Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2001 (02/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de junio de 2001

Vistos; el Memorando Nº 251-2001-DP/OAF del Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas y su Anexo 3A Nº 013-2001-DP/APP, mediante los que se solicita la aprobacion de la Resolucion autoritativa de viaje del Jefe del Programa de Asuntos Penales y Penitenciarios; y, CONSIDERANDO: Que, el Defensor del Pueblo en funciones dispuso viajar a la MORDAZA MORDAZA, Republica de Bolivia, con el objeto de tomar conocimiento de la situacion de los migrantes peruanos en ese MORDAZA y en particular, de aquellos que se encuentran detenidos en las carceles bolivianas y asimismo, para definir con la Defensora del Pueblo de Bolivia el desarrollo de una agenda de trabajo comun, segun lo expresado en la Resolucion Defensorial Nº 16-2001/DP; Que, segun los documentos de Vistos, el Defensor del Pueblo en funciones ha considerado necesario que de forma inmediata e impostergable, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Programa de Asuntos Penales y Penitenciarios de la Defensoria del Pueblo, participe de ese viaje de trabajo al referido pais; Que la Cooperacion Tecnica Alemana - GTZ asumira los gastos correspondientes al pasaje aereo internacional MORDAZA - La Paz - MORDAZA y al hospedaje que irrogue la comision del servicio del funcionario a que se contrae el considerando anterior, siendo necesario autorizar el gasto diferencial correspondiente; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 048 y 053-2001-PCM y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 8º de la Ley Nº 26520; el Articulo 10º inciso g) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado mediante la Resolucion Defensorial Nº 12-2001/DP y por la Resolucion Defensorial Nº 16-2001/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR en via de regularizacion, el viaje en comision del servicio del senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Programa de Asuntos Penales y Penitenciarios de la Defensoria del Pueblo, a la Republica de Bolivia del 30 de MORDAZA al 2 de junio del 2001. Articulo Segundo.- Los gastos irrogados por la comision del servicio al exterior del funcionario a que se contrae el Articulo Primero de la presente Resolucion se efectuan con financiamiento de la Cooperacion Tecnica Alemana - GTZ, debiendo asumirse con cargo al Presupuesto Institucional por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios US$ 200.00, por concepto de gastos de instalacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Adjunto al Defensor del Pueblo (e) Encargado del Despacho del Defensor del Pueblo en Funciones 24533

nes ha fijado como fecha para la realizacion de la MORDAZA eleccion presidencial, el proximo MORDAZA 3 de junio, de acuerdo con lo previsto en el Articulo 111º de la Constitucion Politica del Peru y 18º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que compete al MORDAZA Nacional de Elecciones fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion de los procesos electorales, asi como velar por el cumplimiento de las normas referidas a materia electoral; de conformidad con lo establecido en el Articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru; Que, corresponde a la Oficina Nacional de Procesos Electorales organizar los procesos electorales y obtener los resultados de dichos procesos a su cargo; de conformidad con lo previsto en el Articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru y Articulo 5º literal l) de su Ley Organica Nº 26487; Que de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 288º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, concordante con el Articulo 291º de la misma MORDAZA, los Miembros de Mesa, una vez concluido el escrutinio, se encuentran en la obligacion de efectuar en un solo acto el llenado de seis ejemplares del Acta Electoral; Que, luego de haber efectuado dicho llenado se procede al envio de las Actas Electorales al MORDAZA Nacional de Elecciones, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, al MORDAZA Electoral Especial correspondiente, a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales y a la Fuerza Armada, poniendose un ejemplar a disposicion de las organizaciones politicas; para lo cual debe tenerse presente que el ejemplar del MORDAZA Nacional de Elecciones y del MORDAZA Electoral Especial, debe remitirse por el medio mas rapido a dichos organos, debiendo recaer la responsabilidad de dicho envio en el coordinador electoral, con arreglo a lo que disponen los Articulos 292º, 293º, 297º y 298º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 176º de la Constitucion Politica del Peru, es finalidad del sistema electoral asegurar que los escrutinios MORDAZA reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas, por lo que, realizadas las Elecciones Generales el MORDAZA 8 de MORDAZA del ano 2001 y habiendose coordinado oportunamente con la Oficina Nacional de Procesos Electorales, es necesario dictar disposiciones especiales que permitan desarrollar el MORDAZA de MORDAZA eleccion presidencial dentro de los canones de eficiencia y seguridad; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de su atribucion constitucional de control de la legalidad del desarrollo de todo MORDAZA electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Los seis ejemplares del Acta Electoral se llenan y MORDAZA en un solo acto; su distribucion a sus destinatarios legales se hace despues. Articulo Segundo.- Los coordinadores electorales de las circunscripciones correspondientes a los Jurados Electorales Especiales de MORDAZA Centro, MORDAZA Norte, MORDAZA Sur y Callao, entregaran directamente al personal acreditado del MORDAZA Nacional de Elecciones los ejemplares correspondientes a dicho organo electoral. Articulo Tercero.- En las jurisdicciones electorales no senaladas en el articulo anterior, la Oficina Nacional de Procesos Electorales envia, por el medio mas rapido, al MORDAZA Nacional de Elecciones los ejemplares de las actas electorales que le corresponde. Articulo Cuarto.- Los ejemplares de las actas electorales destinadas a los Jurados Electorales Especiales de MORDAZA Centro, MORDAZA Norte, MORDAZA Sur y Callao, son entregados a estos directamente por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, organo que se encargara de hacer llegar dichos ejemplares por el medio mas rapido. Articulo Quinto.- Los ejemplares de las actas electorales destinadas a los Jurados Electorales Especiales de las jurisdicciones no comprendidas en el articulo anterior, seran entregados a dichos organos

JNE
Dictan disposiciones especiales para el MORDAZA de MORDAZA eleccion presidencial referidas al llenado y entrega de Actas Electorales
RESOLUCION Nº 486-2001-JNE MORDAZA, 1 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 473-2001-JNE de fecha 22 de MORDAZA del ano 2001, el MORDAZA Nacional de Eleccio-

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