Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2001 (02/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, sabado 2 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Gerente General de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, integrante del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo a cargo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; Que es necesario formalizar la designacion realizada mediante Resolucion Directoral Nº 028-2001-SBPHCO-PD de fecha 6 de marzo del 2001, para el desempeno de dicho cargo publico de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Legislativo Nº 866, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 y las Leyes Nºs. 27050 y 27273, el Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y sus modificatorias, el Decreto Legislativo Nº 356 y Ley Nº 26918; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar en via de regularizacion a partir del 6 de marzo de 2001, a la senora CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente General de la Sociedad de Beneficencia Publica de Huanuco. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 24618

desprende que en su opinion solo ameritaria autorizarse su intervencion en dos procesos civiles donde el COOPOP es la parte demandante, siguiendo las causas laborales el tramite correspondiente; Que es necesaria la intervencion de la Procuraduria Publica para evitar que el propio estado se cause indefension, al haberse iniciado dichos procesos contraviniendo la normatividad vigente, con el consiguiente riesgo de que el COOPOP se vea perjudicado en sus justas expectativas; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, se apersone y proceda judicialmente conforme a los hechos que originaron los procesos judiciales seguidos contra los senores MORDAZA MORDAZA Gongora, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Gardella por Restitucion de Bien Mueble e Indemnizacion (expediente Nº 1999-5332) por ante el 22º Juzgado Civil de MORDAZA, y contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por Restitucion de Bien Mueble y Otro (expediente Nº 1999-12737) por ante el 8º Juzgado Civil de MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 24564

Autorizan a procuradora apersonarse en procesos judiciales sobre restitucion de bien mueble seguido por el COOPOP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 208-2001-PROMUDEH MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2001 Vistos el Informe Nº 079-2001-GAJ/COOPOP de la Gerencia de Asesoria Juridica del COOPOP y los Informes Nºs. 100 y 101-01-PROMUDEH/PP/AA de la Procuraduria Publica del PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que en vista del procedimiento contrario a la normatividad que regula la defensa judicial del Estado en que se venia incurriendo, llevando de manera directa y sin aparente conocimiento de la Procuraduria Publica del sector determinados procesos judiciales, el COOPOP solicito mediante Oficio Nº 063-2001-PE/COOPOP que se autorice a la Procuradora Publica para apersonarse y ejercer la defensa judicial del COOPOP en 28 procesos judiciales en los que es parte, de acuerdo al Informe Nº 079-2001GAJ/COOPOP de vistos; Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Defensa Judicial del Estado, solo se requiere Resolucion Ministerial autoritativa para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, salvo excepciones expresas, por lo que de la relacion alcanzada, solo cabria considerar aquellos procesos en que el COOPOP fuera la parte demandante para estos efectos; Que realizadas las coordinaciones con la Procuraduria Publica del sector, de sus Informes de vistos se

Autorizan a procuradora iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de ilicitos penales e irregularidades en agravio de la Unidad Operativa COOPOP Maynas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 209-2001-PROMUDEH MORDAZA, 1 de junio de 2001 Vistos el Informe Nº 008-2001-02-0197 e Informe Especial Nº 009-2001-02-0197 - Examen Especial a la Unidad Operativa COOPOP Maynas, emitido por la Gerencia de Auditoria Interna de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que mediante los informes de vistos, sobre la evaluacion de denuncias presentadas ante la Comision Sectorial de Transparencia, sobre la presunta comision de ilicitos e irregularidades, supuestamente cometidos por ex funcionarios, servidores, personal de apoyo y terceros relacionados con el manejo de los recursos publicos en la mencionada Unidad Operativa de COOPOP durante el periodo 1999 - 2000, se evidencian indicios razonables de presunta responsabilidad civil y penal por parte de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex

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