Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 1998 (23/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

MORDAZA, lunes 2.1 de noviembre de 1998 21.186 Certificado de Aeronavegabilidad Especial Temporal

Un solicitante podra obtener un Certificado de Aeronavegabilidad Especial Temporal para una Aeronave Importada de acuerdo a lo prescrito en la Seccion 21.29 de esta Regulacion y que se encuentre en MORDAZA de Legitimacion de su Certificado MORDAZA Original, si: (a) (b) (c) El MORDAZA de exportacion de la aeronave certifica que la aeronave esta en condiciones de operacion MORDAZA y esta de acuerdo a su Diseno MORDAZA Aprobado. La Aeronave dispone de un Certificado MORDAZA otorgado por la Autoridad Aeronautica del MORDAZA de origen sobre las bases de certificacion de la DGTA, o similares efectuados por Autoridades de Aeronavegabilidad Extranjeras que determine la DGTA. Los motores y helices (cuando corresponda) deberan disponer de Certificado MORDAZA otorgado segun Bases de Certificacion RAP, o similares efectuadas por Autoridades de Aeronavegabilidad Extranjeras que determine la DGTA.

(d) Las aeronaves de importacion provienen de paises que tienenAcuerdos Tecnicos de Aeronavegabilidad con la Republica Peruana o de la forma que la DGTA determine. (e) La DGTA ha corroborado que la aeronave esta en condiciones de operacion segura.

21.187 Reservado 21.189 Emision de Certificado de Aeronavegabilidad para Aeronaves de Categoria Limitada

(a) El solicitante de un Certificado de Aeronavegabilidad para una Aeronave en Categoria Limitada tiene derecho al Certificado de Aeronavegabilidad cuando: (1) (2) Demuestra que la Aeronave posee un Certificado MORDAZA en la Categoria Limitada y que la Aeronave conforma lo determinado en el Certificado Tipo; y La DGTA decida, despues de la pertinente inspeccion (que incluye vuelos de prueba hechos por el solicitante), que la aeronave se encuentra en buen estado de conservacion y mantenimiento y que la misma esta en condiciones para una operacion segura. La DGTA prescriba las condiciones y limitaciones necesarias para una operacion segura.

(3)

21.191 Certificados Experimentales Los Certificados son emitidos para los siguientes propositos:

(al Investigacion y Desarrollo
Para ensayar nuevas concepciones de disenos de aeronaves, nuevos equipamientos, nuevas instalaciones, nuevas tecnicas operacionales 0 nuevos empleos para la aeronave. (b) Demostracion de Cumplimiento con las Regulaciones de Aeronavegabilidad El desarrollo de Vuelos de prueba y otras operaciones para la demostracion del cumplimiento con las Regulaciones de Aeronavegabilidad, incluyendolosvuelosnecesarios parala emision del CertificadoTipo Suplementario o del Certificado MORDAZA, vuelos de verificacion de Cambios Mayores de Disenos y vuelos para demostrare1 cumplimiento con los requerimientos de funcionamiento y confiabilidad delas Regulaciones. (cl Entrenamiento deTripulacion Entrenamiento de Tripulaciones de vuelo del solicitante. (d) Exhibicion De las cualidades de vuelo de la aeronave, su desempeno o caracteristicas inusuales en demostraciones aereas, cinematograficas, televisivas o divulgaciones similares. Entrenamiento de Tripulaciones para mantener la eficiencia en vuelos de exhibicion, incluyendo la realizacion de (para las personas que exhiban la aeronavej los vuelos hacia y desde tales demostraciones y divulgaciones aereas. Ce) Competencias Aereas Participar en competencias aereas incluyendo, para los participantes, el entrenamiento para tales competencias, y efectuar los vuelos hacia y desde los lugares de competicion. (f) Estudios de MORDAZA Utilizacion de la Aeronave para los propositos de estudio de MORDAZA, de venta, demostraciones de ventas y entrenamiento de tripulacion para clientes, unicamente dentro de lo establecido en la Seccion 21.195 de esta Regulacion.

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