Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2005 (31/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2005

VISTO; El Memorandum Nº 589-2005-GM-MDR de fecha 30.11.05 de la Gerencia Municipal; el Informe Nº 201-2005-GM-UEC/MDR de fecha 28.11.05 de la Unidad de Ejecutoria Coactiva; el Informe Nº 2590-2005URH-OAF-MDR de fecha 12.12.05 de la Unidad de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, habiendose aceptado la renuncia del funcionario abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Auxiliar Coactivo de la Unidad de Ejecutoria Coactiva, dicho cargo se encuentra pendiente de cubrir; Que, mediante Informe Nº 2590-2005-URH-OAFMDR emitido por el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, senala que ha efectuado, la evaluacion del legajo personal del servidor empleado con nivel tecnico F (Tecnico en Contabilidad), senor MORDAZA Pampamallco MORDAZA, el mismo que tiene experiencia en la Unidad de Ejecutoria Coactiva; asi como tambien en la Division de Abastecimiento, Unidad de Contabilidad, Tesoreria y Rentas; Que, es objetivo de esta administracion optimizar los servicios que se brindan a la ciudadania maximizando el aprovechamiento de las capacidades del personal; Que, el articulo 78º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, senala que la rotacion consiste en la reubicacion del servidor al interior de la entidad para asignarle funciones segun el nivel de MORDAZA y su grupo ocupacional alcanzados, correspondiendole el cargo de Auxiliar Coactivo el nivel remunerativo de funcionario F-1; De conformidad con la Ley Nº 26979 modificado por la Ley 28165, Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR temporalmente al Sr. MORDAZA PAMPAMALLCO MORDAZA, el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, a partir de la fecha hasta la designacion del Auxiliar Coactivo mediante Concurso Publico de Meritos, conservando su mismo nivel ocupacional y remunerativo. Articulo Segundo.- Dejese sin efecto las resoluciones que se opongan a la presente disposicion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Administracion y Finanzas a traves de la Unidad de Recursos Humanos el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22346

Finanzas y el Informe Legal de fecha 14 de diciembre del 2005, sobre requerimiento de la Contratacion de Servicios de Cobro por Estacionamiento Vehicular. CONSIDERANDO: Que, segun la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Art. II del Titulo preliminar y la Constitucion Politica del Peru Art. 194 modificado por Ley Nº 27680, disponiendo que la Municipalidad, es un organo de gobierno local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la de cobrar las Tasas por un Servicio Publico otorgado. Que, mediante Informe Tecnico Nº 013-2005/MDSBGAF de la Gerencia de Administracion y Finanzas de fecha 13 de diciembre del 2005, informa que sobre lo recaudado y el egreso efectuado por la cobranza de la Tasa de Estacionamiento vehicular periodo diciembre 2004 a marzo del 2005, por la suma de S/. 39,561.00 Nuevos Soles y dando cuenta la dificultad de la Cobranza por carecer de personal especializado y con experiencia del caso, la misma que sugiere otorgar este Servicio de Cobranza a traves de una Empresa Especializada, con experiencia y con una infraestructura y personal adecuado para el otorgamiento del servicio de la cobranza de Estacionamiento Vehicular MORDAZA 2006, debidamente constituido. Que, mediante Informe Legal de fecha 14 de diciembre del 2005, informa que del requerimiento de la Gerencia de Administracion y Finanzas resulta factible legalmente de la contratacion de una empresa especializada para la cobranza de la Tasa de Estacionamiento Vehicular MORDAZA 2006, mediante la Contratacion por Servicios Personalisimos, encontrandose regulado por el Texto Unico ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM Art. 19 literal F, precisando que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realizan para los Ser vicios Personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento. Este Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM en su Art. 145 dispone que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, y tecnologicos procede la exoneracion por Servicios Personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas, especializados siempre que su destreza habilidad, experiencia permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores. Que, segun el Art. 20º del TUO dispone que las Adquisiciones o Contrataciones derivadas de una exoneracion debera ser aprobado por Acuerdo de Concejo, requiriendo del Informe Tecnico-Legal y sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, asi como remitir a la Contraloria General de la Republica y a CONSUCODE bajo responsabilidad del Titular del Pliego y dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Que, teniendo a la vista la propuesta de la Empresa CENTRAL Parking System y Currirculum, se verifica que es una Empresa especializada para la Cobranza del Parqueo Vehicular, cuenta con experiencia Nacional e Internacional, cuenta con personal especializado, debidamente uniformado e identificado con Fotocheck mantiene Altos y eficientes niveles de calidad e imagen, como la Atencion al Cliente, cuenta con un programa de control efectivo, en Administracion y Control de accesos, elaboracion de reportes estadisticos, cuenta con un seguro de responsabilidad civil "RIMAC INTERNACIONAL SEGUROS Nº 64571 por un monto de un millon de dolares Americanos; ofertando una propuesta economica de S/. 75,000.00 Nuevos Soles, dando a cuenta S/.15,000.00 a la firma del contrato, haciendo un corte de lo recaudado a fines de enero 2006 abonando el 60% para la Municipalidad y el 40% para la Empresa, el saldo pendiente se abonara al termino del contrato, pudiendo haber un corte entre los meses siguientes por muto acuerdo. Estando a los Informes Tecnico y Legal y en uso de las Facultades conferidas por el Ar t. 9º de la Ley Nº 27972, el Concejo luego de una deliberacion y sometido a votacion por Mayoria tal y como Consta en Actas Acordo:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de empresa para la cobranza de la Tasa de Estacionamiento Vehicular
ACUERDO DE CONCEJO Nº 127-2005/MDSB San MORDAZA, 15 de diciembre del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 15 de diciembre del 2005, el Informe Tecnico Nº 0132005/MDSB/GAF de la Gerencia de Administracion y

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