Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2001 (02/06/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

Pag. 203794

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de junio de 2001

1. La composicion de la MORDAZA, incluida la dotacion de vigias, sera siempre adecuada y apropiada para las circunstancias y condiciones existentes. 2. Debe garantizar la seguridad de la MORDAZA humana, de la nave, de la carga y de las instalaciones portuarias. En naves con cargamentos de MORDAZA especial o peligroso debera nombrar MORDAZA adicional. 3. Se debera mantener el orden y las actividades normales de a bordo. 4. La MORDAZA estara a cargo de un oficial de MORDAZA calificado, salvo en naves un arqueo MORDAZA menor 372.17 (500 TRB) que no transporten mercancias peligrosas, en las cuales el capitan podra nombrar a cualquier tripulante que reuna actitudes para realizar la MORDAZA en puerto. 5. La MORDAZA debera estar constituida por personal de cubierta e ingenieria. 6. El sistema de MORDAZA se organizara del modo que la eficiencia de los miembros de la tripulacion que estan de turno no disminuya por fatiga. c) Para decidir la composicion de la MORDAZA en el MORDAZA tendra en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: 1. No dejar en ningun momento que el MORDAZA este desatendido. 2. Condiciones meteorologicas, visibilidad y si es de dia o de noche. 3. Proximidad de peligro para la navegacion que puedan obligar al oficial de turno a desempenar servicio de navegacion adicional. 4. Uso y condiciones de funcionamiento de las ayudas nauticas, como el radar, equipos electronicos indicadores de posicion y todo equipo que pueda contribuir a una navegacion segura. 5. Si el buque tiene instalacion de piloto automatico. E-010607 Son obligaciones de los Capitanes respecto de la navegacion, las siguientes: a) Pedir practico en todas las circunstancias que lo requieran las necesidades de la navegacion y principalmente al entrar a puerto, MORDAZA o rio, tomar rada, fondeadero o zonas restringidas y cuando sea obligatorio. b) Dar estricto cumplimiento al Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes y otras regulaciones vigentes referentes a la seguridad de la navegacion. c) El Capitan debera encontrarse en el MORDAZA de mando en toda circunstancia dificil o de peligro, tales como las recaladas y mal tiempo, en las entradas y salidas de puerto, MORDAZA, ensenadas y rios. Permanecera a bordo en caso peligre la nave hasta perder la MORDAZA MORDAZA de salvarla; MORDAZA de abandonarla oira a los oficiales y a la tripulacion. Si tuviera que retirarse en el bote, procurara ante todo llevar consigo los libros y documentos de la nave y luego los objetos de mayor valor, debiendo justificar en caso de perdida, que hizo cuanto pudo para salvarlos. d) En caso de abandono de la nave, el Capitan sera el ultimo en desembarcar. e) El Capitan de una nave que se encuentre en navegacion con lo indicado a continuacion, de lo cual no se MORDAZA recibido aviso, esta obligado a transmitir la informacion que proceda por todos los medios que disponga, a las naves que se hallen cercanas, asi como a las autoridades competentes, utilizando la primera estacion costera de radio con la que pueda comunicarse: 1. Cascos hundidos o flotantes a la deriva. 2. Bajos, arrecifes y otros peligros no indicados en las cartas. 3. Hielos, derrelictos peligrosos o cualquier otra causa que suponga peligro inmediato para la navegacion. 4. Tempestad tropical. 5. Temperaturas de aire inferiores a la congelacion, juntamente con vientos duros que ocasionen una seria acumulacion de hielo en la superestructura. 6. Vientos de una fuerza igual o superior a diez (10) en la escala Beaufort. f) En caso de varada, incendio o naufragio, es obligacion del Capitan disponer que se lleven a cabo las faenas

que fuesen necesarias emprender segun las circunstancias, conservando el orden a bordo y evitando confusiones para proceder al salvamento de los pasajeros, tripulantes y posteriormente de la documentacion de la nave. g) Los Capitanes deben tener establecidos los roles respectivos para casos de incendio y abandono de la nave, los cuales estaran colocados en lugar central y visible, independientemente de las tablillas de camarote, en las que debe indicarse a la tripulacion y pasajeros su puesto en tales circunstancias. En cada salida de puerto debera efectuar un ejercicio de zafarrancho, anotando los resultados del mismo en el Diario de Navegacion. h) Los Capitanes de las naves que sufran temporal, naufragio, accidente que amerite o que por otra causa consideren que exista averia en la carga o en la nave, haran su protesta al primer puerto a que arriben, dentro de las 24 horas siguientes a su llegada, observando al respecto lo que prescribe el Reglamento. En caso llegue la nave a puerto extranjero, el Capitan presentara la protesta dentro del mismo termino MORDAZA indicado, al Consul del Peru y a la Autoridad Maritima local. i) El Capitan de una nave esta obligado a informar a la Capitania del primer puerto de entrada, sobre cualquier alteracion o irregularidad relativa a faros, boyas y balizas, encontradas durante el viaje, novedades que deberan ser anotadas en el Diario de Navegacion. j) Despues de efectuar cada viaje redondo internacional o trimestralmente para naves de cabotaje, el Capitan esta obligado a presentar a la Capitania de Puerto nacional a donde arribe y dentro de las 24 horas de su llegada, el Diario de Navegacion para su visado. k) En navegacion, el Capitan llevara un libro de ordenes, en el cual deberan anotarse diariamente los rumbos a seguir durante la noche, tanto en el compas magistral como en el de gobierno, velocidad del buque y numero de revoluciones correspondientes de la maquina, precauciones especiales para la MORDAZA en que se navega y cualquier disposicion que crea conveniente para la mayor seguridad de la nave. E-010608 Son obligaciones de los Capitanes respecto de la carga, las siguientes: a) Tomara las medidas de control y seguridad referentes a la estiba de la carga, estabilidad de la nave y procedimientos para el transporte de mercancias peligrosas, para evitar averias a la carga, nave o a terceros y prevenir la contaminacion. En lo referente a la contaminacion acuatica, MORDAZA cumplimiento a las normas establecidas en los convenios internacionales y a lo que prescribe este reglamento. b) Dispondra en todo momento que los oficiales y tripulantes de MORDAZA vigilen cuidadosamente la estiba y desestiba de la carga. No permitira que se embarque mercancias peligrosas sin tomar las precauciones recomendadas para su envase, manejo y segregacion. No permitira que se lleve sobre cubierta carga alguna que dificulte las maniobras marineras o pueda comprometer la seguridad de la nave. En caso que la naturaleza de las mercancias y las condiciones climatologicas permitiera conducir sobre cubierta alguna carga, escuchara primeramente la opinion de los oficiales de la nave y contara con la anuencia de los embarcadores y del armador. E-010609 Son obligaciones de los Capitanes respecto del fallecimiento a bordo, desercion y desembarco, las siguientes: a) En los casos de muerte de algun tripulante, desercion o desembarco durante el viaje, el Capitan de la nave presentara ante el Consul peruano la protesta correspondiente. En el caso de que falleciese en el extranjero algun tripulante o que se desembarcase de la nave por alguna de las causas legales que indica el Reglamento, el Capitan acudira al Consul peruano para que asiente en el rol de tripulacion la anotacion respectiva. b) Pondra a buen recaudo todos los papeles y prendas de cualquier individuo de la tripulacion que falleciera en el buque o desertara, tomando un inventario

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.