Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 1998 (23/11/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 120

Sin embargo, cualquier persona que, MORDAZA efectuado y registrado en su libreta de piloto, 10 o mas vuelos como piloto al mando de una aeronave que remolque un planeador, segun Licencia de dispensa, no necesita cumplir con los parrafos (c) (1) y (2) de esta seccion. (d) Si posee unicamente una Licencia de piloto privado, el debe haber tenido, y registrado en su libreta de piloto por lo menos: (1) (2) te) 100 horas de tiempo de vuelo como piloto en aeronave con motor; o 200 horas totales de vuelo de piloto en aeronave a motor u otras.

Dentro de los 12 meses precedentes el tiene : (1) Efectuados por lo menos tres remolques de planeador, reales o simulados, acompanado por un piloto calificado quien cumple los requerimientos de esta seccion; o Efectuados por lo menos tres vuelos como Piloto al mando de un planeador remolcado por una aeronave.

(2)
61.71 Ca)

Graduados de Escuelas de Vuelo Certificadas: Reglas especiales

El graduado de una escuela de Vuelos que es certificada bajo la FW? 141 se considera que cumple los requerimientos de experiencia aeronautica aplicables de esta PAP, si presenta una Licencia de graduacion apropiada dentro de 60 dias despues de la fecha en que se graduo. Sin embargo, si solicita una evaluacion de vuelo de una Habilitacion instrumental, debe poseer una Licencia de piloto comercial, o poseer una Licencia de piloto privado y cumplir los requerimientos de la RAP 61,65(e) (1) y 61.123 (excepto parrafos (d) y (e) ). Ademas, para solicitar una Licencia de instructor de vuelo debe poseer como minimo Licencia de piloto comercial.

(b)

Se considera que el solicitante para una Licencia o Habilitacion bajo esta RAP cumple los requerimientos aeronauticos de conocimiento y de habilidad, o ambos, aplicable a la Licencia o Habilitacion, si la pide dentro de 90 dias despues de la graduacion de un curso apropiado dado por una escuela de piloto que es certificada bajo la F¿AP 141 y se le autoriza a pasar una prueba de conocimiento aeronautico o habilidad, o ambos.
Pilotos Militares o ex Pilotos Militares: Reglas especiales

61.73

(al Un piloto militar con Habilitacion de piloto militar o Piloto militar retirado de las fuerzas armadas que solicita Licencia de piloto privado o comercial, o una Habilitacion de aeronave o instrumental, lograra esa Licencia con la Habilitacion apropiada o la adicion de una Habilitacion en la Licencia de piloto que el posea, si cumple los requerimientos aplicables de esta seccion. Esta seccion no se aplica al piloto militar o al ex piloto militar que fue suspendido de la condicion de vuelos por falta de pericia o por accion disciplinaria que involucre operaciones de aeronave.
(b)

Pilotos Militares en actividad de vaelos en los ultimos 12 meses. El piloto militar o ex piloto militar con Habilitacion que ha estado en condicion activa de vuelos dentro de los 12 meses anteriores de su aplicacion, debe pasar una prueba escrita de esta RAP y de aquellas que se relacionan con los privilegios y limitaciones del piloto, reglas de MORDAZA aereo y Generalidades operativas y reglamentos de reportes de accidente. Ademas, el debe mostrar documentos actualizados que muestren que el cumple los requerimientos del parrafo (d) de esta seccion para por lo menos una Habilitacion de aeronave, y que el es o fue en el periodo desde el comienzo del duodecimo mes anterior del mes en que lo solicita: ( 1) (2) Un piloto militar con Habilitacion de vuelos en condicion activa en una fuerza armada del Per-$ o Un piloto militar con Habilitacion de una fuerza armada de un Estado extranjero contratante a la Convencion de Aeronautica Civil Internacional, asignado en deberes de piloto (a excepcion de entrenamiento de vuelo) en una fuerza armada del Peru, quien posee, al momento que el solicita, una Licencia actualizada de piloto civil emitida por el Estado extranjeroque autoriza por lo menos los privilegios de la Licencia de piloto que el solicita.

Pilotos Militares yut! no han estado en actividad de vuelos en los ultimos 12 meses. El piloto militar o ex piloto militar con Habilitacion que no ha estado en condicion activa de vuelos dentro de los 12 meses anteriores del que el solicita, debe pasar las pruebas apropiadas escritas y de vuelo prescritas en esta FtAP, para la Licencia o Habilitacion que el busca.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.