conocimiento de la organizacion y realizacion del evento, participando en la venta de entradas y en el evento mismo. (iii) La Municipalidad de MORDAZA - segun documentacion que adjuntaron a sus descargos - autorizo la realizacion

del evento utilizando un area de 7 000 m2 de la playa El MORDAZA en el Km. 101 de la Panamericana Sur, para lo cual habilitaron ambientes debidamente acondicionados y diferenciados. (iv) Se vendieron aproximadamente 3 500 entradas. (v) Las empresas auspiciadoras del evento fueron: Drokasa Licores; Sony sucursal del Peru - Aiwa; Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston; Domino's Pizza; Gold's Gym; Multicines UVK; Yumax; Clement's Peru; Quimica Suiza; RadioCorp: Viva FM 104.7; Inkafarma; Seven Up y Pepsi; Milk; Steffano's Tattoo. No obstante, no todas ellas cumplieron con el MORDAZA economico acordado debido a los incidentes que se dieron durante la realizacion del evento.

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Hasta la fecha de emision de la Resolucion Nº 1, se habian formulado 150 consultas sobre los problemas suscitados con el evento, formalizandose un total de 36 reclamos. La Secretaria Tecnica de la Comision requirio a Cannibal lo siguiente: (i) la MORDAZA de la documentacion que acredite que la fiesta se llevaria a cabo el 31 de diciembre de 2004; (ii) los contratos que acrediten la contratacion de los servicios ofrecidos al publico; (iii) la identificacion de las empresas auspiciadoras del evento; (iv) la capacidad del local; (v) el numero de entradas vendidas; (vi) la documentacion que acredite que contaban con los permisos correspondientes para realizar el evento; (vii) las razones por las que se produjeron los problemas en la realizacion del evento, las medidas que se adoptaron y como se informo a los consumidores dicha situacion; y, el numero de solicitudes de devolucion de entradas, especificando el numero y monto de entradas devueltas. Segun constan en el expediente, se formularon requerimientos a las siguientes empresas: 1. 2. 3. 4. 5. 6. Compania Cervecera Ambev Peru S.A., como representante de las MORDAZA Pepsi, Seven Up y Quilmes. Comercializadora de Alimentos Latinos S.A.C., comercializadora de la Domino's Pizza. Inversiones Rind S.A., como representante de las MORDAZA Zhumir Ice y MORDAZA Colada Zhumir. Drokasa Peru S.A. como representante de los productos vodka Stolichnaya, tequila Sauza y ron Appleton. Quimica Suiza S.A. como representante de Ciclon Energy Drink. Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston S.A.A.

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El SAC informo lo siguiente: · · · · · · · · · · · · · · · Mediante Memorandum Nº 028-2005/GDI-Sac de fecha 12 de enero de 2005 se informo sobre 104 reclamos presentados entre el 11 y 12 de enero de 2005. Mediante Memorandum Nº 046-2005/GDI-Sac del 17 de enero de 2005, se informo sobre 51 reclamos presentados entre el 13 y 17 de enero de 2005. Mediante Memorandum Nº 054-2005/GDI-Sac del 19 de enero de 2005, se informo sobre 12 reclamos presentados el 18 de enero de 2005. Mediante Memorandum Nº 059-2005/GDI-Sac del 20 de enero de 2005, se informo sobre 22 reclamos presentados el 19 de enero de 2005. Mediante Memorandum Nº 064-2005/GDI-Sac del 21 de enero de 2005, se informo sobre 29 reclamos presentados el 20 de enero de 2005. Mediante Memorandum Nº 067-2005/GDI-Sac del 24 de enero de 2005, se informo sobre 7 reclamos presentados el 21 de enero de 2005. Mediante Memorandum Nº 070-2005/GDI-Sac del 25 de enero de 2005, se informo sobre 4 reclamos presentados el 24 de enero de 2005. Mediante Memorandum Nº 071-2005/GDI-Sac del 25 de enero de 2005, se informo sobre 3 reclamos presentados el 25 de enero de 2005. Mediante Memorandum Nº 085-2005/GDI-Sac del 28 de enero de 2005, se informo sobre 3 reclamos presentados el 27 de enero de 2005. Mediante Memorandum Nº 087-2005/GDI-Sac del 31 de enero de 2005, se informo sobre 11 reclamos presentados el 28 de enero de 2005. Mediante Memorandum Nº 090-2005/GDI-Sac del 1 de febrero de 2005, se informo sobre 5 reclamos presentados el 31 de enero de 2005. Mediante Memorandum Nº 095-2005/GDI-Sac del 3 de febrero de 2005, se informo sobre 2 reclamos presentados el 2 de febrero de 2005. Mediante Memorandum Nº 104-2005/GDI-Sac del 3 de febrero de 2005, se informo sobre 1 reclamo presentado el 3 de febrero de 2005. Mediante Memorandum Nº 108-2005/GDI-Sac del 7 de febrero de 2005, se informo sobre 1 reclamos presentados el 4 de febrero de 2005. Mediante Memorandum Nº 113-2005/GDI-Sac del 8 de febrero de 2005, se informo sobre 1 reclamo presentado el 7 de febrero de 2005.

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La Secretaria Tecnica de la Comision requirio lo siguiente: (i) la MORDAZA de la documentacion que acredite que la fiesta se llevaria a cabo el 31 de diciembre de 2004; (ii) los contratos que acrediten la contratacion de los servicios ofrecidos al publico; (iii) la identificacion de las empresas auspiciadoras del evento; (iv) la capacidad del local; (v) el numero de entradas vendidas; (vi) la documentacion que acredite que contaban con los permisos correspondientes para realizar el evento; (vii) las razones por las que se produjeron los problemas en la realizacion del evento, las medidas que se adoptaron y como se informo a los consumidores dicha situacion; y, el numero de solicitudes de devolucion de entradas, especificando el numero y monto de entradas devueltas.

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