Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2005 (31/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2005 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1252-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 29 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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VISTOS; el Informe Nº 0822-2005/SGSG/GAD/ RENIEC, de fecha 23 de diciembre de 2005, de la Subgerencia de Servicios Generales; el Informe Nº 01603-2005/SGLG/GAD/RENIEC, de fecha 23 de diciembre de 2005, de la Subgerencia de Logistica; el Informe Nº 1146-2005-SGP-GPP/RENIEC, de fecha 27 de diciembre de 2005, de la Subgerencia de Presupuesto; el Informe Nº 1611-2005/SGLG/GAD/RENIEC, de fecha 27 de diciembre de 2005, de la Subgerencia de Logistica; el Informe Nº 001500-2005-GAJ/RENIEC, de fecha 29 de diciembre de 2005, de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Acta del Comite Tecnico Economico del RENIEC, de fecha 29 de diciembre de 2005, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 0822-2005/SGSG/GAD/ RENIEC, de fecha 23 de diciembre de 2005, la Subgerencia de Servicios Generales senala la necesidad de incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del presente Ejercicio 2005, el servicio de Incremento de Carga y Cambio de Nivel de Tension de 500kw en 10kv-MT3 para la Sede Operativa ubicada en el Jr. Cuzco Nº 653, Cercado de Lima; a fin dotar a dicha sede institucional de un nivel de energia electrica que garantice su adecuada operatividad y permita realizar instalaciones de equipos nuevos, con miras al MORDAZA de Elecciones Generales 2005; Que, por su parte, a traves del Informe Nº 016032005/SGLG/GAD/RENIEC, de fecha 23 de diciembre de 2005, la Subgerencia de Logistica manifiesta que el referido requerimiento no se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2005. Asimismo, indica dicho informe que, conforme a la cotizacion realizada se desprende que el valor referencial para el servicio a contratarse asciende a S/. 31,804.90 (Treinta y Un Mil Ochocientos Cuatro con 90/100 Nuevos Soles) incluyendo los impuestos de ley, correspondiendo efectuar un MORDAZA de seleccion bajo la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva; Que, con Informe Nº 1146-2005-SGP-GPP/RENIEC, de fecha 27 de diciembre de 2005, la Subgerencia de Presupuesto otorga disponibilidad presupuestal por la suma de S/. 31,804.90 Nuevos Soles, incluyendo los impuestos de ley, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados disponibles del presupuesto vigente; Que, de otro lado, mediante Informe Nº 1611-2005/ SGLG/GAD/RENIEC, de fecha 27 de diciembre de 2005, la Subgerencia de Logistica senala que, conforme a lo manifestado por la Subgerencia de Servicios Generales en su Informe Nº 0823-2005/SGSG/GAD/RENIEC, para la prestacion del servicio de Incremento de Carga y Cambio de Nivel de Tension de 500kw en 10kv-MT3 para la Sede Operativa existe proveedor unico en virtud de los contratos de concesion del servicio de distribucion de energia electrica suscrito con el Estado Peruano con la empresa EDELNOR, en consecuencia seria de aplicacion lo dispuesto en el inciso e) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 144º de su Reglamento, referidos a la exoneracion por causal de bienes y servicios que no admiten sustitutos; Que, el articulo 7º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido, siendo aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Que, el articulo 23º del Reglamento de la referida ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que el Plan Anual debe considerar todas las adquisiciones y contrataciones, con independencia del regimen que las regule; Que, de otro lado, el numeral 1) del articulo 27º del mencionado Reglamento indica que el Plan Anual de la Entidad podra ser modificado cuando se tenga que incluir o excluir procesos de seleccion, encontrandose su

aprobacion y difusion sujetos a la forma prevista en los articulos 25º y 26º de la MORDAZA acotada; Que, en tal sentido, en aplicacion de los articulos 25º y 26º del Reglamento, la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe ser aprobado por el Titular de la Entidad y publicado en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles de modificado; Que, adicionalmente, el Plan Anual modificado debera estar a disposicion de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones del RENIEC y en la pagina web institucional; Que, asimismo con relacion a la exoneracion del MORDAZA de seleccion, el literal e) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; Que, en concordancia con la normativa citada, el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que, en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Senala ademas que, se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 0832004-PCM senala que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del Articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, siendo esta facultad indelegable; Que, la Jefatura Nacional, ejerce la Titularidad del Pliego Presupuestario del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y a lo expuesto en el Acta del Comite Tecnico Economico del RENIEC, de fecha 29 de diciembre de 2005; en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 -Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil- y de conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 1183-2005-JEF/RENIEC, de fecha 5 de diciembre del 2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del RENIEC, correspondiente al ejercicio 2005, el MORDAZA de seleccion por Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de Incremento de Carga y Cambio de Nivel de Tension de 500 kw en 10 kv-MT3, para la Sede Operativa, con un valor referencial de S/. 31,804.90 (Treinta y Un Mil Ochocientos Cuatro con 90/100 Nuevos Soles) incluyendo los impuestos de ley y financiado con Recursos Directamente Recaudados disponibles del presupuesto vigente, de acuerdo con el cuadro que se anexa a la presente Resolucion. Articulo 2º.- Aprobar la modificacion al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del RENIEC correspondiente al ejercicio presupuestal 2005. Articulo 3º.- Encargar a las Gerencias de Administracion e Informatica y Estadistica efectuar la respectiva publicacion en el SEACE y en la pagina web institucional en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles de emitida la presente Resolucion, asi como ponerlo a disposicion del publico usuario. Articulo 4º.- La situacion en consulta reune los requisitos necesarios que permiten proceder via exoneracion por causal de servicios que no admite sustituto y con proveedor unico, para la contratacion con la empresa EDELNOR S.A.A. del servicio de Incremento de Carga y Cambio de Nivel de Tension de 500 kw en 10 kv-MT3, para la Sede Operativa, por un valor referencial de S/. 31,804.90 (Treinta y Un Mil Ochocientos Cuatro con 90/100 Nuevos Soles) incluyendo los impuestos de ley y financiado con Recursos Directamente Recaudados disponibles del presupuesto vigente.

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