Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2001 (02/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de junio de 2001

MORDAZA, debera obtenerse previamente el Certificado de Aprobacion de Caracteristicas y Condiciones de Navegabilidad, en salvaguarda de la seguridad de la MORDAZA humana en la mar y prevencion de la contaminacion acuatica, otorgado por la Direccion General. C-010303 En caso de adquisicion de una nave o artefacto MORDAZA de bandera extranjera fuera del MORDAZA, que vaya a adquirir la nacionalidad peruana, el propietario presentara al Consul la cancelacion de la matricula extranjera, quien otorgara el pasavante respectivo, a efecto de que la nave proceda a cualquier Puerto Mayor Peruano y obtenga su matricula. En caso de naves pesqueras se exigira la MORDAZA previa de la autorizacion de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria y en el caso de naves mercantes se debera cumplir con los requisitos exigidos por la Direccion General de Transporte Acuatico. SECCION IV MATRICULA C-010401 La Matricula es el procedimiento seguido ante la Autoridad Maritima por el propietario, Armador o representante legal de una nave o artefacto MORDAZA, con el objeto de que pueda enarbolar la bandera peruana y se acoja a los derechos y prerrogativas que el Estado le otorga, para poder navegar y operar libremente dentro y fuera del dominio maritimo, MORDAZA y MORDAZA navegables. Al final del procedimiento se extendera el Certificado de Matricula. C-010402 Para tener derecho a enarbolar la bandera peruana en una nave y matricularla, los propietarios o armadores deben acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Para el caso de naves mercantes, pesca y otras actividades, lo que la Ley indique para cada actividad, en cuanto la propietaria sea persona natural o persona juridica. b) Estar inscritas en el registro publico correspondiente. c) Tener Capitan o Patron de Nacionalidad Peruana, los Oficiales y Tripulacion seran peruanos seran en la proporcion prescrita para cada actividad. d) Haber cumplido previamente con los tramites establecidos en este reglamento para la adquisicion o construccion segun sea el caso. e) Haber presentado la documentacion exigida para la matricula. C-010403 Tienen derecho a enarbolar la bandera peruana, aquellas naves o artefactos navales que habiendo sido adquiridas en el tambien extranjero, previo cumplimiento del tramite que el Reglamento senala al respecto, han recibido del Consul del Peru el correspondiente Pasavante. C-010404 Se consideran Naves o artefactos navales peruanos: a) Las que cuenten con su respectiva matricula o pasavante. b) Las encontradas en abandono en alta mar por ciudadanos peruanos o en el dominio maritimo cuando asi lo disponga la autoridad competente. c) Las confiscadas por contravenir las leyes de la Republica. d) Las incautadas y las requisadas de acuerdo con las leyes internacionales. e) Las declaradas buena presa por los Tribunales Nacionales de Presas. C-010405 Para que las naves a que se refiere el articulo anterior puedan definitivamente ser consideradas peruanas, deberan cumplir previamente los siguientes tramites: a) En los casos de naves o artefactos navales encontrados en abandono en alta mar, dominio maritimo, MORDAZA y MORDAZA, el interesado presentara una protesta a la Capitania de Puerto respectiva, la que previa sumaria determinara la procedencia o no de la solicitud, para efectos del tramite de adjudicacion ante la autoridad competente y posterior matricula.

b) Para los casos de confiscacion, incautacion, requisicion y lo declarado buena presa, se requerira el mandato de la autoridad competente, gestionandose la matricula correspondiente. C-010406 El Certificado de Matricula o pasavante son los documentos que serviran para comprobar la nacionalidad peruana de la nave. C-010407 Se denomina pasavante, al certificado otorgado por el Director General a las naves o artefactos navales cuyo expedientes completos de matricula se encuentre en tramite, hasta un periodo de noventa dias renovables con el fin de que pueda continuar con sus operaciones. Tambien podra ser otorgado por los Consules del Peru en el extranjero, con el fin de facultar a naves adquiridas fuera del MORDAZA, a dirigirse a puerto nacional para matricularse. C-010408 El Certificado de Matricula, es el documento otorgado por la Capitania de Puerto, con autorizacion de la Direccion General, a las naves o artefactos navales que han cumplido con su tramite de matricula, dicho certificado da derecho a enarbolar la bandera Peruana, poder navegar y operar libremente dentro y fuera de dominio maritimo de acuerdo a las facultades que se le confiere a cada MORDAZA de nave y acredita que la nave se encuentra debidamente registrada. C-010409 Toda nave o artefacto MORDAZA para poder operar debera contar con Matricula o Pasavante vigente. C-010410 Quedan exceptuados de la inscripcion de la matricula: - Los buques de guerra. - Las naves y/o artefactos navales inflables. - Las embarcaciones propulsadas exclusivamente a remo. - Las embarcaciones nauticas recreativas que no cuenten con propulsion a motor, con eslora menor al MORDAZA sunfish. C-010411 Las matriculas se dividen en maritimas, fluviales y lacustres, estando la emision de las mismas a cargo de las Capitanias de Puerto, previa asignacion del codigo alfanumerico por la Direccion General. C-010412 El codigo alfanumerico de matricula, constara de dos letras iniciales que indicaran el Puerto de Matricula, seguidas de cuatro (4) o cinco (5) digitos, que corresponden al numero correlativo de inscripcion de la nave, y de dos letras finales, que indicaran, la primera el MORDAZA de servicio, y la MORDAZA el ambito donde cumplira sus actividades; es decir, maritimo, fluvial o lacustre. Las siglas que corresponden a las Capitanias de Puerto autorizadas para efectuar las matriculas de naves segun lo especificado: Zorritos Talara Paita MORDAZA Pacasmayo Salaverry Chimbote Supe MORDAZA Callao San MORDAZA (Pisco) San MORDAZA Mollendo-Matarani Ilo MORDAZA Iquitos Pucallpa Yurimaguas Puerto MORDAZA ZS TA PA PL PO SY CE SE HO CO PS SN MO IO PU IQ PA YU PM

Para la codificacion de los dos ultimos digitos, se consideraran los siguientes: MORDAZA DE NAVE A) MARITIMAS 1. Buques Mercantes: - Pasajeros - Carga - Carga-Pasajero MM CODIGO

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