Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2005 (31/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, es competencia compartida en materia de educacion del Gobierno Regional, la gestion de los servicios educativos de nivel inicial, secundaria y superior no universitaria, con criterios de interculturalidad orientados a potenciar la formacion para el desarrollo; Que, con tal finalidad se viene disenando e implementando politicas de infraestructura y equipamiento educativo, desarrollando obras en contribucion al desarrollo regional que permita a la comunidad educativa potenciar su formacion para el desarrollo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 48-94-ED, modificado por Decreto Supremo Nº 005-96-ED, se faculta a los Centros Educativos a realizar actividades que, sin ser propias de su finalidad educativa o cultural, no atenten contra la moral, el orden publico o las buenas costumbres y les permitan mejorar la infraestructura que disponen, dictandose normas que regulan la utilizacion y control adecuado de los ingresos captados; Que es necesario dictar medidas conducentes a cautelar la infraestructura e inversion publica efectuada por el Gobierno Regional, integrando al Comite de Gestion de Recursos Financieros, a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 144-2001-ED, nuevos representantes para cumplir la finalidad senalada; Que, en merito a las facultades de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y estando a lo acordado en Sesion Ordinaria de fecha 27.10.04; HA APROBADO: Articulo Primero.- Establecer que las obras efectuadas por el Gobierno Regional, MORDAZA de construccion, refaccion, mejoramiento y otros, a favor de Instituciones Educativas de la Region, deben ser destinadas exclusivamente para la realizacion de actividades Educativas y culturales, salvo las excepciones previstas por el Decreto Supremo Nº 4894-ED, modificado por Decreto Supremo Nº 005-96-ED, cuya captacion de ingresos deben ser destinados en forma exclusiva al mantenimiento y conservacion en buen estado de la obra. Articulo Segundo.- A fin de cautelar la inversion publica en la infraestructura a que se refiere el articulo que antecede, integrese al Comite de Gestion de Recursos Financieros, a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 144-2001-ED, a un Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, un Representante de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de MORDAZA, un Representante de la Unidad de Gestion Educativa Local correspondiente, y un Representante de la Asociacion de Ex alumnos de la institucion educativa. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de octubre del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLON Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de octubre del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLON Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 22201

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

Crean el Sistema Regional de Gestion Ambiental para la Region MORDAZA
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 2962005-GRA/CR-SCR, recibido el 29 de diciembre de 2005) ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2004-CR/AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA

Que, el Gobierno Regional MORDAZA, busca ante todo, contribuir a garantizar un ambiente adecuado que permita el desarrollo pleno de las personas e integrar la accion de los distintos actores con responsabilidades ambientales en la Region, alrededor de una vision compartida, una voluntad politica, una institucionalidad solida con mecanismos de participacion ciudadana, una legislacion adecuada y los recursos e instrumentos que aseguren una eficaz gestion ambiental; Que, es necesario garantizar el MORDAZA de coordinacion intersectorial y territorial entre las entidades publicas que poseen competencias ambientales en los diferentes niveles de gobierno nacional, regional y local; armonizando sus politicas con la Politica Nacional Ambiental, administrar conflictos, superposiciones o vacios de competencia; asi como fortalecer la capacidad de gestion ambiental en el sector publico y la concertacion con el sector privado y la sociedad civil; Que, la Gestion Ambiental Nacional se encuentra organizada a traves del MORDAZA Estructural de Gestion Ambiental -MEGA- creado por el Consejo Regional del Ambiente mediante Decreto Nº 001-97-CE/CONAM y modificado por Decreto Nº 011-2003-CD/CONAM, el mismo que sostiene la aplicacion de los demas instrumentos de politica y gestion ambiental tanto en el ambito nacional, regional como local; Que, la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, tiene por objeto asegurar el mas eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades publicas, fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestion ambiental, el rol que le corresponde al Consejo Nacional del Ambiente ­ CONAM y a las entidades sectoriales, regionales y locales en el ejercicio de sus atribuciones ambientales a fin de garantizar que cumplan con sus funciones y de asegurar que se evite en el ejercicio de ellas superposiciones, omisiones, duplicidad, vacios o conflictos; Que, los articulos 9º y 10º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establecen competencias constitucionales, competencias exclusivas y competencias compartidas a los Gobiernos Regionales en material ambiental. Competencias constitucionales, para promover y regular actividades o servicios en materia ambiental, competencias exclusivas para promover el uso sostenible de los recursos naturales, el mejoramiento de la calidad ambiental y para la preservacion y administracion de las areas naturales protegidas regionales; Que, el articulo 53º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establece funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, el mismo que se considera en sus inciso b) implementar el sistema regional de gestion ambiental, en coordinacion con las comisiones ambientales regionales; Que, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente como unidad organica del Gobierno Regional con competencia funcional para desarrollar e implementar actividades de gestion y de ejecucion, mediante Oficio Nº 28-2004-GRA-GGRGRRNGMA/CR-SCR se ha presentado ante el presidente del Gobierno Regional MORDAZA, una propuesta de ordenanza regional para la creacion del Sistema Regional de Gestion Ambiental de la Region MORDAZA, propuesta que ha sido consensuada a traves de la participacion de las organizaciones publicas y privadas de la region, recibido los aportes de la Comision Ambiental Regional MORDAZA ­ CAR Arequipa- del Consejo Nacional del Ambiente ­ CONAM; Que, la Region MORDAZA, cuenta con un Plan de Accion y de Agenda Ambiental Regional enmarcadas en la Politica Ambiental Regional, instrumentos aprobados mediante Ordenanza Regional Nº 005-2004-CR/AREQUIPA, asi como tambien cuenta con un Plan Estrategico de Desarrollo Regional Concertado; Que, la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto tiene por objeto el establecimiento de un MORDAZA uniforme, que comprenda los requerimientos, etapas y alcance de las evaluaciones de impacto ambiental de proyectos de inversion; Que, estando al Dictamen Nº 008-2004-CEMADC/ GRA de la Comision de Ecologia, Medio Ambiente y

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