Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2005 (31/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 225

MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo Decimo Quinto.- DEFINICION DEL ARBITRIO DE SERENAZGO El arbitrio de serenazgo comprende el pago por el mantenimiento y mejora del servicio de vigilancia publica, prevencion del delito y proteccion de la poblacion civil del distrito, en procura de la seguridad ciudadana. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA de MORDAZA MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza tendra vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifique. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 22234

Articulo 69º y 69º-A del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobada mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, ademas de lo establecido por la Sentencia del Tribunal Constitucional respecto al Expediente Nº 0053-2004-PI/TC, para lo cual se han utilizando los siguientes criterios: 1.1 RESPECTO A LOS CRITERIOS DE DISTRIBUCION DEL COSTO DEL ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA A efectos de la distribucion del costo del arbitrio de limpieza publica, se considera el costo proyectado en la prestacion del servicio, diferenciandose el barrido y limpieza de calles, de la recoleccion, traslado y disposicion final de los residuos solidos, segun los siguientes criterios: - Recoleccion de Residuos Solidos: Casa-Habitacion: Tamano del predio, considerando como indicador de este, el area construida expresada en metros cuadrados. La densidad poblacional por area construida y sector, como criterio de distribucion de los predios con uso casahabitacion. Para usos distintos al de casa-habitacion, son aplicables los siguientes criterios: - Cantidad de predios por uso. - Tamano del predio segun uso, considerando como indicador de este, el area construida expresada en metros cuadrados. - Promedio de residuos solidos generados por cada MORDAZA de uso. - Barrido de Calles: El promedio de la longitud del frente, expresada en metros lineales. Frecuencia de barrido 1.2 RESPECTO A LOS CRITERIOS DE DISTRIBUCION DEL COSTO DEL ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES A efectos de la distribucion del costo del arbitrio de parques y jardines, se considera el costo proyectado en la prestacion del servicio, segun los siguientes criterios: - La ubicacion del predio respecto a las areas verdes del distrito. - La capacidad habitable del inmueble. 1.3 RESPECTO A LOS CRITERIOS DE DISTRIBUCION DEL COSTO DEL ARBITRIO DE SERENAZGO A efectos de la distribucion del costo del arbitrio de serenazgo, se considera el costo proyectado en la prestacion del servicio, segun los siguientes criterios: - La ubicacion del predio en funcion de la peligrosidad relativa en que se encuentre ubicado el predio. - El uso del predio Articulo Segundo.- RESPECTO A LA DETERMINACION DEL MONTO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO A efectos de la determinacion del monto de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, y en aplicacion de los criterios considerados en el articulo precedente, se ha establecido la siguiente metodologia: 2.1 ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA - Recoleccion, traslado y deposito de los Residuos Solidos: El costo correspondiente a la recoleccion, traslado y deposito de los residuos solidos generados en el distrito, se ha distribuido tomando en cuenta la segmentacion por usos, el tamano de los predios y ­para el caso de MORDAZA habitacion- se ha complementado con la cantidad de habitantes por espacios construidos en cada sector.

Establecen monto de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2006
ORDENANZA Nº 232-MDMM MORDAZA MORDAZA, 27 de octubre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 231-MDMM se aprueba el MORDAZA Legal del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo aplicables en la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 69º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, resulta necesario establecer y precisar los importes de los arbitrios para el Ejercicio 2006, de conformidad con lo establecido por el citado articulo, considerando el costo efectivo del servicio a prestar, debiendose utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio publico involucrado, entre otros criterios que resulten validos para la distribucion: el uso del inmueble, el tamano y su ubicacion, considerando asimismo los principios establecidos por el Tribunal Constitucional segun sentencia recaida en el Expediente Nº 0053-2004PI/TC. De conformidad a las facultades establecidas en el Articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru y los Articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN MONTO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2006 Articulo Primero.- CRITERIOS DE DISTRIBUCION A efectos de la determinacion del monto de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del Ejercicio 2006, se considera el costo proyectado para la prestacion de dichos servicios, teniendo en cuenta ademas la totalidad de contribuyentes del distrito, empleando para tal efecto lo dispuesto por el

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