Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2020 (05/11/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Jueves 5 de noviembre de 2020 /

El Peruano

de los SST y SCT, así como lo referente al proceso de aprobación del Plan de Inversiones y de sus eventuales modificaciones; Que, con Resolución N° 126-2020-OS/CD se aprobó el Plan de Inversiones en Transmisión para el período comprendido entre el 01 de mayo de 2021 al 30 de abril de 2025; Que, el 18 de setiembre de 2020 la empresa ELECTROCENTRO ha presentado recurso de reconsideración impugnando la Resolución N° 126-2020OS/CD (en adelante "RESOLUCIÓN"); Que, conforme al procedimiento señalado anteriormente, los interesados debidamente legitimados tuvieron la oportunidad de presentar, hasta el 16 de octubre de 2020, opiniones y sugerencias sobre los recursos de reconsideración recibidos por Osinergmin; dentro del plazo señalado la empresa Unión Andina de Cementos S.A.A. (UNACEM) ha presentado opiniones relacionada con el recurso impugnativo de ELECTROCENTRO. 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Que, el petitorio del recurso de ELECTROCENTRO comprende los siguientes extremos: 1. Aprobar la interconexión de las SETs Orcotuna, Chupaca, Parque Industrial en 60 kV. 2. Aprobar la ampliación de la SET Concepción con transformador de 60/33/13,2 kV, para su interconexión con la CH Ingenio en 33 kV. 3. Aprobar para la SET AT/MT Matapa: a) dos celdas de transformador; y b) un nuevo transformador 33/10 kV de 1 MVA. 4. Implementar 02 celdas de línea en la Derivacion Puntayacu y 01 celda de línea en la estructura 3 de la salida de la CH Huasahuasi. 5. Que la línea Runatullo Satipo, aprobado en 138 kV, se implemente para un nivel de tensión de 220 kV. 2.1 Aprobar la interconexión de las subestaciones ORCOTUNA, CHUPACA, PARQUE INDUSTRIAL en 60 kV 2.1.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, ELECTROCENTRO señala que, en los Planes de Inversión anteriores, el problema de contingencia N-1 se ha resuelto con la implementación de la LT Orcotuna ­ Parque Industrial, sin embargo, para el presente periodo de planeamiento 2021 ­ 2025 (y en el mediano plazo 2021 -2030), aun cuando se cuenta con dos fuentes de alimentación del SEIN (SET's Orcotuna y Huayucachi), el sistema de transmisión no son suficientes para garantizar la continuidad del servicio en condiciones de contingencia N-1 (ausencia de una fuente de alimentación), principalmente ante la salida de servicio de la SET Huayucachi, puesto que, en esta condición, todo la demanda debería ser atendida por la LT 60 kV Orcotuna ­ Parque Industrial con conductor AAAC de 240 mm2; para tal efecto, muestra el cuadro con la demanda que cubrirá el sistema en anillo LT Orcotuna ­ Chupaca ­ Parque Industrial; Que, agrega que, la demanda que cubrirá el anillo Orcotuna ­ Chupaca ­ Parque Industrial es mayor a los 30 MW a partir del año 2024, en ese sentido se cumple las condiciones para la contingencia bajo el criterio N-1, y con el fin de resolver la problemática expuesta se requiere implementar la LT Orcotuna ­ Chupaca ­ Parque Industrial, en dos etapas; Que, en la primera etapa se implementará la línea Orcotuna ­ Chupaca en 60 kV de 9,8 km; esta línea estará emplazada sobre terrenos comunales y terrenos de cultivo, lo cual facilitará el proceso del saneamiento de la servidumbre; asimismo, agrega que, en esta primera etapa también se implementará un transformador 60/33/13,2 kV en la SET Chupaca; Que, en la segunda etapa se construirá la nueva línea Chupaca ­ Parque Industrial en 60 kV de 6,2 km, para este fin se des-energizará la línea 33 kV existente entre Parque Industrial y Chupaca, y sobre dicha ruta se

