Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2005 (31/12/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 94

Pag. 308088

NORMAS LEGALES
ACORDO:

MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2005

Declaracion Jurada, para los efectos legales a que hubiera lugar. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Enacargado de la Alcaldia 22338

Ratifican la Ordenanza Nº 201, modificada por Ordenanzas Nºs. 207 y 210 de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, sobre regimen tributario de arbitrios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 443 MORDAZA, 27 de diciembre de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre del ano en curso el Oficio N° 001-090-00003043 del Ser vicio de Administracion Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza N° 201, modificada por las Ordenanzas Nºs. 207 y 210 "Que establecen el regimen tributario de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines publicos y serenazgo en la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo correspondiente al ejercicio 2006"; CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo las Ordenanzas, objeto de la ratificacion, remitiendolas con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de Declaracion Jurada; Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 830 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, teniendo en cuenta las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional en los Expedientes Nºs. 00412004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, el Servicio de Administracion Tributaria - SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607-MML, concluyendo segun Informe N° 004-082-000000399, que procede la ratificacion de las mencionadas Ordenanzas, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto; De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion TributariaSAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 296-2005-MML/ CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe);

Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 201, modificada por las Ordenanzas Nºs. 207 y 210 "Que establecen el regimen tributario de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines publicos y serenazgo en la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo correspondiente al ejercicio 2006, dado que cumplen con los criterios de validez constitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente N° 00053-2004-PI/TC. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el 31.12.2005, conjuntamente con el texto integro de las Ordenanzas Nºs. 201, 207 y 210 y de los anexos que contienen el informe tecnico, los MORDAZA de estructuras de costos y estimacion de ingresos y los importes de las tasas por MORDAZA de arbitrio que las sustentan. Por otro lado, la aplicacion de las ordenanzas, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, debe senalarse que los documentos presentados para la ratificacion de las Ordenanzas MORDAZA indicadas tienen caracter de Declaracion Jurada, para los efectos legales a que hubiera lugar. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 22362

Ratifican Ordenanzas que modifican la determinacion de tasas por arbitrio de gestion de residuos solidos en el distrito de MORDAZA El MORDAZA de los ejercicios 2002 y 2003
ACUERDO DE CONCEJO Nº 452 MORDAZA, 27 de diciembre de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre del ano en curso el Oficio Nº 001-09000003051 del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 116-MVES, modificada por la Ordenanza Nº 120MVES, que establece la modificacion de la determinacion de la tasa por el arbitrio de gestion de residuos solidos en el distrito de MORDAZA El MORDAZA correspondiente a los ejercicios 2002 y 2003, aprobadas por dicha Municipalidad Distrital; CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo las Ordenanzas, objeto de la ratificacion, remitiendolas con

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.