Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2001 (02/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de junio de 2001

Secretaria, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bartra ex Jefe, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Administrador, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Especialista de Proyectos Productivos, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Especialista de Proyectos Productivos, por la supuesta comision de ilicitos penales; Que respecto a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Administradora, se ha establecido su responsabilidad civil, en relacion a la sustitucion de un bote deslizador de propiedad de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP; Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, los informes y/o dictamenes resultado de una accion de control emitidos por cualquier organo del sistema constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que en consecuencia es necesario autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, a efectos de que impulse las acciones legales correspondientes con el objeto de salvaguardar los intereses de la institucion; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 de la Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas establecidas en el Informe Nº 008-2001-02-0197 e Informe Especial Nº 009-2001-020197 - Examen Especial a la Unidad Operativa COOPOP Maynas y demas que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuraduria Publica para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 24565

intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra los senores Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe; MORDAZA MORDAZA Noblega, Jefa; y, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Administrador de la Unidad Operativa COOPOP - MORDAZA, en merito a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Especial Legal Nº 07-2000-GAI/COOPOP-PROMUDEH "Examen Especial a la Unidad Operativa COOPOP - Cusco", del Organo de Auditoria Interna de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular, que determinaron una presunta responsabilidad civil de los funcionarios y ex funcionarios senalados; Que mediante el Informe de vistos la Procuradora Publica del PROMUDEH, concluye que no es viable plantear una demanda civil de indemnizacion de danos y perjuicios, ya que con respecto al adeudo evidenciado de S/. 4,702.00 (CUATRO MIL SETECIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), careciendo de ordenes de servicio u otro documento que permita establecer conformidad sobre la recepcion o destino de los bienes comprometidos, no se ha producido un dano concreto, real y efectivo, habiendo ademas hecho entrega el Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de manera voluntaria y personal de un cheque de gerencia por el monto total de dicha deuda, con lo cual se ha cumplido con el objetivo de recuperar el dinero, evitando asi un posible perjuicio economico a la entidad; Que asimismo, con respecto al monto por cobrar de S/. 425.72 (CUATROCIENTOS VEINTICINCO Y 72/ 100 NUEVOS SOLES) por pagos efectuados a personal incompetente para ejecutar labor de supervision, habiendose sustentado el dictado de cursos, ante la ausencia de elementos probatorios necesarios para determinar el nexo de causalidad entre los hechos producidos y el perjuicio ocasionado, se debe tener en consideracion que el costo que generaria el iniciar un MORDAZA judicial en provincia es mayor al beneficio que se podria obtener, MORDAZA si de conformidad con el Articulo 1º de la Ley Nº 27076, los Procuradores Publicos estan autorizados a desistirse de las pretensiones en los procesos civiles no sentenciados y cuya cuantia, incluidos los intereses, en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera, no exceda de S/. 3,000.00 (TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), no ameritandose iniciar un MORDAZA judicial; Que en consecuencia resulta necesario dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 109-2001-PROMUDEH; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 27076 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 109-2001-PROMUDEH, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 24566

Dejan sin efecto resolucion que autorizo a procuradora iniciar acciones correspondientes contra ex funcionarios y funcionarios de la Unidad Operativa COOPOP MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 210-2001-PROMUDEH MORDAZA, 1 de junio de 2001 Vistos el Informe Nº 008-2001-PROMUDEH/PPEER de la Procuraduria Publica de Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que con fecha 6 de marzo del 2001, se expidio la Resolucion Ministerial Nº 109-2001-PROMUDEH, mediante la cual se autoriza a la Procuradora Publica del sector para que en representacion y defensa de los

Declaran fundada en parte impugnacion contra la Resolucion Presidencial Nº 057 expedida por el INABIF
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 213-2001-PROMUDEH MORDAZA, 1 de junio de 2001

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