Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2001 (02/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

MORDAZA, sabado 2 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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e) Apoya las iniciativas innovadoras que presenten los archiveros a nivel regional. f) Coordina y establece encuentros tecnicos permanentes entre archiveros del ambito regional y nacional. g) Convoca a sesiones en cada uno de los archivos integrantes del Comite. h) Programa y ejecuta proyectos archivisticos de caracter regional. i) Establece pasantias de archiveros sobre los distintos archivos de la region para procurar el intercambio de experiencias. j) Establece premios estimulo a los archiveros que hayan desarrollado una importante labor archivistica. Articulo17º.- Son funciones del presidente del Comite Regional las siguientes: a) Representar al Comite en todos los actos que le convoque. b) Presidir las sesiones. c) Proponer iniciativas que involucren al conjunto de archivos de la region. d) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar la programacion de actividades aprobadas en el Plan de Trabajo. e) Informar sobre el avance de las actividades. f) Preparar e informar a la Asamblea la memoria anual, proyectos y actividades realizadas. g) Coordinar permanentemente con la Jefatura del Archivo General de la Nacion y MORDAZA de cooperacion internacional y con otras instituciones nacionales y del exterior. h) Citar a los miembros de la Asamblea y de la Junta Directiva, para tratar asuntos archivisticos. i) Otras funciones de interes archivistico regional y nacional. Articulo 18º.- Son funciones del Vicepresidente las siguientes: a) Asumir la Presidencia en caso de vacancia o impedimento temporal del titular. b) Apoyar la gestion y las actividades del Presidente. c) Asumir algunas actividades, comisiones o proyectos que la presidencia le encargue. d) Otras de interes institucional. Articulo 19º.- Son funciones de la Secretaria Ejecutiva: a) Citar por escrito a las sesiones ordinarias y extraordinarias. b) Redactar las actas de sesiones, oficios, cartas y otros documentos del Comite, asi como llevar el archivo correspondiente. c) Establecer las coordinaciones con los archivos y archiveros de la region, asi como tambien con los organismos publicos y privados del MORDAZA y del exterior. d) Llevar el libro de actas de las sesiones. e) Otras que se les asigne. CAPITULO VII DE LOS EQUIPOS TECNICOS ESPECIALIZADOS Articulo 20º.- Los Equipos Tecnicos Especializados estan constituidos por los archiveros especialistas de cada uno de las areas especializadas de los Archivos Regionales que integran el Comite Regional. Articulo 21º.- Los Equipos Tecnicos que deben constituirse en cada Comite Regional son: a) Equipo Tecnico Especializado en archivos historicos. b) Equipo Tecnico Especializado en archivos administrativos. c) Otros equipos que se considere convenientes Articulo 22º.- El Equipo Tecnico Especializado sera conducido por el responsable del area correspondiente. Articulo 23º.- Son atribuciones del Equipo Tecnico Especializado: a) Proponer y ejecutar los planes de trabajo anual de archivos.

b) Organizar talleres, seminarios y conferencias sobre temas archivisticos, asi como tambien encuentros de archiveros sobre problematica y alternativas archivisticas regionales. c) Proponer lineas de investigacion de temas archivisticos especificos de interes regional. d) Programar pasantias de archiveros en el ambito regional y nacional. e) Plantear y ejecutar iniciativas de innovacion archivistica. f) Coordinar con las comisiones tecnicas nacionales. g) Proponer a los candidatos para el premio estimulo. TITULO TERCERO DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Articulo 24º.- Los Comites Regionales mantienen relaciones con el Archivo General de la Nacion, asi como con personas naturales y juridicas nacionales e internacionales, cuyas actividades MORDAZA afines o complementarias al rol de los comites. TITULO MORDAZA DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- Los Comites Regionales podran acordar las disposiciones complementarias necesarias para perfeccionar su estructura y funcionamiento en aplicacion de las normas legales vigentes. ANEXO Nº 01 ORGANIZACION ESTRUCTURAL COMITES REGIONALES DE ARCHIVOS

AGN ­ Jefatura

CTNA

DNAH

DNDAAI

CRA

DIRECTIVA Nº 002-2001-AGN/DNDAAI "PROCEDIMIENTOS PARA LA SALIDA DE DOCUMENTOS DE LOS ARCHIVOS CON FINES DE EXHIBICION" I. OBJETIVO Establecer los procedimientos para la salida del Patrimonio Documental de la Nacion (PDN) que custodia el Archivo General de la Nacion (AGN), los archivos regionales y los archivos publicos y los archivos privados que se adhieran voluntariamente al Sistema Nacional de Archivos (SNA), con fines de exhibicion, previniendo los riesgos de perdida o deterioro. II. FINALIDAD Garantizar la seguridad e integridad fisica del PDN durante las exposiciones que se realizaran para difundir los valores de la identidad nacional con fines cientificos y culturales. III. BASE LEGAL - Articulo 6º del Decreto Ley Nº 19414, Ley de Defensa, Conservacion e Incremento del Patrimonio Documental de la Nacion, y Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 022-75-ED, su Reglamento. - Articulo 2º, inciso c), de la Ley Nº 25323, Ley del Sistema Nacional de Archivos y Articulos 10º inciso f) y

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