Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2001 (02/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de junio de 2001

I-010202 Para inscribirse como postulante a buzo, el interesado debera presentar una solicitud dirigida al Capitan de Puerto de la jurisdiccion, indicando la clase y categoria de licencia que solicita, acompanado de la documentacion requerida . I-010203 Para obtener la licencia de buzo, se debera cumplir con los requisitos basicos siguientes: a) Aprobar el examen psicofisico en cualquier centro medico de acuerdo a la ficha medica entregada por la Capitania de Puerto. b) Aprobar un curso de buceo segun su clasificacion I-010204 La responsabilidad de cada buzo efectuar el mantenimiento de su equipo, asi como verificar personalmente su estado y buen funcionamiento. I-010205 Para la practica del buceo en el lago Titicaca se tendra en consideracion lo siguiente: a) Contar con tabla de descompresion apropiada para la altura. b) Contar con un traje protector especial termico. c) Linea y equipos especiales de seguridad para buceo en altura. d) Usar aceites anticongelantes necesarios para el equipo. e) Suministro de oxigeno medicinal despues de la practica de buceo. I-010206 Para buceo en MORDAZA, se tendra en cuenta las condiciones siguientes: a) Que la velocidad del rio no sea mayor de 6 nudos. b) Mantenimiento y verificacion especial y MORDAZA del equipo MORDAZA y despues de su uso, considerando la turbidez de las aguas que pueden obstruir los accesorios y partes del equipo de respiracion artificial. c) Usar la linea de companero. I-010207 La caza subacuatica no debera realizarse en el area de mar adyacente a las playas de uso publico, en radas o terminales maritimos o pesqueros, ni en bahias de puertos o zonas de operacion de naves, frente a zonas militares restringidas u otras zonas similares. I-010208 La actividad de buceo se podra realizar con los siguientes equipos: a) Equipo dependiente de superficie.- son aquellos en los que el elemento respirado proviene de la superficie por accion de compresoras y/o reservorio a traves de manguera. b) Equipos autonomos (Scuba).- Son aquellos en los que el elemento respirado proviene de un tanque portado por el buzo y que le permite trasladarse independientemente de la superficie. I-010209 Para efectos del Reglamento, los buzos se clasifican en: a) Buzos artesanales b) Buzos recreativos c) Buzos profesionales I-010210 Buzo Artesanal es el que se dedica a la extraccion de recursos hidrobiologicos con el uso de medios artificiales de respiracion que cuenten con regulador. Esta autorizado a descender a una profundidad de 10 metros. I-010211 Los postulantes a buzos artesanales y recreativos deberan someterse a evaluacion de aptitud psicofisica y prueba de tolerancia al oxigeno a profundidad en camara de descompresion. I-010212 Los postulantes a buzos artesanales deberan someterse a una evaluacion fisica consistente en: a) Prueba de natacion. b) Prueba de flotabilidad vertical, consistente en flotar un minimo de 10 minutos, sin ningun medio artificial de ayuda. c) Prueba de buceo a pulmon en una distancia de 25 metros con una salida para respirar. d) Prueba de apnea, consistente en mantener la respiracion bajo el agua por 60 segundos consecutivos.

I-010213 El buceo recreativo comprende las siguientes actividades: a)Buceo en apnea. b)Buceo autonomo. I-010214 Las actividades de buceo recreativo se debera practicar en MORDAZA, observando en todo momento las normas de seguridad. I-010215 El buceo profesional comprende tres categorias, dependiendo del equipamiento y la profundidad de operacion. I-010216 Buzo Profesional de Tercera Categoria es aquel que desarrolla trabajos a una profundidad no mayor de veintidos (22) metros, con equipo no dependiente de superficie. No esta autorizado para bucear con mezcla de gases diferentes a aquella del aire atmosferico ni efectuar trabajos de corte o soldadura. I-010217 Los buzos profesionales de tercera categoria deberan seguir y aprobar los siguientes cursos en las escuelas de buceo: - Medicina de buceo - Fisica de buceo - Tablas de descompresion 1.5 y 1.6 - Equipo Scuba y Hookup - Primeros Auxilios - Aprobar el examen practico de buceo I-010218 Buzo Profesional de MORDAZA Categoria es aquel que desarrolla trabajos a una profundidad no mayor de ochenta (80) metros y usa aire comprimido dependiente de la superficie. Esta autorizado para bucear con mezcla de gases diferentes a aquella del aire atmosferico y efectuar trabajos de corte o soldadura, debiendo contar con equipo de descompresion. Debera rendir y aprobar las siguientes materias: - Medicina de buceo - Fisica de buceo - Tablas de Descompresion y tratamiento - Equipo Scuba - Mantenimiento y reparacion de equipo de buceo - Corte y soldadura - Supervivencia - Primeros auxilios - Maquinarias de salvamento - Salvamento - Teoria de mezcla de gases - Equipo dependiente se superficie - Camara hiperbarica - Aprobar el examen practico de buceo I-010219 Buzo Profesional de Primera Categoria es el egresado de escuelas o academias reconocidas por el Estado Peruano, o extranjeras equivalentes, cubre las de buceo profundo. Esta autorizado para efectuar buceo con mezcla de gases diferentes al aire atmosferico dependiente de la superficie y con equipo especial. I-010220 La Direccion General llevara el registro de buzos, y otorgara el carne correspondiente, el mismo que sera renovado cada dos anos a solicitud del interesado. SECCION III LOS PERITOS I-010301 Perito MORDAZA es el profesional que cuenta con conocimientos especiales de naturaleza cientifica o tecnologica y experiencia, debidamente acreditados, en las especialidades que a continuacion se indican, debidamente acreditados ante la Autoridad Maritima, que le permitan emitir dictamen respecto de asuntos controvertidos en apoyo a las investigaciones que lleva a cabo la Autoridad Maritima. I-010302 Los peritos navales tendran las siguientes especialidades: - Casco y Maquinaria. - Maniobra y Navegacion. - Seguridad Acuatica. - Comunicaciones. - Carga y estiba.

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