Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2005 (31/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2005

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Establecen MORDAZA legal de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo
ORDENANZA Nº 67 EL MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en Sesion de fecha 27 de octubre del dos mil cinco, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MORDAZA LEGAL DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO Articulo 1º.- AMBITO DE APLICACION La presente ordenanza establece el MORDAZA legal de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA del Mar. Articulo 2º.- HECHO IMPONIBLE El hecho imponible de las obligaciones tributarias a que se contrae esta ordenanza es la prestacion efectiva de los servicios de Limpieza Publica, de Parques y Jardines y de Serenazgo. Articulo 3º.- DEUDOR TRIBUTARIO Son contribuyentes de los arbitrios de Limpieza Publica, de Parques y Jardines y de Serenazgo los propietarios de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados o un tercero use el predio como inquilino o cualquier titulo legitimo. Excepcionalmente, cuando no se pueda determinar la existencia o la identidad del propietario, adquiere la calidad de contribuyente el poseedor del predio. En el caso de los predios de propiedad de entidades religiosas, los ocupantes de los mismos son responsables solidarios de la obligacion tributaria. En el caso de los predios de propiedad del Estado que hayan sido afectados en uso, se considera contribuyentes a los ocupantes de los mismos. Articulo 4º.- NACIMIENTO DE LA OBLIGACION La condicion de contribuyente se configura el primer dia de cada mes al que corresponde la obligacion tributaria. Cuando se realice cualquier transferencia de dominio, el adquiriente tendra la calidad de contribuyente a partir del primer dia del mes siguiente de producido el hecho. En el caso de locales comerciales, con la tasa correspondiente a partir del primer dia del mes siguiente de obtenido la Autorizacion Municipal de Funcionamiento. Articulo 5º.- DEFINICIONES Predio.- Para efectos de la aplicacion de la presente Ordenanza, entiendase por predio a toda unidad habitacional, local, oficina y terreno ubicados dentro de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA del Mar. No tendra la calidad de predio, para efectos del calculo de arbitrios, aquellas unidades que forman parte accesoria a la unidad inmobiliaria, tales como estacionamientos, azoteas, aires, depositos, closets o tendales. Arbitrio de Limpieza Publica.- Es la tasa que recauda la Municipalidad por la organizacion,

equipamiento, mantenimiento y prestacion efectiva del servicio publico municipal de recoleccion, transporte, transferencia y disposicion final de residuos solidos domiciliarios y comerciales, asi como despojos de jardines interiores y escombros de obras autorizadas por la Municipalidad. El arbitrio comprende tambien el servicio de barrido de pistas y veredas. Arbitrio de Parques y Jardines.- Es la tasa que recauda la Municipalidad por la organizacion, equipamiento, mantenimiento, riego, poda y cuidado de las areas verdes de calles, avenidas y parques y demas bienes de uso publico. Arbitrios de Serenazgo.- Es la tasa que recauda la Municipalidad por la organizacion, equipamiento, mantenimiento y prestacion efectiva del servicio publico municipal de vigilancia, proteccion civil y ayuda en emergencias como parte de la seguridad ciudadana y de apoyo a la Policia Nacional del Peru. Articulo 6º.- PERIODICIDAD, DETERMINACION Y VENCIMIENTO Los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo son de periodicidad mensual, sin embargo, su determinacion y recaudacion sera por periodos trimestrales, siendo el dia de vencimiento el ultimo dia habil de los meses de febrero, MORDAZA, agosto y noviembre de cada ejercicio fiscal. Articulo 7º.- CRITERIOS DE DETERMINACION La tasa o importe de los Arbitrios Municipales, se determinan anualmente en funcion del costo efectivo de cada uno de ellos, establecida en el presupuesto anual del ejercicio en que regiran y sobre la base del informe tecnico correspondiente. La distribucion de los costos de cada servicio se establecera en la ordenanza que los regula conforme a las reglas establecidas en la Ley de Tributacion Municipal. Articulo 8º.- INAFECTACIONES Se encuentran inafectos de los Arbitrios Municipales, los predios de propiedad de: 1. La Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Mar. 2. La Municipalidad Metropolitana de Lima. 3. La Policia Nacional del Peru. 4. Los centros medicos del Ministerio de Salud y de EsSalud. Articulo 9º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo Metropolitano de MORDAZA que la ratifique POR TANTO: La promulgo en MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de octubre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA ABUGATTAS NAZAL MORDAZA 22084

Fijan montos por emision mecanizada y distribucion de recibos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2006
ORDENANZA Nº 68 EL MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en sesion de fecha 27 de octubre del dos mil cinco, ha dado la siguiente:

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