Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2001 (02/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, sabado 2 de junio de 2001

NORMAS LEGALES
SECCION XI

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c) Si por alguna circunstancia se viere obligado a disminuir la velocidad o parar la maquina, lo MORDAZA despues de dar aviso al Jefe de Ingenieria y Piloto de Guardia. En circunstancias imprevistas y siempre que la conservacion de las ingenieria asi lo requiera, podra proceder inmediatamente con la urgencia del caso, informando a la brevedad al Jefe de Ingenieria. d) Anotaran en el libro respectivo todas las novedades que hubiesen ocurrido durante su servicio. Si el piloto lo solicita, le enviara los datos de ingenieria que deben ser considerados en el Libro de Bitacora. SECCION IX OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS OFICIALES FLUVIALES Y LACUSTRES E-010901 Las obligaciones y responsabilidades de los Patrones, Practicos, y Contramaestres Fluviales y Capitanes, Pilotos y Contramaestres Lacustres, son los que el Reglamento establece para los Capitanes maritimos, con las restricciones inherentes a la naturaleza de la navegacion y comercio fluvial o lacustre E-010902 Las atribuciones y deberes de los Patrones, Practicos, y Contramaestres Fluviales y Capitanes, Pilotos y Contramaestres Lacustres, son los siguientes: a) Dirigir la navegacion, desde que la nave es puesta en franquia por el patron, hasta que este MORDAZA nuevamente el mando. b) Solicitar del patron, cuando lo estime necesario, el sondaje y senalamiento del canal; asi como sugerir las medidas que estime necesario para la seguridad de la navegacion. c) Acatar y ejecutar las ordenes del patron, asi como desempenar las comisiones del servicio que este les encomiende. d) Son igualmente atribuciones y deberes de los practicos fluviales de MORDAZA, las senaladas a los pilotos de guardia. e) Anotar en el Diario de Navegacion, las novedades ocurridas en su MORDAZA, horas en que se paso a la cuadra de puertos y puntos notables, avistaje de naves, entradas y salidas a puertos, fondeos, etc., debiendo firmar el Diario al terminar su guardia. E-010903 Los oficiales de ingenieria y motoristas, tienen las mismas atribuciones y deberes senalados a los oficiales ingenieros y motoristas maritimos. SECCION X OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS RADIOPERADORES E-011001 El servicio de la estacion de radio de una nave depende del Capitan, quien debera exigir las prescripciones establecidas en el Reglamento de Radio Comunicaciones de la U.I.T. E-011002 El servicio de toda estacion de radio podra ser ejercido por el Capitan, Oficial de Cdebera estar a cargo del Capitan, un Radioperador debidamente titulado por la Autoridad Maritima. E-011003 El Encargado de la Estacion de Radio Comunicaciones es directamente responsable ante el Capitan del cumplimiento de las prescripciones establecidas en el Reglamento de Radio Comunicaciones, tanto en lo que respecta al servicio que presta la estacion a su cargo, como del cumplimiento de las mismas por el personal que trabaja a sus ordenes, tendra las siguientes obligaciones: a) Es responsable del material de radio comunicaciones, asi como del correcto estado y registro de los libros y formas de despachos de su estacion. b) En el caso que tenga personal de radioperadores bajo sus ordenes, elaborara los roles de MORDAZA, debiendo hacerlos visar por el Capitan. c) En caso de ausentarse de la nave, solicitara la autorizacion respectiva al Capitan y en ausencia de este, al Primer Piloto. d) Hacer de conocimiento del Capitan los reportes meteorologicos y otros que requiera su conocimiento.

OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS MOTORISTAS E-011101 El motorista responde ante el Jefe de Ingenieria, o del oficial de ingenieria asignado por el funcionamiento, la conservacion de todo el material a su cargo y ejecucion de los trabajos programados conforme a sus instrucciones. Sera responsable ante el Capitan o Patron cuando la dotacion de la nave no considere oficiales de ingenieria. E-011102 Los motoristas estan adscritos al area de ingenieria, teniendo a su cargo y bajo su responsabilidad lo siguiente: a) El mantenimiento de los motores principales y auxiliares. b) Las faenas de conservacion y reparaciones menores de los motores principales y auxiliares. c) El cambio y control de los niveles de aceite de los motores principales y auxiliares. d) El mantenimiento y reparacion de los motores auxiliares que operen cualquier equipo asignado a la nave. e) El mantenimiento de los materiales de lucha contra incendios que se les asigne. f) Otras responsabilidades que le asigne el Jefe de Ingenieria, Oficial Ingeniero, Capitan o Patron. E-011103 Cuando la nave no cuente con electricista, los motoristas tendran a su cargo, ademas de lo indicado en el articulo anterior, lo siguiente: a) El control, operacion y mantenimiento de los grupos electrogenos, baterias, sistemas de alumbrado general y de navegacion. b) Las faenas de combustible y aceite, asi como su almacenamiento en cantidades suficientes para asegurar la navegacion prevista. SECCION XII OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ELECTRICISTAS E-011201 El electricista responde ante el Jefe de Ingenieria por el funcionamiento y la conservacion de todo el material asignado y por la ejecucion de los trabajos programados conforme a sus instrucciones. Sera responsable ante el Capitan o Patron cuando la dotacion de la nave no considere Oficiales de Ingenieria. E-011202 Los electricistas estan adscritos al area de ingenieria, teniendo bajo su responsabilidad lo siguiente: a) Sistemas de controles automaticos de la nave. b) Sistemas electricos de distribucion, potencia, alumbrado o de alimentacion a sistemas de control electricos, motores electricos, partes electricas de equipos y tableros de control. c) Sistemas de alimentacion de luces de navegacion. d) Preparacion y coordinacion de la toma de energia electrica del exterior. e) Baterias del buque. f) Partes electricas de los grupos electrogenos. g) Iluminacion interior y exterior de la nave y de las bodegas durante las estadias en puerto. h) Trabajos de mantenimiento y reparaciones menores de la fuente de alimentacion de los equipos auxiliares de navegacion y estacion de radio. i) Control y la conservacion de todos los repuestos y herramientas asignadas. j) Otras responsabilidades que le asigne el Jefe de Ingenieria u Oficial de Ingenieria, compatibles con su responsabilidad. SECCION XIII OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS MARINEROS MERCANTES E-011301 Son obligaciones y responsabilidades de los marineros mercantes, las siguientes:

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