construirá la línea 60 kV proyectada, lo cual resolverá los problemas de espacios en zonas urbanas; Que, por otro lado, la recurrente indica que, actualmente la CH Runatullo evacua la energía producida al SEIN a través de la línea de 220 kV, que opera en 60 kV, hasta la SET Concepción y de allí a la SET Huayucachi a través de la línea 60 kV SET Concepción - SET Parque Industrial - SET Huayucachi, cubriendo parte de la demanda del sistema eléctrico del Valle Mantaro. Esta inyección de energía será suspendida en la oportunidad que la generadora complete el tramo de línea desde SET Concepción a SET Orcotuna en 220 kV y entregue la energía directamente al SEIN en 220 kV; Que, menciona que, con las inversiones propuestas, el sistema eléctrico Huancayo y Chupaca, al año 2025, tendrían cerrado el anillo eléctrico para sostener la demanda en condiciones normales y de contingencias, tanto para el mediano y largo plazo; Que, finalmente, ELECTROCENTRO señala que, realizo las simulaciones de los flujos de potencia con la implementación de estos proyectos, en el cual señalan que los resultados obtenidos son favorables en la operación del sistema eléctrico Huancayo-Valle del Mantaro; 2.1.2 ANALISIS DE OSINERGMIN Que, ELECTROCENTRO reitera la solicitud del proyecto interconexión de las SETs Orcotuna, Chupaca y Parque Industrial con líneas de transmisión en 60 kV, presentado los mismos argumentos que ya fueron analizados en la etapa Opiniones y Sugerencias del presente proceso. Al respecto, se reitera que en la Norma Tarifas se establece el criterio N-1 solo para líneas de transmisión, mas no para contingencias que involucren salidas de toda una subestación, tal como lo propone ELECTROCENTRO, en su análisis realizado, con la salida total de la SET Huayucachi. En ese sentido, la propuesta de ELECTROCENTRO carece de fundamento por no estar contemplado en la normativa vigente; Que, de otro lado, se procedió a evaluar las contingencias en el sistema eléctrico Huancayo, siguiendo los lineamientos estipulados en la Norma Tarifas, evidenciando que no se tiene inconvenientes para el periodo tarifario, por lo que, no requeriría ningún proyecto o Elemento en la transmisión de dicho sistema. Es importante precisar, que el proyecto planteado por ELECTROCENTRO cumple la misma finalidad que el proyecto aprobado "LT Orcotuna-Parque Industrial" en el Plan de Inversiones 2017-2021, cuya responsabilidad está a cargo de ELECTROCENTRO y que hasta la fecha no se ha puesto en servicio; Que, en relación a la precisión referida a la SET Runatullo, el hecho que dicha SET descargue su potencia directamente al SEIN (220 kV) y no desde la barra en 60 kV de Orcotuna, sería irrelevante para el sistema eléctrico de Huancayo, esta configuración solo afectaría la capacidad de la SET Orcotuna (subestación del SEIN) que requerirá un segundo transformador a mediano plazo. Por lo que se concluye que si ELECTROCENTRO cumple con lo estipulado en el Plan de Inversiones 2017-2021, el sistema eléctrico de Huancayo no presentaría ningún inconveniente para el presente periodo tarifario; Que, en este sentido, no corresponde incluir la interconexión Orcotuna-Chupaca-Parque Industrial en 60 kV en el Plan de Inversiones 2021-2025; Que, en consecuencia, este extremo del recurso de reconsideración debe ser declarado infundado. 2.2 Aprobar la ampliación de la SET Concepción con transformador de 60/33/13,2 kV, para su interconexión con la CH INGENIO EN 33KV 2.2.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, ELECTROCENTRO menciona que cuenta con la línea 33 kV Concepción-Ingenio, reconocida con el módulo LT-033SIR0PCS0C1120A y está operando en 13,2kV, y teniendo la necesidad de contar con un sistema confiable, se necesita que la línea en cuestión opere en 33 kV, para lo cual se requiere la ampliación de la SET Concepción con un transformador de tres devanados 60/33/13,2 kV y

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