Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2005 (31/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2005

Municipalidad, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Registrese, comuniquese y cumplase.

que se encuentran en el Por tal electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe). ACORDO:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 22356

Ratifican Ordenanza que modifica la determinacion de tasas por arbitrios de limpieza publica y de parques y jardines de los ejercicios 2002 a 2005 y de serenazgo de los ejercicios 2003 al 2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 454 MORDAZA, 27 de diciembre de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre del ano en curso el Oficio Nº 001-090-0000407 del Ser vicio de Administracion Tr ibutaria ­ SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 105-MDI, que establece la modificacion de la determinacion de los arbitrios municipales de limpieza publica y parques y jardines correspondientes a los ejercicios 2002 al 2005 y serenazgo del 2003 al 2005 en la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Independencia. CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza 607 publicada el 24-3-2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de Declaracion Jurada. Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 830 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, teniendo en cuenta las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional en los expedientes Nºs. 00412004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, el Servicio de Administracion Tributaria - SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607-MML, concluyendo segun Informe Nº 004-082-00000407, que procede la ratificacion de la mencionada Ordenanza, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria - SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 3072005-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos

Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 105MDI, que establece la modificacion de la determinacion de tasas por arbitrios de limpieza publica (recoleccion de residuos solidos y barrido de calles) y parques y jardines correspondiente a los ejercicios 2002 al 2005 y de serenazgo de los ejercicios 2003 al 2005, en la jurisdiccion del distrito de Independencia, dado que cumple con los criterios de validez constitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el 31.12.2005, conjuntamente con el texto integro de la Ordenanza Nº 105-MDI y de sus anexos que contienen el informe tecnico, los MORDAZA de estructuras de costos y estimacion de ingresos y los importes de las tasas por MORDAZA de arbitrio que las sustentan. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 22095

Ratifican la Ordenanza Nº 161, modificada por Ordenanza Nº 166, que establecen modificacion de determinacion de tasas por arbitrios en el distrito de MORDAZA MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 456 MORDAZA, 27 de diciembre de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre del ano en curso el Oficio Nº 001-09000003063 del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 161, posteriormente modificada por la Ordenanza Nº 166 que establece la "Modificacion de la determinacion de tasas por arbitrios de limpieza publica y parques y jardines publicos en el distrito de MORDAZA MORDAZA correspondiente a los ejercicios 2002 al 2005"; CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima;

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