Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2005 (31/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 191

MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE LURIN
Establecen regimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, asi como recalculo de tasas de los anos 2002 a 2005
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 114 Lurin, 11 de octubre del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Lurin en sesion extraordinaria de fecha 11 de octubre de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion del Tribunal Constitucional recaida en el expediente Nº 0053-2004-AI/TC, se resolvio declarar fundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por la Defensoria del Pueblo en contra de la Municipalidad de Miraflores, la misma que fue considerada de obligatorio cumplimiento, estando las autoridades municipales obligadas a respetar el MORDAZA de su contenido y cumplir bajo responsabilidad las reglas vinculantes establecidas; Que, la sentencia dispone que los criterios y parametros establecidos, surten efectos a partir del dia siguiente de su publicacion y por tanto, no habilita la devolucion o compensacion de pagos efectuados a consecuencia de las ordenanzas formalmente declaradas inconstitucionales o que presenten vicios de inconstitucionalidad, estando habilitadas las cobranzas por los periodos impagos no prescritos a) Con base a ordenanzas validas por periodos anteriores, reajustadas segun el indice de precios al consumidor o en su defecto, de no existir MORDAZA anterior valida; b) Con base a nuevas Ordenanzas, las que deberan emitirse de acuerdo al plazo dispuesto en el punto XIII, de la sentencia. Que, dentro de los alcances de la sentencia, se dispone declarar que los terminos de la misma, no habilitan la continuacion del procedimiento de cobranza coactiva en tramite, ni el inicio de estos o de cualquier otro MORDAZA de cobranza relacionada en ordenanzas formalmente declaradas inconstitucionales o que presentan vicios de inconstitucionalidad. Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Articulo de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO Y EL RECALCULO DE LA DETERMINACION DE LAS TASAS DE LOS ANOS 2002 AL 2005 PARA LA JURISDICCION DE LURIN CAPITULO PRIMERO ASPECTOS GENERALES Articulo 1º.- Objetivo La presente Ordenanza tiene como finalidad establecer el regimen tributario de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines publicos y serenazgo para el periodo 2002 al 2005 y recalcular el costo que demando la prestacion de los mismos en la jurisdiccion de Lurin y redistribuirlo entre los contribuyentes de conformidad con los criterios minimos establecidos por el Tribunal Constitucional mediante sentencia recaida en el expediente Nº 0053.PI/TL de la Municipalidad de Miraflores. Articulo 2º.- Alcance Esta ordenanza es de aplicacion a los arbitrios municipales no cancelados correspondiente a los anos 2002 a 2005 que tienen como acreedor a la Municipalidad Distrital de Lurin. Articulo 3º.- Definiciones A efectos de la presente ordenanza se tendra en cuenta las definiciones siguientes: Contribuyente.- Son contribuyentes de los arbitrios municipales los propietarios de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados

o cuando el tercero use el predio bajo cualquier titulo. Excepcionalmente, cuando la existencia del propietario no pueda ser determinada, adquirira la calidad de contribuyente el poseedor del predio. Cuando se trate de copropiedad, se acotaran los arbitrios municipales conforme al porcentaje de participacion de cada copropietario, salvo solicitud expresa de alguno de los copropietarios para la acotacion del total del arbitrio. Nacimiento de la Obligacion Tributaria.- La condicion de contribuyente se configura al primer dia de cada mes al que corresponda la obligacion tributaria. Cuando se efectue cualquier transferencia, la obligacion tributaria para el MORDAZA propietario nacera el primer dia del mes siguiente al que se adquirio la propiedad. Predio.- Es toda unidad inmobiliaria indistinta del uso que pudiera tener. A la unidad inmobiliaria que tenga mas de un uso, se le afectara por la tasa mensual del uso que tenga la mayor area construida. Arbitrios.- Tasa que se paga por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico individualizado en el contribuyente. Estan referidos a los arbitrios de limpieza publica (recojo de residuos solidos y barrido o papeleo de calles) mantenimiento de parques y jardines publicos y serenazgo. Costo Ejecutado.- Es el costo que efectivamente demando el servicio publico en cada ano. Zonas Municipales.- Son los sectores geograficos en que la Municipalidad de Lurin ha dividido el distrito, resultando las 5 zonas siguientes: MORDAZA "A" Km. 40 MORDAZA Lurin: AA. HH.: MORDAZA MORDAZA Balandra, Km. 40 I MORDAZA Lurin, Km. 40 II MORDAZA, Lurin Km. 40 III MORDAZA Lurin, Km. 40 IV MORDAZA Lurin, Los Jardines, Urb.: Jahuay, Prolongacion Jahuay, Los Suspiros, Los Claveles, Las Velas, La Barca, El Barco, La Capilla, Las Praderas P .S.R. MORDAZA MORDAZA, Las Praderas de Lurin, C.P MORDAZA MORDAZA, Agrupacion Familiar MORDAZA Genoveva. . MORDAZA "B" Lurin Cercado: Lurin Cercado, AA.HH. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, C.P .R. MORDAZA MORDAZA, Guadulfo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, 08 de Octubre, MORDAZA MORDAZA de Huarangal, Huarangal, Urb.: MORDAZA Lurin I Etapa ­ Las MORDAZA, Las Virreinas, Zonas de Expansion MORDAZA, Cercado de Lurin, Asociacion Las Virreinas. MORDAZA "C" Huertos de Lurin: AA.HH. MORDAZA Grande, P .S.R. Huertos de Lurin, Huertos de Villena, Huertos de MORDAZA, C.P MORDAZA MORDAZA, MORDAZA .R. MORDAZA Casica, Vista MORDAZA, Km. 34, Buena Vista, El MORDAZA, Alta Rinconada de Puruhuay, Rinconada de Puruhuay. MORDAZA "D" MORDAZA C. Tello: AA.HH. MORDAZA C. MORDAZA, MORDAZA C. MORDAZA II Etapa, C.P Las Brisas . de Lurin, C.P MORDAZA MORDAZA Mamacona, Asociacion MORDAZA .R. Portada Mamacona, Asociacion de Vivienda San Antonio. MORDAZA "E" MORDAZA Alejandro: AA.HH. MORDAZA MORDAZA I Etapa, MORDAZA MORDAZA II Etapa, MORDAZA MORDAZA III Etapa, MORDAZA MORDAZA II Ampliacion, UPIS San MORDAZA, Asociacion Las Vinas. INAFECTACIONES.- Estan inafectos a los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo los predios de propiedad de: 1.- La Municipalidad de Lurin. 2.- Los Gobiernos Extranjeros, en condicion de reciprocidad, siempre que el predio se destine a residencia de sus representantes diplomaticos o al funcionamiento de oficinas dependientes de sus embajadas, legaciones o consulados. 3.- El Cuerpo General de Bomberos voluntarios del Peru. 4.- Las entidades religiosas reconocidas por el Estado, que destinen dichos predios a templos, conventos, monasterios y museos. 5.- Las comisarias per tenecientes a la Policia Nacional del Peru. CAPITULO MORDAZA DISTRIBUCION DE LOS COSTOS Articulo 4º.- Condiciones El recalculo de la determinacion de la tasa de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines publicos y serenazgo de los anos 2002 al 2005, se efectuara distribuyendo los costos que demandaron la prestacion de los servicios en cada ano, entre los contribuyentes que se beneficiaron de los servicios, aplicando los criterios minimos establecidos en las Sentencia del Tribunal Constitucional y excluyendo de dicho resultado a los contribuyentes que cancelaron los arbitrios.

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