Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 1998 (23/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

(2) (3) (b)

Reglas por las que se deben regir los poseedores de Autorizacion de Orden Tecnica Estandar; y Requerimiento de procedimiento para la emision de una Nota de Aprobacion de Diseno de Orden Tecnica Estandar.

Para el proposito de esta Subparte:
(1)

Una Orden Tecnica Estandar (AOTE) significa la adopcion de una Technical Standard Order (TSO 1 de EE.UU. de Norteamerica por la DGTA y es un minimo cumplimiento de los Estandares para Articulos especificos (para el proposito de esta Subparte Articulo significa materiales, procesos o dispositivos) usados sobre aeronaves civiles. Una Autorizacion OTE, es una aprobacion de diseno y produccion dada por DGTA, emitida para el fabricante de un Articulo, el cual cumple una AOTE especifica. Una Nota de Aprobacion de Diseno OTE, es una aprobacion de diseno dada por la DGTA para un Articulo fabricado en el extranjero, el cual ha sido encontrado que cumple una AOTE especifica de acuerdo con los procedimientos de la Seccion 21.617 de esta Regulacion. Un articulo fabricado segun una Autorizacion OTE, o un Dispositivo fabricado bajo una Nota de Aprobacion de Diseno AOTE descrita en la Seccion 21.617 de esta Regulacion, es un articulo o dispositivo aprobado, con el proposito de satisfacer las regulaciones de este capitulo que requieran que el articulo se apruebe. Un fabricante de articulo es la persona que controla el diseno y la calidad del articulo producido ( o a ser producido en el caso de una solicitud), incluyendo las partes del mismo y cualquier MORDAZA o servicio relacionado con el que sea obtenido de terceros (proveedores).

(2)
(3)

(4)

(5)

(c)

La DGTA no emite una Autorizacion AOTE si las instalaciones de fabricacion para el Producto estan localizadas fuera de la Republica del Peru, a menos que la DGTA encuentre que la ubicacion de las instalaciones de fabricacion no implican sobrecargas a la autoridad en la administracion del cumplimiento de los requerimientos de aeronavegabilidad aplicables.
Marcaciones y Privilegios de OTE

21.603

Excepto lo indicado en la Seccion 21.617 (c) de esta Regulacion, ninguna persona podra identificar un articulo con una marcacion AOTE, amenos que esta sea poseedora de Autorizacion AOTE y que el Articulo cumpla con los estandares de performance OTE aplicables.
21.665 Solicitud y Emision

(a)

El fabricante (o sus representantes autorizados) debe presentar al Director General de Transporte Aereo una solicitud para obtener una Autorizacion OTE, adjuntando los siguientes documentos al Jefe de la Subdireccion de Material Aeronautico:
(1)

Una Declaracion de Conformidad, certificando que el solicitante ha cumplido los requerimientos de esta Subparte y que el Articulo concerniente cumple la OTE aplicable, que esta efectiva ala fecha de solicitud para ese articulo. Una MORDAZA de los Datos Tecnicos exigidos en la AOTE aplicable. Una descripcion del Sistema de Control de Calidad con el detalle especificado en la Seccion 21.143 de esta Regulacion. En cumplimiento con esta Seccion, el solicitante puede hacer referencia a datos de Control de Calidad vigentes archivados en la DGTA como parte de una solicitud de Autorizacion OTE previa.

(2)
(3)

(b) Cuando es anticipada una serie de cambios menores de acuerdo con la Seccion 21.611 de esta Regulacion, el solicitante debe manifestar en su solicitud el numero de modelo basico del articulo y el numero de serie de los componentes con parentesis abierto a continuacion para demostrar que el sutijo cambiado, letras o numeros (o combinaciones de ambos), seran agregados periodicamente. (c) Despues de recibir la solicitud y otros documentos requeridos por el parrafo (a) de esta Seccion para asegurar el cumplimiento con esta, y despues de una determinacion que ha sido hecha dela habilitacion para producir articulos en serie bajo esta Subparte, la DGTA emitira una Autorizacion OTES (incluyendo todas las desviaciones concedidas al fabricante) para identificar al articulo con la marcacion AOTE aplicable.

(d) Si la solicitud es deficiente, el solicitante debe, cuando es requerido por la DGTA, presentar cualquier informacion adicional necesaria para demostrar cumplimiento con esta Subparte. Si el solicitante no presenta la informacion dentro de los treika (301 dias posteriores al requerimiento de la DGTA, la solicitud sera denegada y el solicitante sera notificado.

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